Comercio minorista de productos de abasto y alimenticios
Primera línea del art. 1.4.2.2, CU t.c.
Comercios minoristas destinados a la exposición y venta de productos alimenticios y/o bebidas de venta inmediata.
Definición oficial
Código Urbanístico CABA · Ley N.º 6.764 y modificatorias posteriores · art. 1.4.2.2 · Conceptos relativos al Uso: Tipos de Uso
Comercios minoristas destinados a la exposición y venta de productos alimenticios y/o bebidas de venta inmediata. No incluye elaboración ni consumo en el lugar. (Definición del Art. 1.4.2.2. sustituida por el Art. 10 de la Ley Nº 6776, BOCBA Nº 7026 del 26/12/2024. Vigencia: a partir de su publicación en el Boletín Oficial).
El corpus vigente nombra Comercio minorista de productos de abasto y alimenticios en 12 artículos fuera del que lo define, sobre todo en 3.8.1.4 Comercio Minorista Alimenticios por Sistema de Venta, 3.8.1.3 Alimentación en General y Gastronomía, 3.8.1.2 Comercio Minorista de Productos de Abasto y Alimenticios y en 3.8.1.7 Comercio en Estaciones de Transporte.
Cuadro de Usos del Suelo Nº 3.3: 1. COMERCIAL
Categoría / Descripción / Rubro
1.4. Comercio minorista de productos de abasto y alimenticios.
CE t.o. · art. 3.8.1.2 · Comercio Minorista de Productos de Abasto y Alimenticios
Un comercio minorista de productos de abasto y alimenticios debe contar con un local de venta, con o sin asistencia y/o permanencia de público, que debe cumplir con lo requerido para locales de tercera clase.
CE t.o. · art. 3.8.1.3 · Alimentación en General y Gastronomía
Los comercios donde se elabora, sirven y expenden comidas deben cumplir lo establecido en 3.8.1.2 “Comercio Minorista de Productos de Abasto y Alimenticios” del presente Código y lo que se determine en los Reglamentos Técnicos; además, se deben proyectar de…
CE t.o. · art. 3.8.1.3.3 · Comercios que Elaboran Productos Alimenticios de Venta Inmediata
Los comercios donde se elaboren productos alimenticios de venta inmediata al público deben cumplir con lo establecido en 3.8.1.2 “Comercio Minorista de Productos de Abasto y Alimenticios” del presente Código y además con las siguientes prescripciones:
CE t.o. · art. 3.8.1.4.1 · Supermercados, Supermercados Totales y Autoservicios de Productos Alimenticios
Un supermercado total, supermercado o autoservicio de productos alimenticios debe cumplir lo establecido en el artículo 3.8.1.2 “Comercio Minorista de Productos de Abasto y Alimenticios” del presente Código.
Un mercado de puestos minoristas debe cumplir con lo establecido en el artículo 3.8.1.2 “Comercio Minorista de Productos de Abasto y Alimenticios” del presente Código, y con los siguientes parámetros:
CE t.o. · art. 3.8.1.7.1.1 · Comercio de Venta Minorista de Alimentos y Bebidas Envasadas en Estaciones de Transporte
Deben cumplir con lo establecido en los artículos 3.8.1.2 “Comercio Minorista de Productos de Abasto y Alimenticios” y 3.8.1.3 “Alimentación en General y Gastronomía” del presente Código.
CE t.o. · art. 3.8.10.1.1 · Elaboración de Productos Alimenticios y Bebidas
Los locales donde se realice la desecación, maduración o estacionamiento de productos deben cumplir las condiciones establecidas en el artículo 3.8.1.2 “Comercio Minorista de Productos de Abasto y Alimenticios”.
En los edificios de las estaciones ferroviarias destinadas al transporte de pasajeros, se admite localizar los usos permitidos en las Área de Alta Mixtura de Usos (4), comprendidos en las Descripciones: “comercio minorista de productos de abasto y…
En los edificios de las estaciones de subterráneos, se admite localizar los usos permitidos en las Área de Alta Mixtura de Usos (4), comprendidos en las Descripciones: “comercio minorista de productos de abasto y alimenticios”, “alimenticios en general y…
En los edificios de las estaciones ferroviarias destinadas al transporte de pasajeros, se admite localizar los usos permitidos en el Área de Alta Mixtura de Usos (4), comprendidos en las Descripciones: “1.4 Comercio minorista de productos de abasto y…
Escribí una dirección de CABA y te abrimos la prefactibilidad de esa parcela en una pestaña nueva.
La red de constructoras
Te conectamos con las constructoras que ya compran en tu zona y ofertamos en 24 hs.
Estuviste leyendo qué es Comercio minorista de productos de abasto y alimenticios en la normativa de CABA. En vez de esperar a que aparezca un comprador, te mostramos las ofertas de varios a la vez y comparás en vez de aceptar la primera que te llega.
El código dice qué se puede construir. Nosotros te decimos cuánto vale eso, quién lo paga y en cuánto tiempo.
Acabás de leer qué es Comercio minorista de productos de abasto y alimenticios según Código Urbanístico CABA. Nuestra red de constructoras oferta en 24 hs. Empezá por saber qué tenés.
¿Qué se puede construir en una dirección?
Escribí una dirección de CABA y te abrimos la prefactibilidad de esa parcela en una pestaña nueva: qué permite el Código Urbanístico ahí, cuántos metros salen y qué vale ese metro.
Esta transcripción es material de consulta. No sustituye al texto oficial del Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires ni al criterio del profesional que firme tu proyecto.