Impuesto a la venta de un inmueble
ITI y cedular 2026
El ITI fue derogado en julio de 2024. Qué paga hoy el que vende, según el año en que compró, y cuánto da la cuenta.
¿Qué impuesto se paga al vender un inmueble? ¿Sigue existiendo el ITI?
El ITI ya no existe: el Impuesto a la Transferencia de Inmuebles, que era el 1,5 % sobre el precio de venta, fue derogado por la Ley 27.743 el 8 de julio de 2024. Lo que queda depende de cuándo se compró la propiedad. Un inmueble adquirido hasta el 31 de diciembre de 2017 no tributa impuesto nacional sobre la ganancia al venderse, porque el ITI se derogó y el impuesto cedular nunca lo alcanzó. Un inmueble adquirido desde el 1 de enero de 2018 paga el impuesto cedular del 15 %, y lo paga sobre la GANANCIA —precio de venta menos costo actualizado y menos gastos—, no sobre el precio. La vivienda única, propia y de ocupación permanente está exenta en los dos casos.
- ITI
- Derogado por la Ley 27.743 (2024)
- Adquiridos hasta 2017
- Sin impuesto nacional a la ganancia
- Adquiridos desde 2018
- Cedular, 15 % sobre la ganancia
- Casa-habitación
- Exenta
Fuente: Ley 27.743 (deroga el ITI) y Ley 27.430 (impuesto cedular).
La operación
Es lo único que decide el régimen: antes o desde 2018.
El costo de adquisición se actualiza por el índice de precios desde el mes de compra hasta el de venta. Cargá el costo ya actualizado: sin esa actualización la ganancia sale más alta de lo que es y el impuesto también.
Comisión, escritura y sellos de la venta.
Lo que se paga
Cargá el año de compra y el precio de venta.
No incluye el impuesto de sellos, que es provincial y se paga en la escritura, ni los honorarios del escribano. Esos están en la calculadora de gastos de escrituración.
El ITI ya no se cobra
El Impuesto a la Transferencia de Inmuebles gravaba con el 1,5 % del precio de venta a las operaciones de personas humanas sobre inmuebles adquiridos antes de 2018, lo retenía el escribano en el acto de escritura y se pagaba hubiera o no ganancia.
La Ley 27.743, publicada el 8 de julio de 2024, lo derogó. Como el impuesto cedular alcanza únicamente a los inmuebles adquiridos desde el 1 de enero de 2018, el resultado es que una propiedad comprada antes de esa fecha hoy se vende sin tributar impuesto nacional sobre la ganancia.
El cedular se paga sobre la ganancia
Es el error más caro de esta cuenta: el 15 % no se aplica al precio de venta sino a la ganancia, o sea al precio menos el costo de adquisición actualizado y menos los gastos de la operación.
Y el costo se actualiza por el índice de precios desde el mes de compra. Omitir esa actualización infla la ganancia y con ella el impuesto, que es exactamente el sentido en el que la cuenta hecha a ojo siempre se equivoca en contra del vendedor.
Preguntas frecuentes
¿El ITI sigue existiendo?
Entonces, ¿qué paga hoy el que vende una propiedad?
¿El 15 % se paga sobre el precio de venta?
¿Cómo se actualiza el costo de compra?
¿La casa donde vivo paga?
¿Y si vendo con pérdida?
Es una calculadora automática sobre el régimen publicado, no asesoramiento impositivo. La liquidación concreta, la actualización del costo y la procedencia de la exención se determinan con un contador.