La normativa complementaria que dicta la Autoridad de Aplicación y donde el Código descarga el detalle técnico. Es la letra chica que cambia sin que cambie la ley.
Definición oficial
Código de Edificación CABA · Ley N.º 6.100 y modificatoria Ley N.º 6.438 · art. 1.2
Normativa complementaria al presente Código, dictada por la Autoridad de Aplicación, que incluyen soluciones y procedimientos técnicos aplicables a los proyectos y obras.
Cuando un artículo dice que la condición la fijan los Reglamentos Técnicos, el número que hay que cumplir está afuera del Código.
Verificá la versión vigente del reglamento a la fecha del permiso, que no siempre es la de hoy.
Los reglamentos son la fuente de las medidas de locales, instalaciones y protección contra incendio.
Dónde lo usa el Código
El corpus vigente nombra Reglamentos técnicos en 274 artículos fuera del que lo define, sobre todo en 3.7.4 Estrategias de Compromiso Ambiental, 3.9.10 Medios Mecánicos de Elevación, 3.8.3.6 Características de los Locales y en 3.8.5.3 Establecimientos de Atención de la Salud Humana.
CE t.o. · art. 1.1.8 · Estructura Normativa del Código de Edificación
El presente Código es complementado por Reglamentos Técnicos, dictados por la Subsecretaría de Registro, Interpretación y Catastro o la que en el futuro la reemplace.
Previo a la realización de trabajos de demolición total o parcial, debe solicitarse un Permiso de Demolición en el cual el profesional responsable debe declarar los datos de las construcciones y/o superficies a demoler requeridos en los Reglamentos Técnicos y…
CE t.o. · art. 2.1.4 · Permisos de Ejecución de Obra Civil
El Permiso de Ejecución de Obra Civil se autoriza a través del registro de la documentación correspondiente, según el tipo y clasificación de la obra, y conforme el procedimiento que se establece en los Reglamentos Técnicos.
CE t.o. · art. 2.1.4.1.1 · Permiso de Ejecución de Micro Obra
Cuando la documentación exigida en los Reglamentos Técnicos esté cumplida y no se trate de un edificio con protección patrimonial, el Propietario o Comitente y el Director de Obra pueden dar Aviso de Inicio de Obra y comenzar las tareas, bajo su exclusiva…
CE t.o. · art. 2.1.6.5 · Avisos y Permisos de Ejecución de Obra Civil e Instalaciones llevadas a cabo por Gobiernos, Entes Autárquicos u Organismos Internacionales
En estos casos la Autoridad de Aplicación puede establecer, en los Reglamentos Técnicos, un tratamiento administrativo diferenciado y requisitos particulares según la naturaleza de las obras.
CE t.o. · art. 2.1.7 · Requisitos para la Tramitación de los Registros en Etapa Proyecto y Permisos de Ejecución de Obra Civil e Instalaciones
Permisos de Ejecución de Obra Civil e Instalaciones Las tramitaciones que se inicien ante la Autoridad de Aplicación deben cumplir con los requisitos que se establecen en los artículos siguientes, y los requisitos documentales y procedimientos administrativos…
CE t.o. · art. 2.1.7.1 · Condiciones en los Avisos y/o Permisos de Ejecución de Obra Civil e Instalaciones en Condominio e Inmuebles Sometidos al Régimen de Propiedad Horizontal u otros derechos reales
La Autoridad de Aplicación fija en los Reglamentos Técnicos las condiciones particulares para los casos en que los propietarios hayan entregado el inmueble en posesión, concesión, servidumbre y/o bajo el derecho real de superficie.
CE t.o. · art. 2.1.7.3 · Provisión de Servicios Públicos Domiciliarios
Previo al otorgamiento de un Permiso de Ejecución de Obra Mayor para construcción de obra nueva, el propietario o comitente debe acreditar, según lo establecido en los Reglamentos Técnicos, que las empresas de servicios públicos garantizarán la prestación de…
El proyecto estructural debe estar acompañado de planillas que contengan los datos de los elementos estructurales, según se establece en los Reglamentos Técnicos.
CE t.o. · art. 2.1.7.7 · Identificación de los Sujetos que Intervienen en los Avisos, Registros, Permisos y/o durante la Ejecución de la Obra
Permisos y/o durante la Ejecución de la Obra Los profesionales o empresas que asumen las responsabilidades requeridas de acuerdo a cada Aviso, Registro y/o Permiso, así como los responsables de la ejecución de las obras o instalaciones, deben identificarse…
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Esta transcripción es material de consulta. No sustituye al texto oficial del Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires ni al criterio del profesional que firme tu proyecto.