La posibilidad de combinar usos distintos pero compatibles dentro de una misma área, según los principios del Código Urbanístico.
Definición oficial
Código Urbanístico CABA · Ley N.º 6.764 y modificatorias posteriores · art. 1.4.2.1 · Conceptos relativos al Uso: Generales relativos al Uso
Consiste en la posibilidad de aplicación de usos diversos pero compatibles dentro de una misma área de conformidad a los principios establecidos en este Código Urbanístico. (Definición del Art. 1.4.2.1. sustituida por el Art. 6 de la Ley Nº 6776, BOCBA Nº 7026 del 26/12/2024. Vigencia: a partir de su publicación en el Boletín Oficial).
Ejemplo TodoProps · números de ejemplo, no de la ley
Un edificio de uso mixto con locales en planta baja, oficinas en los primeros pisos y vivienda arriba.
Planta baja, locales
admitido
Pisos 1 y 2, oficinas
admitido
Pisos 3 al 8, vivienda
admitido
Lo que habilita la combinación
el área de mixtura de la parcela
Efecto sobre el universo de compradores
se amplía
Poder mezclar usos compatibles en un mismo edificio amplía a quién se le puede vender y alquilar. Es una de las variables que más cambia el negocio de un lote sin cambiar un metro de edificabilidad.
En la práctica · lectura TodoProps
La definición fue reescrita por la Ley 6.776 de 2024. Si el proyecto arrancó antes, verificá con qué redacción se armó.
Compatible no significa cualquier cosa: el código fija qué usos conviven y con qué condiciones.
Un edificio de uso mixto necesita resolver accesos y medios de salida separados por uso.
Dónde lo usa el Código
El corpus vigente nombra Mixtura de Usos en 24 artículos fuera del que lo define, sobre todo en 7.2 Regulación para el hábitat, 3.2 Áreas de Mixtura del Usos, 3.17 Uso Ferroviario y Vías Férreas y en 3.1 Usos del Suelo Urbano y su Clasificación.
CU t.c. · art. 3.1 · Usos del Suelo Urbano y su Clasificación
El grado de Mixtura de Usos guarda relación con las densidades y características propuestas para las diferentes clasificaciones de edificabilidad establecidas en el Título 6 del presente Código.
CU t.c. · art. 3.2.1 · Área de Baja Mixtura de Usos de Suelo 1
Carácter El Área de Baja Mixtura de Usos del Suelo corresponde a áreas predominantemente residenciales con comercios minoristas y servicios personales de baja afluencia.
En aquellos casos en que el presente Código determine que el Organismo Competente y el Consejo deban evaluar la conveniencia o no de la localización de una actividad, a los fines de garantizar la mixtura de usos del suelo de conformidad a los principios de…
CU t.c. · art. 3.11 · Actividades Productivas e Industriales
Para las actividades productivas e industriales a desarrollarse en las Áreas de Baja Mixtura de Usos (1), el Organismo Competente en materia de Interpretación Urbanística determina en cada caso la conveniencia o no de su localización.
CU t.c. · art. 3.13.1 · Disposiciones particulares para la localización de depósitos
En edificios existentes con planos de obra registrados con anterioridad al 27 de diciembre de 2018 que se encuentren localizados en las Áreas de Alta Mixtura de Usos del Suelo (4) y Áreas de Media Mixtura de Usos del Suelo B (3) emplazados en parcelas que…
3.14.8.2 d) En las actividades productivas a desarrollarse en las Áreas de Media Mixtura de Usos (2 y 3) y en la Alta Mixtura de Usos (4) cuyo ancho de calle sea menor a diecisiete metros con treinta centímetros (17,30m), los requerimientos de carga y…
En los edificios de las estaciones ferroviarias destinadas al transporte de pasajeros, se admite localizar los usos permitidos en las Área de Alta Mixtura de Usos (4), comprendidos en las Descripciones: “comercio minorista de productos de abasto y…
CU t.c. · art. 3.17.2 · Bajo viaductos ferroviarios
En los bajo viaductos ferroviarios, se permitirá localizar los usos permitidos en las Áreas de Media Mixtura de Usos (2 y 3), excluidos los usos de las categorías “Residencial”, “Educación”.
En los edificios de las estaciones de subterráneos, se admite localizar los usos permitidos en las Área de Alta Mixtura de Usos (4), comprendidos en las Descripciones: “comercio minorista de productos de abasto y alimenticios”, “alimenticios en general y…
CU t.c. · art. 3.19.2 · Condiciones de aprobación de estructuras soporte de antenas
a) Áreas de Baja Mixtura de Usos (1): Se autoriza la localización de estructuras soporte de antenas pedestal sobre azotea y vínculo sobre estructura de edificio.
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