Código de Edificación CABA · Ley N.º 6.100 y modificatoria Ley N.º 6.438 · art. 1.2
Es el promedio estimado de ocupación preestablecido utilizando el coeficiente de ocupación teórico. En caso de no existir una ocupación diferente o más exigida, se debe aplicar esta población para el cálculo del medio de salida.
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