Saltar al contenido
¿Querés vender tu lote a una constructora?

Título 3 · Proyecto

3.8.7 Sanidad

Fija las exigencias edilicias de hospitales, clínicas y demás establecimientos de salud humana, públicos o privados: las medidas mínimas de cada local por área (atención ambulatoria, diagnóstico por imágenes, internación, centro quirúrgico, urgencias y abastecimiento), las terminaciones constructivas exigidas en cada uno, la electricidad de respaldo y el régimen de adecuación de los edificios existentes. Cierra con el capítulo propio de las Casas de Cuidados Paliativos.

Consultorio indiferenciado
7,50 m2

Superficie mínima, con lado mínimo de 2,50 m y altura de 2,60 m.

Habitación de internación de una cama
7,50 m2

Lado mínimo 3,20 m; altura 3 m en piso bajo y 2,70 m en piso alto.

Quirófano
12 m2

El quirófano mayor exige 20 m² y lado mínimo de 4,50 m.

Iluminación en cirugía
300 lux

Mínimo en el lugar de la intervención, con conmutación menor de 0,50 segundos.

Autonomía del servicio esencial
3 horas

Reducible a 1 hora si hay un sistema independiente que asegure la recarga.

Habilitación parcial mínima
10%

De la superficie cubierta total, en instituciones de hasta 20.000 m²; 5% por encima de esa superficie.

3.8.7Alcance y clasificación de las áreas

3.8.7Sanidad

El siguiente Uso alcanza a todos los hospitales, clínicas y demás establecimientos de salud humana, públicos o privados, en los cuales se realizan o se contribuye a la ejecución de acciones de promoción, protección y recuperación de la salud y de rehabilitación de las personas enfermas.

Las áreas de los establecimientos de salud se clasifican en:

  • a.Área de Atención Ambulatoria;
  • b.Área de Diagnóstico por Imágenes;
  • c.Área de Internación;
  • d.Centro Quirúrgico;
  • e.Central de Urgencias;
  • f.Central de Abastecimiento y Procesamiento;

3.8.7.1Locales y Usos

3.8.7.1Exigencias dimensionales y de habitabilidad por área

El siguiente cuadro establece las exigencias básicas dimensionales y de habitabilidad para las distintas especialidades en la materia.

Área 1: Atención ambulatoria
LocalSup. mín. (m2)Lado mín. (m)Altura mínima piso bajo (m)Altura mínima piso alto (m)Luz libre puertas — ancho (m)Luz libre puertas — alto (m)Ilum. y vent.Caract. constr.SalubridadObservaciones
1Consultorio Indiferenciado7,502,502,602,600,802,051ra.*a* podrá asimilarse a un local de cuarta clase siempre y cuando se asegure la renovación de aire que requiere un local de primera y se asegure iluminación natural indirecta parcial
2Consultorio de PediatríaVER 1.1
3Consultorio de Tocoginecología /urología/proctologia7,502,502,602,600,802,051ra. *aBaño de uso exclusivo para paciente con lavabo e inodoro* podrá asimilarse a un local de cuarta clase siempre y cuando se asegure la renovación de aire que requiere un local de primera y se asegure iluminación natural indirecta parcial
4Box de Atención de Salud MentalSujeto a reglamentación
5Consultorio de TraumatologíaSujeto a reglamentación
6Consultorio de OftalmologíaSujeto a reglamentación
7Estación de EnfermeríaSujeto a reglamentación
8EsperaSujeto a reglamentación
9CirculaciónSujeto a reglamentación
10RecepciónSujeto a reglamentación
Área 2: Diagnóstico por Imágenes
LocalSup. mín. (m2)Lado mín. (m)Altura mínima piso bajo (m)Altura mínima piso alto (m)Luz libre puertas — ancho (m)Luz libre puertas — alto (m)Ilum. y vent.Caract. constr.SalubridadObservaciones
1Sala de Rayos16*3,50*3*3*1,202,054taa-e*para equipos de hasta 300 miliamperios
2Sala de Equipo SeriógrafoSujeto a reglamentación
3Sala de Ecografía9332,701,202,054taaRequiere de algún tipo de sistema de oscurecimiento de la luz exterior.
4Sala de TomografíaSujeto a reglamentación
5Sala de Resonador Magnético204331,202,054taa-f
6EsperaVER 1.8
7CirculaciónVER 1.9
8RecepciónVER 1.10
9Sala de ReveladoSujeto a reglamentación
10Sala de InformesSujeto a reglamentación
Área 3: Internación
LocalSup. mín. (m2)Lado mín. (m)Altura mínima piso bajo (m)Altura mínima piso alto (m)Luz libre puertas — ancho (m)Luz libre puertas — alto (m)Ilum. y vent.Caract. constr.SalubridadObservaciones
1Habitación de Internación de una cama7,503,2032,701,202,051raaVER 3.5
2Habitación de Internación de dos camas15*3,2032,701,202,051raaVER 3.5
3Habitación de Internación de tres camas22,50*3,3032,701,202,051raaVER 3.5
4Habitación de Internación de cuatro camas30*532,701,202,051raaVER 3.5
5Baño de Habitación de Internación4,601,602,402,400,902,052da.d-Cantidad mínima de artefactos: 1 inodoro, 1 lavabo y 1 ducha con provisión de agua fría y caliente
6Estación de EnfermeríaVER 1.7
7Office de Material Limpio9*2,5032,700,902,05c-*cada doce camas de internación; se incrementa 0,50 m² por cada cama que supere las 12
8Office de Material Usado6*2,5032,700,902,05c-*cada doce camas de internación; se incrementa 0,25 m² por cada cama que supere las 12
9EsperaVER 1.8
10Circulación-1,802,402,401,802,054taaDeben llevar proteccion guardacamillas
Área 4: Centro quirúrgico
LocalSup. mín. (m2)Lado mín. (m)Altura mínima piso bajo (m)Altura mínima piso alto (m)Luz libre puertas — ancho (m)Luz libre puertas — alto (m)Ilum. y vent.Caract. constr.SalubridadObservaciones
1Sala de procedimientos y de intervenciones ambulatorias94331,202,054tab
2Quirofano124,50331,602,054tab
3Quirofano mayor204,50331,602,054tab
4Quirofano hibrido*5331,602,054tab*Superficie mínima sujeta a lo que se estipule en los reglamentos técnicos
5Sala de parto163,502,802,80b
6Sala de pre-parto163,202,602,60bCon sanitario
Área 5: Central de Urgencias
LocalSup. mín. (m2)Lado mín. (m)Altura mínima piso bajo (m)Altura mínima piso alto (m)Luz libre puertas — ancho (m)Luz libre puertas — alto (m)Ilum. y vent.Caract. constr.SalubridadObservaciones
1ConsultoriosVER 1.1; 1.2; 1.3
2Admisión4232,700,902,055taaelementos de comunicación con consultorios
3sala de espera41,5032,701,202,054taasanitarios públicos
4estación de enfermeríaVer 9.6
5Sala Shockroom12*4331,602,054tabpileta profunda con accionamiento por codo o pie*sup mínima 12 m2 x cama debe contar con gases médicos
6Boxes de Observación12*332,701,202,05alavabo*sup mínima 6 m2 x cama; con un mínimo de 2 camas
Área 6: Central de Abastecimiento y Procesamiento
LocalSup. mín. (m2)Lado mín. (m)Altura mínima piso bajo (m)Altura mínima piso alto (m)Luz libre puertas — ancho (m)Luz libre puertas — alto (m)Ilum. y vent.Caract. constr.SalubridadObservaciones
1Cocina32,701,202,053rac
2Lavadero32,701,202,05c
3Esterilización32,701,202,05c
4Farmacia32,701,202,05c

3.8.7.1Referencias Características Constructivas

(a)
Paredes: deben ser superficies de acabado liso, lavable y no poroso. Pisos: pisos deben ser resistentes al uso (tránsito frecuente), lavables, con superficies uniformes, sin resaltos y antideslizantes. Zócalos: deben ser sanitarios, y tener las mismas características que el solado. Cielorrasos: deben tener una superficie de acabado liso, lavable y no poroso.
(b)
Paredes: deben ser superficies de acabado liso, lavable, impermeable y no poroso. Deben llevar en los encuentros de paredes entre sí un chaflán a 45º y en los encuentros con cielorraso a través de ángulos redondeados. No se permiten ángulos vivos entrantes. Pisos: deben ser de tipo conductivos, resistentes al uso (tránsito frecuente), lavables, impermeables, incombustibles, con superficies uniformes, sin resaltos y antideslizantes con la menor cantidad de juntas posibles que aseguren la continuidad y asepsia del solado. Zócalos: deben ser sanitarios, y tener las mismas características que los pisos. Cielorrasos: deben tener una superficie de acabado liso, continuo, lavable y no poroso resistentes a la humedad.
(c)
Paredes: deben estar revestidas hasta la altura del cielorraso, deben ser superficies uniformes, sin resaltos, lisas, lavables, no porosas. Pisos: deben ser resistentes al uso, lavables, con superficies uniformes, sin resaltos y antideslizantes. Zócalos: deben ser sanitarios, y tener las mismas características que los pisos. Cielorrasos. deben tener una superficie de acabado liso, lavable y no poroso.
(d)
Paredes: deben estar revestidas hasta la altura mínima de 2,40 m, deben ser superficies uniformes, sin resaltos, lisas, lavables, no porosas.
(e)
Pisos: deben ser resistentes al uso, lavables, con superficies uniformes, sin resaltos y antideslizantes. Zócalos: deben ser sanitarios, y tener las mismas características que los pisos. Cielorrasos. deben tener una superficie de acabado liso, lavable y no poroso. Se debe contemplar el blindaje para la protección contra radiaciones del personal y terceros de acuerdo al cálculo aprobado por Autoridad Competente referido al tipo de sala, geometría, equipo, ubicación y locales adyacentes, teniendo en cuenta: - Adecuado blindaje en lámina de plomo (o aislación equivalente) en paredes, puertas y ventanas para evitar radiaciones ionizantes; - Adecuado blindaje en lámina de plomo (o aislación equivalente) en pisos y techos Ver "Cubierta" en el glosario, cuando la sala se encuentre en entrepisos, si así lo determina el cálculo por tipo de equipo; La sala de exámenes no puede estar ubicada cerca de zonas de permanencia de personal como oficinas Ver "Oficina" en el glosario, sala de espera y espacios similares sin la adecuada aislación correspondiente.
(f)
Se debe contemplar el blindaje para la protección contra radiofrecuencia con un recubrimiento del tipo jaula de Faraday de acuerdo al cálculo aprobado por Autoridad Competente referido al tipo de sala, geometría, equipo, ubicación. - Adecuado blindaje en láminas de cobre en paredes, techo y puerta (caja de Faraday) para la contención de los campos magnéticos. - Adecuado blindaje en láminas de cobre en pisos, cuando la sala se encuentre en entrepisos.

3.8.7.2Condiciones para el Tratamiento del Aire

3.8.7.3Condiciones de Aislamiento Acústico

3.8.7.4Iluminación Artificial

Los inmuebles destinados a establecimientos de salud deben contar obligadamente con iluminación eléctrica proveniente de dos fuentes distintas.

Los establecimientos de salud deben estar provistos de equipamiento de generación de energía.

3.8.7.5Instalaciones Eléctricas en Establecimiento de Salud

En los edificios de sanidad, cuando cuente con locales en los que se practique la cirugía deberá elevarse a un mínimo de 300 lux en el lugar específico que se está llevando la intervención quirúrgica con un tiempo de conmutación de la fuente de alimentación menor de 0,50 segundos (baterías, o UPS).

El tiempo mínimo de autonomía de este servicio será de 3 horas, pudiéndose reducir a 1 hora en el caso que se cuente con un sistema independiente que asegure la recarga, para poder asegurar cirugías de 3 horas en total.

Todo establecimiento de salud con internación debe contar con equipos generadores de electricidad (grupo electrógeno) para abastecer como mínimo: quirófanos, salas de parto y preparto, salas de cuidados intensivos, bancos de sangre y todo otro local de uso crítico .

Asimismo, todos deben contar con iluminación de emergencia.

3.8.7.6Régimen de Adecuación en Seguridad Edilicia

El Poder Ejecutivo desarrollará programas tendientes a optimizar las condiciones generales de seguridad y a la toma de conciencia por parte de las autoridades y trabajadores de los establecimientos sanitarios para garantizar comportamientos adecuados en materia de seguridad edilicia.

Los programas de adecuación deben contener:

3.8.7.7Adecuación Edilicia a Accesibilidad

En función de las características de cada establecimiento, se establece el siguiente criterio:

Exigencias de accesibilidad para establecimientos existentes. Se considerará posible la realización de obras de adecuación para cumplir con accesibilidad o accesibilidad reducida en aquellos casos en que el acceso se realice a través de superficie propia o de uso exclusivo, y/o su ampliación o modificación no afecte a sectores no pertenecientes al establecimiento.

Se admite para el cumplimiento de accesibilidad reducida la ejecución de rampas permanentes del tipo “asistidas” para salvar desniveles.

Cuando no sea posible la interposición de superficies de aproximación se admitirá el barrido de apertura de puertas sobre las rampas.

Es obligatorio cumplir con las exigencias de accesibilidad en un piso del establecimiento que contenga todos los locales obligatorios según la actividad /rubro, pudiendo exceptuarse en el resto de los pisos a criterio de la Autoridad de Aplicación.

En caso de edificios que por su valor patrimonial se encuentren afectados a Protección Histórica pueden admitirse equipamientos móviles.

3.8.7.8Casa de Cuidados Paliativos

3.8.7.8Accesibilidad

Accesibilidad

El acceso desde la vía pública o la línea Oficial (L.O.) Ver "Línea Oficial (L.O.)" en el glosario hasta la zona de recepción o unidades de uso o lugares de uso común, debe realizarse por medio de circulaciones y espacios que cumplan con las prescripciones sobre accesibilidad de este Código.

Las exigencias sobre accesibilidad rigen también para las áreas descubiertas o semicubiertas destinadas a la expansión, recreación o estacionamiento vehicular que se vinculen con la unidad de uso.

Sólo se exceptúa de cumplir con esta previsión a los locales destinados a servicios generales del establecimiento, que no resulten ser de uso de los alojados; quedan comprendidos en dicha excepción las cocinas Ver "Cocina" en el glosario, lavaderos, vestuarios del personal, o depósitos Ver "Depósito" en el glosario complementarios.

Todas las circulaciones disponibles para el uso de los alojados deben contar con pasamanos dispuestos en el sentido longitudinal de circulación a ambos lados, separados de los paramentos, en forma continua, en color que los destaque de la pared y de sección circular o anatómica, que garanticen condiciones de seguridad.

3.8.7.8.1Edificios Existentes para Casa de Cuidados Paliativos

Aquellos edificios existentes, y que por razones de cambio de uso no puedan modificar las características dimensionales y físicas de las circulaciones verticales y horizontales, deben ajustarse como mínimo a lo siguiente:

Disponer en la Planta Baja del establecimiento:

  • a.Las habitaciones para PcD;
  • b.La Sala de Estar;
  • c.El Comedor;
  • d.Los servicios sanitarios para PcD;

3.8.7.8.1Edificios Existentes, exclusiones y circulaciones

Quedan excluidos los servicios generales como cocina Ver "Cocina" en el glosario, lavadero, local para dirección y/o administración y/o secretaría, ropería y guardarropa del personal.

Asimismo, deben cumplir en la planta baja con las siguientes prescripciones del presente Código: “Escalones en Pasajes y Puertas”, “Rampas”, “Puertas”.

Los pasillos Ver "Corredor" en el glosario de toda la unidad de uso deben tener un ancho mínimo de 0,90 m en todo su desarrollo.

Las escaleras Ver "Escalera" en el glosario deben cumplir con lo establecido en el presente Código, respetar el ancho requerido para unidad de vivienda, y contar además con silla deslizante sobre escalera, en caso de carecer de rampa, o cuando no hubiere ascensor para acceder a los pisos superiores.

Cuando por razones de condición constructiva sea factible modificar las características dimensionales y físicas de las circulaciones en edificios existentes, los locales anteriormente enunciados podrán, además, ubicarse en otros niveles superiores a la planta baja, debiendo cumplir con lo establecido para edificios nuevos.

3.8.7.8.2Edificios Nuevos para Casa de Cuidados Paliativos

Si la unidad de uso o parte de ella, no sólo en sus servicios generales, se proyecta en más de un nivel diferente al piso bajo, debe disponerse de un ascensor mecánico para el uso del público y de los residentes que permita alojar una camilla. Este ascensor debe cumplir con lo establecido en este Código.

Las escaleras Ver "Escalera" en el glosario y medios de salida deben ajustarse a las prescripciones de “Locales" "Medios de salida y Accesibilidad" de este Código.

Los edificios de sanidad deben contar con un grupo electrógeno con potencia suficiente a fin de proveer la continuidad de tareas en los servicios esenciales durante la ausencia de energía eléctrica.

Quedan prohibidas las divisiones del local o de los locales entre sí hechas con paneles constituidos por revestimientos, estructura o relleno de materiales cuya combustión genere gases tóxicos que puedan producir daño a los ocupantes.

a. Habitabilidad: Locales de carácter obligatorio:

3.8.7.8.2Locales de carácter optativo

Locales de carácter optativo:

3.8.7.8.2Locales y Usos. Casa de Cuidados Paliativos

Todo otro local que no esté determinado expresamente y que sea destinado a los fines específicos del establecimiento, debe cumplir las prestaciones establecidas en este Código en relación a la clasificación de locales, iluminación y ventilación.

b. Locales y Usos: El siguiente cuadro establece las exigencias básicas dimensionales y de habitabilidad para las distintas especialidades en la materia.

Casa de Cuidados Paliativos: exigencias dimensionales y de habitabilidad
CarácterLocalSup. mín. (m²)Lado mín. (m)Altura mín. (m)Ilum. y vent.Caract. const.Observaciones
Locales obligatoriosHabitaciones convencionales92,502,601raa-e
Locales obligatoriosHabitaciones para PcD93,80*2,601raa-e*siempre que permita, en un lado de la cama, el acceso lateral de la persona que se moviliza en silla de ruedas o se la transporta en camilla, y como mínimo 1,20 m entre camas.
Locales obligatoriosSala de estar1632,601rab-fFactor ocupacional: 2 m2 por persona. La superficie resultante puede satisfacerse con uno o más locales de superficie no menor a 10 m2, accesibles a personas en silla de ruedas. Puede ser utilizada como comedor
Locales obligatoriosCocina9* / 16**2,5* / 3**2,5* / 2,5**1ra* / 3ra**c*cuando trabajen hasta dos personas **cuando trabajen tres o más personas
Locales obligatoriosDirección y/o Administración y/o Secretaría1ra1ra1ra1ra*a*Las condiciones de iluminación y ventilación natural pueden ser suplidas por iluminación artificial y ventilación mecánica, siempre que el local cuente con un sistema de ventilación que garantice una renovación suficiente del volumen de aire de acuerdo al apartado específico del presente Código, y que la iluminación artificial tenga un mínimo de 500 lux en el plano de trabajo
Locales obligatoriosEnfermería y/o Consultorio1ra1ra1ra1ra*aDebe contar con una mesada y pileta de lavado con canilla mezcladora y servicio de agua fría y caliente. Si no se optare por un depósito de fármacos, este local debe contar con un espacio para depósito de medicamentos. *Las condiciones de iluminación y ventilación natural pueden ser suplidas por iluminación artificial y ventilación mecánica, siempre que el local cuente con un sistema de ventilación que garantice una renovación suficiente del volumen de aire de acuerdo al apartado específico del presente Código, y que la iluminación artificial tenga un mínimo de 500 lux en el plano de trabajo
Locales obligatoriosDepósito de Residuos Patogénicos.4ta4ta4ta4tac
Locales obligatoriosDepósito de cadáveres4ta4ta4ta4tac
Locales de carácter optativoRopería4ta4ta4ta4tadDebe contarse con 2 locales independientes, destinados uno para la ropa limpia y otro para la ya utilizada por el servicio de alojados.
Locales de carácter optativoComedor163*2,61raa-fFactor ocupacional: 2 m2 por persona. La superficie resultante puede satisfacerse con uno o más locales de superficie no menor a 10 m2, accesible para personas en silla de ruedas. *siempre que permita acceso a las mesas de las personas que se movilizan en silla de ruedas o utilizan ayudas técnicas para la marcha.
Locales de carácter optativoGuardarropa para el personal2da2da2da2daaSi el personal está integrado por más de 5personas en un mismo turno de trabajo, el guardarropas debe conformar un local independiente con armarios individuales
Locales de carácter optativoLavadero31,602da2dac
Locales de carácter optativoDepósito de comestibles4ta4ta4ta4ta
Locales de carácter optativoDepósito de enseres de limpieza4ta4ta4ta4ta
Locales de carácter optativoDepósito de fármacos4ta4ta4taa
Locales de carácter optativoSalón de Usos Múltiples1632,601rab-fFactor ocupacional: 2 m² por persona. La superficie resultante puede satisfacerse con uno o más locales de superficie no menor a 10 m2, accesibles a personas en silla de ruedas.
Locales de carácter optativoPatio o Jardín-----Debe contar con accesos directos, sin interposición de desniveles desde los lugares de estar o circulaciones.

3.8.7.8.2Referencias Características Constructivas

(a)
Paredes: Las paredes deben ser superficies de acabado liso, lavable y no poroso y sus revestimientos no deben generar desprendimientos. Pisos: Los pisos deben ser resistentes al uso (tránsito frecuente), lavables, con superficies uniformes, sin resaltos y antideslizantes. No se admiten los revestimientos de solado de alfombras mayores de 0,01 m de espesor y alfombras sueltas. Cielorrasos: Los cielorrasos deben tener una superficie de acabado liso, lavable y no poroso y sus revestimientos no deben generar desprendimientos. Pueden utilizarse otros revestimientos y/o pinturas, sólo si el material adhesivo contiene substancias fungicidas y la superficie de acabado es lisa o lavable.
(b)
Paredes: deber ser revocadas, enlucidas en yeso, alisadas y blanqueadas o pintadas. Pueden utilizarse otros revestimientos y/o pinturas, siempre que el material adhesivo contenga substancias fungicidas y que la superficie de acabado sea lisa o lavable, de baja combustibilidad y toxicidad. Pisos: deben ser resistentes al uso, lavables y con superficies uniformes, sin resaltos y antideslizantes. No se admiten los revestimientos de solado de alfombras mayores de 0,02 m de espesor o sueltas. Cielorrasos: Los cielorrasos deben tener una superficie de acabado liso, lavable y no poroso Cerramientos Ver "Cerramiento" en el glosario verticales y horizontales: deben ofrecer superficies de fácil limpieza; sus revestimientos no deben generar desprendimientos.
(c)
Paredes: deben estar revestidas hasta la altura del cielorraso y conformar superficies uniformes, sin resaltos, lisas, lavables, no porosas Pisos: los pisos deben serán resistentes al uso, lavables, con superficies uniformes, sin resaltos y antideslizantes Cielorrasos: Los cielorrasos deben tener una superficie de acabado liso, lavable y no poroso
(d)
Paredes: deben estar revestidas con material impermeable hasta 2,10 m de altura. Pisos: los pisos deben ser resistentes al uso, lavables, con superficies uniformes, sin resaltos y antideslizantes Cielorrasos: Los cielorrasos deben tener una superficie de acabado liso, lavable y no poroso.
(e)
Ventanas: además de cumplir los requisitos de iluminación y ventilación, los antepechos deben estar comprendidos entre 0,40 m y 0,90 m. Los sistemas de ventilación deben permitir las renovaciones horarias necesarias sin producir corrientes de aire que afecten condiciones de confort. Las protecciones que se coloquen por razones de seguridad no deben interrumpir la visión desde el interior y ser desmontables. Los vanos Ver "Abertura" en el glosario deben contener vallas protectoras que impidan la caída de personas. Puertas: La luz libre de paso Ver "Corredor" en el glosario debe tener como mínimo 1,20 m de ancho. En todos los casos se debe cumplir con lo dispuesto en este Código. Deben llevar en todos los casos manijas doble balancín tipo "sanatorio" y herrajes suplementarios para el accionamiento de las hojas desde una silla de ruedas. La altura libre de paso no debe ser menor de 2 m. El color de las puertas debe contrastar con el de las paredes, así como la ubicación de los herrajes de accionamiento y señalización de los locales a los que comunica.
(f)
Ventanas: además de cumplir los requisitos de iluminación y ventilación, los antepechos deben estar comprendidos entre 0,40 m y 0,90 m. Los sistemas de ventilación deben permitir las renovaciones horarias necesarias sin producir corrientes de aire. Las protecciones que se coloquen por razones de seguridad no deben interrumpir la visión desde el interior. Puertas: deben cumplir con lo establecido en este Código para la materia y llevar manijas doble balancín tipo "sanatorio" y herrajes suplementarios para el accionamiento de las hojas desde una silla de ruedas. El color de las hojas debe destacarse netamente sobre las paredes, así como la ubicación de los herrajes de accionamiento, y la señalización de los locales a los que comunica.

3.8.7.8.3Condiciones Particulares, habitaciones y cocina

a. Habitaciones convencionales: Capacidad: la capacidad de ocupación se determina a razón de 15 m³ como mínimo por persona, y no podrá exceder de 5 camas por habitación. Para establecer su cubaje, en caso que la habitación tenga una altura superior a 3 m, se considera esta dimensión como altura máxima Ver "Altura Máxima" en el glosario.

b. Habitaciones para PcD: La habitación para PcD debe cumplir con el siguiente cubaje: 18 m³ por cama, para más de 5 camas por habitación.

Debe contar con 1 baño anexo por cada habitación, que cumpla con el parágrafo correspondiente del presente Capítulo.

Debe cumplir con la siguiente proporción mínima según el número de camas instaladas en el establecimiento:

-
Hasta 5 camas: 1 habitación;
-
De 5 a 15 camas: 2 habitaciones;
-
De 15 a 25 camas: 3 habitaciones;

3.8.7.8.3Condiciones Particulares. Cocina

c. Cocina Ver "Cocina" en el glosario: Iluminación y ventilación: natural o mecánica.

Piletas: deben ser de material impermeable, con servicio de agua caliente y fría y desagüe a la red cloacal.

Sobre los artefactos destinados a la cocción de alimentos debe instalarse una campana dotada de dispositivos de extracción forzada, conectada al ambiente exterior, que asegure la evacuación de humos, vapores, gases y olores.

Ventilación: La Autoridad de Aplicación puede exigir ventilación complementaria, conforme la naturaleza de la actividad que se realiza.

Equipamiento: El mobiliario y el equipo deben ser diseñados y construidos de manera que permita su fácil limpieza, evitando la acumulación de suciedad en uniones o encuentros.

Depósito Ver "Depósito" en el glosario de alimentos: Las verduras y legumbres frescas deben ser depositadas en un mueble con aberturas Ver "Abertura" en el glosario, cubiertas Ver "Cubierta" en el glosario con tela de malla fina, destinado a ese objeto; los productos perecederos deben depositarse en heladeras o cámaras frigoríficas.

Útiles de trabajo y los artículos necesarios para la preparación de las comidas diarias: deben guardarse en la cocina en forma que garantice la higiene.

3.8.7.8.3Condiciones Particulares. Local para Enfermería y/o Consultorio

d. Local para Enfermería y/o Consultorio: El local destinado a enfermería y/o consultorio debe ser independiente de los otros y tener fácil acceso en el establecimiento según lo prescripto en “Trayectoria de los Medios de Salida”; su ubicación e itinerarios de circulación serán claramente señalizados.

3.8.7.8.3Condiciones Particulares. Salubridad

e. Salubridad: Las duchas, inodoros, bidets, bañeras y lavabos deben contar con agarraderas adosadas a la pared para comodidad y seguridad del usuario.

Para determinar la cantidad de servicios sanitarios a exigir, no se computarán los alojados en habitación con cuarto de baño completo para su uso exclusivo (ducha, inodoro, bidet y lavabo).

Si los establecimientos ocupan plantas o departamentos independientes, deben aplicarse las proporciones antes determinadas en base a la cantidad de alojados por planta.

Los locales donde se instalen servicios sanitarios colectivos deben estar independizados de las habitaciones y dependencias. Deben identificarse los sanitarios para uso femenino y masculino.

Las puertas deben estar provistas de cerraduras que permitan su apertura desde el exterior con llave maestra, y tener barrido hacia el exterior del local.

1. Para alojados: Los servicios de salubridad deben instalarse de acuerdo a la cantidad de alojados, según la capacidad de ocupación determinada por el cubaje de las habitaciones y en la proporción mínima que se detalla.

Los bidets, las duchas, bañeras y lavabos deben tener servicio de agua fría y caliente con canilla mezcladora.

Los servicios de salubridad para PcD deben cumplir con la cantidad de artefactos que se indica a continuación, pudiendo estar dispuestos en locales sanitarios independientes o conformando locales donde los artefactos se instalan en compartimientos, con las dimensiones y especificaciones previstas en el artículo de referencia.

I. Inodoros: Si corresponde colocar un solo inodoro debe cumplirse con lo establecido en “Servicio mínimo de salubridad para PcD en todo predio donde se permanezca o trabaje” del presente Código. Si la cantidad de inodoros aumenta, debe darse cumplimiento a lo prescripto en la presente tabla:

II. Bidets: En caso de instalar bidets, se hará de acuerdo a la proporción de 1 bidet cada 3 inodoros o. Cada inodoro debe ser instalado según lo prescripto y debe complementarse con un bidet según lo establecido en este Código.

Para los servicios de salubridad para PcD, el bidet se puede sustituir por un duchador manual, con llave de paso Ver "Corredor" en el glosario, grifería mezcladora, colocado al alcance de la persona, sentada en el inodoro, a una altura entre 0,80 m ± 0,10 m.

III. Zonas de duchado: Si se instala una sola zona de duchado, la ducha y su desagüe de piso deben constar de una zona de duchado de 0,90 x 0,90 m con asiento rebatible a una altura de 0,51 m ± 0,01 m del nivel del solado y una zona seca de 0,80 x 1,20 m que esté al mismo nivel.

La ducha y su desagüe, zona húmeda y zona seca, pueden instalarse en un gabinete independiente o con otros artefactos que cumplan con lo prescripto en este Código.

En este caso se puede superponer la zona seca con las superficies de aproximación de los artefactos de la siguiente forma:

IV. Bañeras: En el establecimiento debe instalarse por lo menos 1 bañera con superficie de aproximación, que deje libre uno de sus lados y una cabecera, permitiendo el traslado y aproximación de una persona en camilla o silla de ruedas.

V. Lavabos: Si corresponde colocar un solo lavabo debe cumplirse con lo establecido en “Servicio mínimo de salubridad para PcD en todo predio donde se permanezca o trabaje” del presente Código.

Si el número de lavabos requeridos aumenta, la cantidad de artefactos que deben cumplir con estas prescripciones se indican en la tercera columna de la tabla siguiente:

2. Para el personal: Debe procederse conforme a lo establecido en este Código, en servicio de salubridad.

Las duchas y lavabos deben tener servicio de agua fría y caliente con canilla mezcladora.

I. Inodoros: artefactos comunes y para PcD
Cantidad de personasArtefactos ComunesArtefactos para PcD
Hasta 5-1
De 5 a 1011
De 11 a 2021
De 21 a 2522
III. Zonas de duchado: duchas comunes y para PcD
Cantidad de personasDuchas comunesDuchas para PcD
Hasta 101-
De 11 a 152-
De 16 a 202-
Más de 20Se aumentará 1 ducha cada 10 personasSe aumentará 1 ducha cada 2 duchas comunes
IV. Bañeras: bañeras comunes y bañeras con superficie de aproximación
Cantidad de personasBañeras comunesBañeras con superficie de aproximación
Hasta 20-1
Más de 20Se aumentará 1 cada 20 o fracción superior de 10 personas1
Tabla: Relación entre los lavabos comunes y los lavabos para PcD
Cantidad de personasLavabos comunesLavabos para PcD
Hasta 5-1
De 6 a 1011
De 11 a 2021
De 21 a 2522

La red de constructoras

Te conectamos con las constructoras que ya compran en tu zona y ofertamos en 24 hs.

Un local que en una oficina pasa sin discusión, en sanidad no pasa: un consultorio indiferenciado necesita 7,50 m² con lado de 2,50 m y 2,60 m de altura, y una habitación de internación de una cama necesita 3 m de altura en planta baja. Sabemos quién está comprando lotes en cada manzana de CABA. En vez de esperar a que aparezca un comprador, te mostramos las ofertas de varios a la vez y comparás en vez de aceptar la primera que te llega.

Del código a la operación

El código dice qué se puede construir. Nosotros te decimos cuánto vale eso, quién lo paga y en cuánto tiempo.

Acabás de leer 3.8.7 Sanidad. Un local que en una oficina pasa sin discusión, en sanidad no pasa: un consultorio indiferenciado necesita 7,50 m² con lado de 2,50 m y 2,60 m de altura, y una habitación de internación de una cama necesita 3 m de altura en planta baja. Si estás evaluando un inmueble para alquilarlo a una clínica o un centro médico, la altura libre y el ancho de las circulaciones son lo primero que hay que medir, porque no se corrigen. La sección también admite habilitaciones parciales por sectores (10% de la superficie cubierta en establecimientos de hasta 20.000 m², 5% por encima), que es la vía por la que un edificio grande se pone en valor por etapas. Nuestra red de constructoras oferta en 24 hs. Empezá por saber qué tenés.

¿Qué se puede construir en una dirección?

Escribí una dirección de CABA y te abrimos la prefactibilidad de esa parcela en una pestaña nueva: qué permite el Código Urbanístico ahí, cuántos metros salen y qué vale ese metro.

Esta transcripción es material de consulta. No sustituye al texto oficial del Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires ni al criterio del profesional que firme tu proyecto.