La circulación horizontal o vertical diseñada como ruta directa y segura hasta la vía pública, pensada para evacuar gente en el menor tiempo posible.
Definición oficial
Código de Edificación CABA · Ley N.º 6.100 y modificatoria Ley N.º 6.438 · art. 1.2
Circulación horizontal o vertical que constituye ruta de salida directa y segura hasta la vía pública, cuyas trayectorias y dimensiones se diseñan con el objetivo de evacuar a la población prevista en el menor tiempo posible MEDIO MECÁNICO DE ELEVACIÓN: Aparato mecánico fijo a una estructura o edificio que transporta personas y/u objetos, cuyos elementos de transporte y compensación, con movimiento vertical o inclinado, deslizan sobre guías o rieles cualquiera sea la fuerza motriz utilizada, y con accionamiento manual exclusivamente para tareas de mantenimiento y rescate. No se incluyen medios de elevación que sólo son accionados manualmente.
Ejemplo TodoProps · números de ejemplo, no de la ley
Una planta de oficinas de 400 m² dentro de las paredes exteriores, con su caja de escalera y su palier.
Área dentro de paredes exteriores
400 m²
Caja de escalera y antecámara
30 m²
Palier de distribución
8 m²
Superficie de piso computable
362 m²
Esos 38 m²
no computan como superficie de piso
Los metros de la salida no computan como superficie de piso, y a la vez sus dimensiones son de cumplimiento obligatorio. Achicar la escalera para ganar metros vendibles no gana nada y frena la habilitación.
En la práctica · lectura TodoProps
El ancho y la cantidad de salidas dependen de la ocupación calculada del piso, no de su superficie a secas.
Tiene que ser una ruta directa y continua hasta la vía pública. Un tramo que atraviesa un local no califica.
Es lo primero que se verifica en una habilitación. Un legajo con la salida mal resuelta no avanza.
Dónde lo usa el Código
El corpus vigente nombra Medio exigido de salida en 14 artículos fuera del que lo define, sobre todo en 3.4.7 Medios de Salida. Evacuación, 3.9.10 Medios Mecánicos de Elevación, 1.4 Glosario y en 2.1.10 Tolerancias constructivas.
CE t.o. · art. 2.1.10 · Tolerancias constructivas
No se admite ningún tipo de tolerancia en los anchos de puertas, pasos o corredores de piso, escaleras, ni ningún medio exigido de salida.
CE t.o. · art. 3.3.1.6.3 · Espacio Destinado para el Personal de Mantenimiento que Trabaje en un Edificio
Dicho espacio debe estar comunicado con un medio exigido de salida y cumplir con las condiciones establecidas en 3.5.1 “Servicio Mínimo de Salubridad”.
CE t.o. · art. 3.4.6.1 · Escaleras Principales - Sus Características
Cuando constituya medio exigido de salida común para diversas unidades de uso, se debe acceder a ella a través de espacios de acceso común de paso que comuniquen con cada unidad de uso y a cada piso, según se establece en el artículo 3.4.7 “Medios de Salida.
CE t.o. · art. 3.4.7.3 · Ancho de Corredores de Piso
El ancho mínimo de pasos, pasillos o corredores de toda superficie de piso o local que den a un paso de comunicación general u otro medio exigido de salida debe ser de un metro con diez centímetros (1,10 m) en caso de una ocupación de hasta treinta (30)…
CE t.o. · art. 3.4.7.4.3 · Vidrieras o Aberturas en Medios de Salida Exigidos
Los corredores y pasos de un edificio que conduzcan a la vía pública como medio exigido de salida, pueden tener vidrieras o aberturas a comercio, oficina, subterráneo de servicios de pasajeros o uso similar, siempre que se sitúen a una profundidad no mayor a…
El ancho acumulado mínimo de puertas de toda superficie de piso o local que de a un paso de comunicación general o público, u otro medio exigido de salida o vía pública, debe ser de noventa centímetros (0,90 m) en caso de una ocupación de hasta cincuenta (50)…
En los casos en que se requiera más de una escalera como medio exigido de salida, una escalera mecánica no se puede computar en el ancho total de las escaleras exigidas, salvo que se cumplan los requerimientos que se especifiquen en los Reglamentos Técnicos.
CE t.o. · art. 3.4.7.11 · Rampas como Medio Exigido de Salida
Una rampa puede ser usada como medio exigido de salida siempre que su ubicación, construcción y ancho cumpla con el artículo 3.4.5 “Rampas” del presente Código y los requerimientos establecidos en el presente artículo.
Este área puede ubicarse fuera del local comedor, en un espacio de circulación u otro, siempre que no invada el ancho del medio exigido de salida, deben cumplir con las características que se indiquen en los Reglamentos Técnicos.
CE t.o. · art. 3.9.10.8 · Espacio de Máquinas de Ascensores y Montacargas. Casilla o Espacio para Poleas
El ingreso al cuarto de máquinas debe ser fácil y cómodo a través de espacios de acceso común del edificio vinculados con un medio exigido de salida a través de pasos según lo establecido en el Capítulo 3.4 “Medios de Salida y Accesibilidad” y/o escaleras…
Escribí una dirección de CABA y te abrimos la prefactibilidad de esa parcela en una pestaña nueva.
La red de constructoras
Te conectamos con las constructoras que ya compran en tu zona y ofertamos en 24 hs.
Estuviste leyendo qué es Medio exigido de salida en la normativa de CABA. En vez de esperar a que aparezca un comprador, te mostramos las ofertas de varios a la vez y comparás en vez de aceptar la primera que te llega.
El código dice qué se puede construir. Nosotros te decimos cuánto vale eso, quién lo paga y en cuánto tiempo.
Acabás de leer qué es Medio exigido de salida según Código de Edificación CABA. Nuestra red de constructoras oferta en 24 hs. Empezá por saber qué tenés.
¿Qué se puede construir en una dirección?
Escribí una dirección de CABA y te abrimos la prefactibilidad de esa parcela en una pestaña nueva: qué permite el Código Urbanístico ahí, cuántos metros salen y qué vale ese metro.
Esta transcripción es material de consulta. No sustituye al texto oficial del Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires ni al criterio del profesional que firme tu proyecto.