Parcela o espacio descubierto, destinado a vehículos que necesiten quedar estacionados por fracción de hora o períodos mayores a veinticuatro (24) horas u operatoria de carga y descarga de mercaderías, pudiendo incluir servicios auxiliares…
Definición oficial
Código Urbanístico CABA · Ley N.º 6.764 y modificatorias posteriores · art. 1.4.2.2 · Conceptos relativos al Uso: Tipos de Uso
Parcela o espacio descubierto, destinado a vehículos que necesiten quedar estacionados por fracción de hora o períodos mayores a veinticuatro (24) horas u operatoria de carga y descarga de mercaderías, pudiendo incluir servicios auxiliares o complementarios. Puede ser de propiedad pública o privada, de explotación comercial, o a título gratuito, o como servicio complementario de otros usos que requieran estacionamiento.
El corpus vigente nombra Playa de estacionamiento en 11 artículos fuera del que lo define, sobre todo en 3.8.6.1 Servicios para la vivienda y sus ocupantes, 3.8.6.3 Servicios que pueden ocasionar molestias o ser peligrosos, 3.3.1 Locales y en 3.8.1.6 Comercio Minorista Excluido Comestibles como Uso Principal.
Cuadro de Usos del Suelo Nº 3.3: 6. SERVICIOS
Categoría / Descripción / Rubro
6.1.13. Playa de estacionamiento
1 (Baja Mixtura de Usos)
C
El Consejo debe determinar en cada caso la conveniencia de la localización propuesta.
2 (Media Mixtura de Usos A)
C
El Consejo debe determinar en cada caso la conveniencia de la localización propuesta.
3 (Media Mixtura de Usos B)
SI
Permitido en el Área de Mixtura de Usos
4 (Alta Mixtura de Usos)
C
El Consejo debe determinar en cada caso la conveniencia de la localización propuesta.
EST
-
BICI
u
Número de módulos de bicicletas según número de cocheras: 8 módulos, Hasta 50 cocheras; 8 módulos por cada adicional de 50 cocheras o fracción
CE t.o. · art. 3.3.1.6.7 · Estacionamiento de Bicicletas
Accesibilidad Los módulos de estacionamiento para bicicletas deben estar ubicados, en caso de ser posible, en el interior del edificio, o en su defecto establecerse servidumbre real con otro predio en el que se construya “Playa de Estacionamiento” o “Garaje…
CE t.o. · art. 3.8.1.6.1 · Depósito, Exposición y Venta de Automotores
El depósito, la exposición y/o venta de automotores según sus instalaciones y características constructivas debe cumplir las prescripciones correspondientes a los usos 3.8.6.1.2 “Garaje Comercial” o 3.8.6.1.3 “Playa de estacionamiento”, según constituya o no…
En el sector destinado a estacionamiento debe existir una zona de acceso de vehículos que cuente con pantallas verticales que impidan la visualización del interior de la playa de estacionamiento desde la vía pública.
La iluminación y ventilación del sector destinado a la guarda de vehículos acarreados debe cumplir con los mismos requisitos que una “Playa de estacionamiento”; en caso de que la playa de remisión sea cubierta debe ajustarse a las características de…
Habitabilidad Una estación de servicio debe cumplir con las condiciones de habitabilidad prescriptas en el artículo 3.8.6.1.2 “Garaje Comercial” del presente Código o bien las establecidas en el artículo 3.8.6.1.3 “Playa de Estacionamiento” del presente…
CE t.o. · art. 3.8.6.3.3 · Lavadero de Vehículos Automotores
Un lavadero de vehículos automotores debe cumplimentar las condiciones de habitabilidad prescriptas en el artículo 3.3.1.6.6 “Estacionamiento Vehicular” de este Código o bien las establecidas para el uso del artículo 3.8.6.1.3 “Playa de estacionamiento” del…
CU t.c. · art. 3.6.1.1.1 a 3.6.1.1.12 · Usos complementarios específicos por rubro
3.6.1.1.11 Garaje Comercial y Playa de Estacionamiento: Pueden autorizarse como actividades complementarias los rubros “Locales de Distribución”, “Estación de Cargadores eléctricos”, “Depósitos guardamuebles y bauleras” “Lavadero automático de vehículos…
CU t.c. · art. 3.14.4 · Servidumbres de Estacionamiento, Bicicleta y Carga y Descarga
El garaje comercial o playa de estacionamiento sirviente debe estar construido antes de la concesión del conforme final de obra de la parcela dominante.
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