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Título 6 · Sistema Vial

6 Sistema Vial

La red vial de la Ciudad: características de la vía pública, jerarquía de las calles, las vías con Línea de Edificación particularizada y las afectadas a ensanche o apertura.

Vías con L.E. particularizada
art. 6.1.2

Calle por calle, con el tramo afectado.

Actividades en la vía pública
Tabla 6.2.1

El cuadro al que remiten las habilitaciones de actividades en la vereda.

Jerarquía de la red
cap. 6.1

Las características funcionales de cada tipo de arteria.

6.1Infraestructura

6.1.1Características de la Vía Pública

6.1.1.1Clasificación

Las vías se clasifican de acuerdo con su función, como integrantes de las redes Primaria, Secundaria y Terciaria.

6.1.1.2 Red Vial Primaria (Ver I.O.)

  • a)Composición: Está integrada por las autopistas y las avenidas de tránsito rápido, de acuerdo con lo establecido en el Listado N° 6.1.1.2 y en el Plano N° 6.1.1.2;
  • b)Función: Prolongar, dentro de la Ciudad, los accesos que vinculan a ésta con su región y el resto del país, distribuir el tránsito regional a la Red Secundaria y permitir el rápido ingreso y egreso a los distritos centrales.

6.1.1.3Red Vial Secundaria

  • a)Composición: Está integrada por las avenidas de mano única, las de doble mano con o sin giro a la izquierda y las calles o pares de calles de distribución de acuerdo con lo establecido en el Plano N° 6.1.1.2;
  • b)Función: Son colectoras y distribuidoras que conectan los centros generadores de tránsito entre sí y con la Red Primaria. Absorben el máximo caudal de transporte público automotor y sirven de interconexión entre diferentes áreas urbanas.

6.1.1.4Red Vial Terciaria

  • a)Composición: Está integrada por las calles de acceso o servicio local, los pasajes y las calles peatonales. Pertenecen a esta Red todas las calles de la Ciudad que no integran las redes primaria o secundaria;
  • b)Función: Servir al tránsito local.

6.1.2Vías con L.E. Particularizadas

En todas las nuevas construcciones que se levanten con frente a las calles enumeradas en el Listado N° 6.1.2 deberá respetarse el retiro de frente al eje de calle que en el mismo se indica.

La franja de terreno comprendida entre la L.O. Ver "Línea Oficial (L.O.)" en el glosario y la L.E. Ver "L.E." en el glosario resultante del retiro previsto deberá ajustarse a lo dispuesto en el Art. 4.11.2.4 del Código de la Edificación.

VÍAS CON LÍNEA OFICIAL DE EDIFICACIÓN PARTICULARIZADA LISTADO N° 6.1.2 REFERENCIAS * Errata por Resolución N° 110/SSCPU/1991

  • 1)Ley N° 1.864, B.O. N° 2.365, Publ. 24/01/2006 Artículo 1° - Suprímase del Listado 6.1.2 del Código de Planeamiento Urbano, Vías con Línea Oficial de Edificación Particularizada, la afectación a la calle Irala desde Av. Martín García a Av. Pedro de Mendoza.
Vías con Línea Oficial de Edificación particularizada (1 de 2)
Avenida o CalleTramoDistancia al eje en mAncho total en m
Acosta, MarianoRivadavia, Av. - Moreno, Perito Av.1326
Acosta, MarianoFernández de la Cruz, F. Gral. - Roca, Cnel., Av.1326
AcoyteAvellaneda - Neuquén1326
AcoyteDíaz Vélez, Av. - Gallardo, Ángel Av.1326
Alcorta, AmancioVélez Sarsfield, Av. - Brandsen1326
Alcorta, AmancioZavaleta - Moreno, Perito Av.2652
Álvarez JonteConcordia - Punta Arenas1530
AvellanedaEspinosa - Río de Janeiro1326
BoedoVenezuela - Rivadavia, Av.1326
BoyacáMéndez de Andés - Álvarez Jonte1326
BulnesRivadavia, Av. - Honduras, Av.1326
CaliforniaVieytes - Don Pedro de Mendoza, Av.1326
CastañaresEscalada, Av. - Lafuente, Av.16,5033
Castro, EmilioEscalada - Alberdi, Juan Bautista, Av.1326
CochraneNazca - De los Constituyentes, Av.1326
CongresoMiller - Díaz Colodrero1326
CongresoDel Libertador, Av. - Donado1326
CórdobaSan Martín - Florida1326
ChascomúsPaz, Gral., Av. - De la Torre, Lisandro1326
Del Barco CenteneraAlberdi, Juan Bautista, Av. - Goyena, Pedro Av.1530
Del Barco CenteneraBonifacio, José - Asamblea, Av.1530
EscaladaRivadavia, Av. - Dellepiane, Luis, Tte. Gral., Av.1326
IriarteVieytes - Montes de Oca, Manuel A., Av.1326
IrigoyenRivadavia, Av. - Beiró, Francisco, Av.1326
Larralde, CrisólogoDel Libertador, Av. - Paz, Gral., Av.1326
MirandaJusto, Juan B., Av. - Concordia1530
MonroeTriunvirato, Av., - De los Constituyentes, Av.1122
Montes de Oca M. A.Finocchietto, E., Dr. - Caseros, Av.1530
Mosconi, Gral.Paz, Gral., Av. - San Martín, Av.1326
NazcaBeiró, Francisco, Av. - Albarellos, Av.1326
Perón, EvaDel Barco Centenera - Varela, Av.1530
PerúCaseros, Av. - Moreno8,6617,32
PiedrabuenaArgentina, Av. - Dellepiane, Luis, Tte. Gral.1326
Punta ArenasÁlvarez Jonte - San Martín, Av.1530
Punta ArenasSan Martín, Av. - Warnes, Av.1530
Punta ArenasWarnes, Av. - Del Campo, Av.1326
Río de JaneiroAvellaneda - Díaz Vélez, Av.1326
Salguero, JerónimoFigueroa Alcorta, Pte. Av. - Obligado, Rafael, Av.1326
SegurolaRivadavia, Av. - Mosconi, Gral., Av.1326
SuárezVélez Sarsfield, Av. - Don Pedro de Mendoza, Av.1326
Trelles, Manuel R.Álvarez, Donato, Tte. Gral., Av. - San Martín, Av.1122
Vieytes *Suárez - Don Pedro de Mendoza, Av.1326
WarnesJusto, Juan B., Av. - Malabia1326
Vías con Línea Oficial de Edificación particularizada (2 de 2)
Avenida o CalleTramoDistancia al eje en m ancho total en m
Alberdi, Juan BautistaSan Pedrito, Av. - Pumacahua26
De los ConstituyentesCabezón, José León - Mosconi, Gral. Av.34
JuramentoCrámer, Av. - Cabildo, Av.26
Roca, Julio Argentino, Pte. (Diagonal Sur)Piedras - Irigoyen, Bernardo de26
Calle sin nombre oficialEscalada, Av. - Fernández de la Cruz, F., Gral., Av.10,5

Artículo 2° - Manténgase la nueva Línea Oficial de Edificación construida en la acera de numeración impar entre las calles Benito Quinquela Martín y Alfredo Palacios, que ya se encuentra materializada.

ARTERIAS AFECTADAS A APERTURA O ENSANCHE CON DECLARACIÓN DE UTILIDAD PÚBLICA Y SUJECIÓN A EXPROPIACIÓN DE LAS PARCELAS O PARTES NECESARIAS A AQUELLOS FINES (Ver I.O.)

6.2Actividades a Desarrollarse en la Vía Pública

6.2.1Relacionadas con la Circulación

  • a)Transporte público de media y larga distancia;
  • b)Transporte público urbano;
  • c)Circulación de vehículos livianos de carga y pasajeros;
  • d)Circulación de camiones medianos;
  • e)Circulación de camiones pesados;
  • f)Estacionamiento;
  • g)Circulación de motocicletas;
  • h)Circulación de bicicletas;
  • i)Circulación de peatones.
Cuadro del artículo 6.2.1
ACTIVIDADES PERMITIDAS EN LA VÍA PÚBLICA SEGÚN SU CLASIFICACIÓN - TABLA N° 6.2.1 Red Primaria Red Secundaria Red Terciaria
AutopistasAvenidas RápidasAvenidasCalles de distribuciónAnchoPeatonales
Calzada principalCalzada serviciosMano únicaDoble manoDoble mano giro izq.20,0017,3217,3213,8610,009,52
CIRCULACIÓNTransporte público de mediana y larga distancia.P---PPPP---------------------
Transporte público urbano.---PPPPP---------------------
Circulación de vehículos livianos de pasajeros y carga.PPPPPPPPPPPP---
Circulación de camiones medianosPPPPPPPPPPPP---
Circulación de camiones pesados.P------------------------------------
Circulación de motocicletas.PPPPPPPPPPPP---
Circulación de bicicletas.---CSCSPPPPPPPPP---
Circulación de peatones.---PPPPPPPPPPPP
Estacionamiento.---C---CCCC---PP---------
Calzada principalCalzada serviciosMano únicaDoble manoDoble mano giro izq.20,0017,3217,3213,8610,009,52
QUIOSCOS O PUESTOS DE EXPOSICIÓN Y VENTAVenta de flores.---P---PPPPPPP------P
Venta de diarios y revistas.---------PPPPPPP------P
Venta de libros.---------PPPPPPP------P
Venta de artículos varios en mesas portátiles.---------CCC---------------------
SERVICIOS PÚBLICOS Y COMERCIALESAcceso o ventilación cámaras de servicios públicos.---PPPPPPPPPPPP
Buzones de correo.---------PPPPPP------------
Lustre de calzado.---------PPPPPPPPPP
Mesas y sillas de confitería y bares.---CCCCC------------------P

La ocupación de las calzadas y aceras como consecuencia de las actividades antedichas se ajustará a las limitaciones establecidas en la Tabla N° 6.2.1.

ACTIVIDADES PERMITIDAS EN LA VÍA PÚBLICA SEGÚN SU CLASIFICACIÓN - TABLA N° 6.2.1 Calzada principal Calzada servicios Transporte público de mediana y larga distancia.

Circulación de vehículos livianos de pasajeros y carga.

CIRCULACIÓN ACTIVIDADES PERMITIDAS EN LA VÍA PÚBLICA SEGÚN SU CLASIFICACIÓN - TABLA N° 6.2.1 Calzada principal Calzada servicios Avenidas Rápidas QUIOSCOS O PUESTOS DE EXPOSICIÓN Y VENTA Venta de artículos varios en mesas portátiles.

Acceso o ventilación cámaras de servicios públicos.

SERVICIOS PÚBLICOS Y COMERCIALES REFERENCIAS P : Permitido C : Condicionado CS : Condicionado por seguridad (1) --- : No permitido ( 1 ) Sólo cuando la Dirección considere garantizadas las condiciones mínimas de seguridad.

Nota: Ver Ley N° 1.877, B.O. N° 2.363, Publ. 20/01/2006 referente “Regulación para la Instalación de Redes de Televisión por Cable”.

6.2.2Relacionadas con la Ocupación de las Aceras

. Kioscos de venta de diario y revistas, y de flores. . Servicios públicos o comerciales: Acceso o ventilación de cámaras de servicios públicos. . Recolección de correspondencia. . Lustre de calzado. . Mesas y sillas de confiterías y bares.

En ocupación de las calzadas y aceras como consecuencia de las actividades antedichas jamás podrá obstaculizar la libre circulación de personas y bienes y se ajustará a las limitaciones establecidas en la Tabla N° 6.2.1.

6.3Controles Viales

6.3.1Zona de Seguridad de la Bocacalle

Se denomina “Zona de Seguridad de la Bocacalle” al polígono determinado por las L.O.E. Ver "Línea Oficial de Esquina (L.O.E.)" en el glosario y sus prolongaciones virtuales. Dentro de la Zona de Seguridad de la Bocacalle quedan prohibidos el estacionamiento de vehículos y la colocación de cualquier objeto con excepción de las columnas públicas, las de señalización luminosa y las de nomenclatura vial. Se admitirán también los cuerpos salientes cerrados por encima de los 3m sobre el nivel de la acera, permitidos por el Art. 4.6.7 de este Código.

6.4Vías Férreas

6.4.1Estaciones Ferroviarias

En los edificios de las estaciones ferroviarias destinadas al transporte de pasajeros, se admitirá localizar los usos permitidos en el Distrito C3, comprendidos en los agrupamientos Comercio Minorista y Servicios del Cuadro de Usos N° 5.2.1a) y los del Cuadro N° 5.2.1b) permitidos en el citado Distrito, hasta un máximo del 40% de su superficie cubierta Ver "Cubierta" en el glosario, sin ocupar andenes ni medios de salida.

6.4.2Bajo Viaductos Ferroviarios

En los bajo viaductos ferroviarios, se permitirá localizar los usos permitidos en los distritos adyacentes.

6.5Transportes Subterráneos

6.5.1Estaciones Subterráneas

En los edificios de las estaciones de subterráneos, se admitirá localizar los usos permitidos en el Distrito C3, comprendidos en los agrupamientos Comercio Minorista y Servicios del Cuadro de Usos N° 5.2.1a), hasta un máximo del 40% de su superficie cubierta Ver "Cubierta" en el glosario, sin ocupar andenes ni medios de salida, donde queda prohibida toda actividad que dificulte el traslado y la libre circulación de los pasajeros.

6.6Normas Complementarias

6.6.1En Relación al Art. 6.1.1, Ver Art. 5.4.9, Ordenanza

6.6.2En Relación con el Parágrafo 6.1.1.2

6.6.2.1Ordenanza

Artículo 3° - Apruébase la traza y declárase de utilidad pública con afectación inmediata la expropiación de la Autopista Perito Moreno (AU 6) según los planos 1.75.041 al 1.75.049 y de la Autopista 25 de Mayo (AU 1) según los planos 1.75.013A al 1.75.025A de la Municipalidad de la Ciudad de Buenos Aires, los que forman parte, a todos sus efectos, de la presente Ordenanza.

Apruébase la traza de la Av. 9 de Julio (AV 1) y declárase de utilidad pública con afectación diferida al año 1979, en los términos del Art. 34 de la Ley N° 21.499, según Plano N° 1.601 del Consejo de Planificación Urbana.

Los planos citados forman parte, a todos sus efectos, de la presente Ordenanza.

(Con las modificaciones introducidas por los Artículos Nros. 1° y 2° de la Ordenanza N° 33.782, B.M. N° 15.616).

6.6.2.2Ordenanza

Artículo 2° - Habilítase al uso público el camino de sirga paralelo al Riachuelo a que se refiere el Art. N° 2.639 del Código Civil, en las partes no libradas al servicio público, y en el tramo comprendido entre el puente José Félix Uriburu y la desembocadura de dicho curso de agua.

Artículo 5° - Toda nueva construcción frentista a la Av. 27 de Febrero, desde el puente José Félix Uriburu hasta el puente Pueyrredón, deberá dejar al frente una zona de terreno libre de edificación de 25m convenientemente jardinizada.

Además, las construcciones se deberán retirar de todas las líneas divisorias restantes de la parcela, tres metros como mínimo. Estas franjas deberán quedar libres de todo uso.

Artículo 6° - Todo nuevo proyecto de edificación deberá contar con la aprobación de la Dirección General de Arquitectura y Urbanismo. Para ello se deberá presentar ante la citada repartición dos copias de planos de todos los frentes en escala 1:100, detalles en escalas que clarifiquen la tecnología a emplearse y los materiales a utilizar especificando textura y color. Dicha Dirección General queda facultada para solicitar mayor número de planos o detalles cuando fuere necesario, con el fin de evaluar el proyecto presentado.

6.6.2.3Ordenanza N° 33.439, B.M. N° 15.492, Publ. 05/04/1977

  • a)Ordenanza N° 33.439, B.M. N° 15.492, Publ. 05/04/1977 Artículo 1° - Apruébase la traza de la Autopista Central (AU 3) y declárase de utilidad pública con afectación diferida en los términos del Art. 34 de la Ley N° 21.499; al año 1980 el tramo comprendido entre la Av. Gral. Paz (AU 4) hasta la Av. Estado de Israel; al año 1981 el tramo siguiente hasta la Autopista Sur (AU 1); y al año 1982 el tramo restante hasta la Av. 27 de Febrero (AV 2), todo ello según Plano N° 1.596 del Consejo de Planificación Urbana.
  • b)Ley Nº 3.396, B.O. N° 3.356, Publ. 05/02/2010 Artículo 1°.- Derógase parcialmente la traza de la Autopista AU3 aprobada por Ordenanza N° 33.439, B.M. N° 15.492, en el tramo comprendido entre la Av. Gral. Paz y la calle La Pampa y la traza aprobada por Ordenanza N° 39.153, B.M. N° 17.069, en el tramo comprendido entre la Av. Congreso y la calle La Pampa.

Artículo 3° - Apruébase la traza de la Autopista Occidental (AU 7) y declárase de utilidad pública con afectación diferida en los términos del Art. 34 de la Ley N° 21.499; al año 1985 el tramo comprendido entre la Av. Gral. Paz (AU 4) hasta la Autopista Transversal (AU 5); y al año 1986 el tramo restante hasta la Av. 27 de Febrero (AV 2), todo ello según plano N° 1.599 del Consejo de Planificación Urbana.

Artículo 5° - Los planos citados forman parte, a todos sus efectos, de la presente Ordenanza.

Artículo 6° - En caso de obras en construcción o cualquier otro en el cual se presenten situaciones especiales debidamente justificadas, el Departamento Ejecutivo queda facultado para autorizar la compra con antelación a las fechas establecidas en la presente Ordenanza. (…)

6.6.2.4Ordenanza

Artículo 1° - Modifícase la traza de la Autopista Occidental (AU 7) de acuerdo al Plano N° 1.620 del Consejo de Planificación Urbana, que a todos sus efectos forma parte de la presente Ordenanza, manteniéndose los plazos previstos para la ejecución diferida de las mismas según lo dispuesto en el Art. 3° de la Ordenanza N° 33.439.

6.6.2.5Ordenanza

Artículo 1° - Dispónese la paralización inmediata de la construcción en ejecución y caducidad de los permisos de edificación concedidos o en trámite de aprobación, referidos a predios afectados por la traza de las autopistas integrantes de la red de Autopistas Urbanas.

Queda establecido que la prosecución de dichas construcciones o la reanudación del trámite de los permisos mencionados anteriormente sólo serán autorizadas si se cumplen las condiciones determinadas en el Art. 4.11.2.4 del Código de la Edificación (Conforme texto Art. 2° de la Ordenanza N° 38.884, B.M. N° 17.019).

6.6.2.6Ordenanza

Artículo 1° - Apruébase el trazado de la Av. 9 de Julio y su empalme con la Autopista Ribereña en el tramo comprendido entre la Av. Del Libertador hasta su enlace con la Av.

Cantilo, de acuerdo con los planos que se agregan como Anexo, formando parte de la presente.

Artículo 2° - Decláranse de utilidad pública y sujetos a expropiación los inmuebles de propiedad privada que se encuentran comprendidos dentro del trazado aprobado por el artículo anterior y autorízase al Comité de Adquisición de Inmuebles a realizar de inmediato las tratativas tendientes a la adquisición de dichos inmuebles a los efectos de liberar el trazado.

6.6.2.7D.N

Artículo 1° - A los efectos de lo determinado por el Art. 48 de la Ley N° 16.432 incorporado a la Ley N° 11.672 (Complementaria Permanente de Presupuesto), declárase de interés nacional el plan de realizaciones previstas por la Municipalidad de la Ciudad de Buenos Aires, para la construcción de la red de Autopistas Urbanas integrada al sistema de comunicación vial que circunda la Capital Federal.

Artículo 2° - Facúltase al Ministerio de Economía para que, por conducto de la Secretaría de Estado de Hacienda, se otorgue el aval con el respaldo de las disponibilidades del Tesoro Nacional, a las operaciones de crédito interno o extremo que se convengan con destino al financiamiento de las obras a que se refiere el artículo anterior.

6.6.2.8Ordenanza

Artículo 1° - Apruébase la traza de la Av. 27 de Febrero conforme a los Planos A-002 y A-003 de la Dirección General de Investigación y Desarrollo del Ministerio de Defensa, que a todos sus efectos forman parte de la presente Ordenanza.

Artículo 2° - Déjase sin efecto la declaración de utilidad pública con sujeción a expropiación de las tierras privadas que resultaban necesarias para el ensanche de la citada arteria aprobado por Ordenanza N° 33.403, B.M. N° 15.477 y toda otra disposición que se oponga a la presente, excepto las relativas al camino de sirga a que se refiere el Art. 2.639 del Código Civil.

Artículo 3° - Decláranse de utilidad pública y sujetos a expropiación todos los inmuebles afectados por la traza que se aprueba por el Art. 1°.

6.6.2.9Ordenanza

Artículo 1° - Apruébase la traza de la Av. Perito Moreno en el tramo comprendido entre la Autopista Tte. Gral. Luis J. Dellepiane y la Av. Amancio Alcorta, conforme los Planos N° 1.720/1 al 1.720/8 del Consejo de Planificación Urbana (Conforme texto Art. 1° de la Ordenanza N° 35.018, B.M. N° 16.057).

Artículo 2° - La Dirección de Catastro deberá proceder a delimitar en las planchetas parcelarias las afectaciones correspondientes.

Artículo 3° - Las parcelas adyacentes a la nueva traza no podrán tener accesos directos desde la avenida, solamente podrán hacerlo mediante la apertura de una calle de servicio de ancho no menor de 10,50m, que podrá formarse mediante cesión de los propietarios frentistas y siempre que la misma se comunique a dos calles transversales.

6.6.2.10Ordenanza

Artículo 1° - Derógase la traza de la Autopista Occidental (AU7) contenida en el Plano N° 1.599A, hojas 1/15, 2/15, 11A/15, 12A/15, 13A/15, 14A/15, 14bis A/15 y 15A/15 del Consejo de Planificación Urbana aprobada por Ordenanza N° 33.439, B.M. N° 15.492, con las modificaciones introducidas por el Art. 1° de la Ordenanza N° 33.795, B.M.N° 15.619.

Artículo 2° - Apruébase la nueva traza parcial de la Autopista Occidental (AU7) según Plano N° 1.599B hojas 1/15, 2/15, 11/15, 12/15, 13/15, 14/15, y 15/15 del Consejo de Planificación Urbana que forman parte a todos sus efectos de la presente Ordenanza.

Artículo 3° - Desaféctanse de sus respectivos Distritos de Zonificación del Código de Planeamiento Urbano, AD 610.19 y aféctanse a Distrito RUA, Art. 8.2.2 Ir al artículo 8.2.2, Zonas Bajo Viaductos de Autopistas Urbanas del mismo Código las parcelas graficadas en el Plano N° 1.599, hojas 1/15, 2/15, 11/15, 13/15, 14/15, y 15/15 del Consejo de Planificación Urbana.

Artículo 4° - Desaféctanse de Distrito RUA las parcelas comprendidas en el Plano N° 1.599A, hojas 1/15, 2/15, 11A/15, 12A/15, 13A/15, 14bisA/15, y 15A/15 del Consejo de Planificación Urbana y de Distrito RU, las manzanas delimitadas por las calles Manco Capac, Balbastro, Lafuente, Av. Tte. Gral. Luis Dellepiane y aféctanselas a los distritos de Zonificación que se grafican en el Plano N° 1.825 del Consejo de Planificación Urbana que forma parte a todos sus efectos de esta Ordenanza.

Artículo 5° - Mantiénese la afectación a Distrito RU de la manzana delimitada por las calles José Martí, Av. Cnel. Roca, Lafuente y Barros Pazos.

6.6.2.11Ordenanza

Artículo 1° - Declárase de utilidad pública con afectación inmediata de acuerdo a los términos de la Ley N° 21.499 el tramo de la Autopista Occidental (AU7) comprendida entre Autopista Tte. Gral. Luis J. Dellepiane y la Av. 27 de Febrero indicado en los Planos Nros.

1.599B, hojas 12/15, 13/15, 14/15, y 15/15, integrantes de la Ordenanza N° 36.593.

6.6.2.12Ordenanza

Artículo 1° - Exclúyense las autopistas Transversal (AU5), Occidental (AU7), parcialmente y AU8 del plan de realizaciones previsto por esta Municipalidad, quedando desafectados los predios comprendidos en el ámbito de su ejecución.

Artículo 2° - Deróganse los Artículos 2° y 4° de la Ordenanza N° 33.439, B.M. N° 15.492, 36.593, B.M. N° 16.506, y por lo tanto, déjanse sin efecto las trazas de las autopistas Transversal (AU5), Occidental (AU7), en el tramo desde la Autopista 25 de Mayo hasta la Av. Gral. Paz, y AU8, así como las declaraciones de utilidad pública con afectación diferida de los inmuebles comprendidos en dichas trazas.

Artículo 3° - Deróganse, asimismo, todas las normas dictadas en consecuencia de las aprobadas por el Art. 1°, así como todas las que expresa o implícitamente se le opongan.

Artículo 4° - Dispónese, a sus efectos, remitir nota a Poder Ejecutivo Nacional poniendo en su conocimiento la decisión adoptada en esta Ordenanza, solicitando se sirva arbitrar los medios para que se deje sin efecto la declaración de interés nacional en cuanto a las autopistas citadas precedentemente.

6.6.2.13Ordenanza

Artículo 1° - Modifícase la traza de la Av. Perito Moreno aprobada por Ordenanza N° 34.898 AD 620.38 en el tramo comprendido entre las Avenidas Varela y Gral. Francisco Fernández de la Cruz, conforme lo graficado en el Plano N° 5.395-EP obrante a fojas 33, que a todos sus efectos forman parte de esta Ordenanza.

6.6.2.14Ordenanza N° 39.153, B.M. N° 17.069, Publ. 12/07/1983

  • a)Ordenanza N° 39.153, B.M. N° 17.069, Publ. 12/07/1983 Artículo 1° - Apruébase la traza de la Autopista AU3 en el tramo comprendido entre la Av.
  • b)Ley Nº 3.396, B.O. N° 3.356, Publ. 05/02/2010 Artículo 1° - Derógase parcialmente la traza de la Autopista AU3 aprobada por Ordenanza N° 33.439, B.M. N° 15.492, en el tramo comprendido entre la Av. Gral. Paz y la calle La Pampa y la traza aprobada por Ordenanza N° 39.153, B.M. N° 17.069, en el tramo comprendido entre la Av. Congreso y la calle La Pampa.

Gral. Paz y la Av. de los Incas de acuerdo con el proyecto realizado por la Dirección General de Vialidad según Planos Nros. 7.212/3/1, 2, 3, 4, 5, 6, 7, 8, 9, 10 y 11, que a todos sus efectos forman parte de la presente Ordenanza.

6.6.2.15Ordenanza

Artículo 1° - Derógase la traza de la Autopista AU3 en el tramo comprendido entre las Avenidas Federico Lacroze y de los Incas.

Artículo 2° - Desaféctase del Distrito RUA las parcelas afectadas por la traza de la Autopista AU3 en el tramo comprendido entre las Avenidas Federico Lacroze y de los Incas y aféctanse a los distritos adyacentes según se grafica en Plano N° 1.903-CPU-83.

Artículo 3° - Esta Ordenanza entrará en vigor a partir de la fecha de publicación en el Boletín Municipal.

6.6.2.16Ordenanza

Artículo 1° - Derógase la traza de la autopista AU3 aprobada por el Art. 1° de la Ordenanza N° 33.439, B.M. N° 15.492, así como la última traza aprobada por Ordenanza N° 39.153, B.M. N° 17.069, en el tramo comprendido entre el eje de la calle La Pampa y el de la Av. de los Incas.

Artículo 2° - Desaféctase del Distrito RUA (Zona de Renovación Urbana linderas a Autopista) de zonificación del Código de Planeamiento Urbano el tramo comprendido entre el eje de la calle La Pampa y el de la Av. de los Incas y aféctaselo al Distrito R2b (Residencial) de zonificación del Código de Planeamiento Urbano.

Artículo 3° - Modifícase la plancheta N° 6 del Plano de Zonificación del Código de Planeamiento Urbano Art. 5.1.3 Ir al artículo 5.1.3, Ubicación de Distritos de acuerdo a lo establecido en el Art. 2°, y conforme Plancheta N° 6.

Artículo 4° - La presente entrará en vigencia al momento de su publicación.

6.6.2.17Ordenanza

Artículo 1° - Derógase el Art. 5° de la Ordenanza N° 34.579, B.M. N° 15.969, Publ.

15/02/1979.

Artículo 2° - Ninguna modificación ulterior de la traza de la AU7 podrá afectar los asentamientos poblacionales actualmente existentes.

6.6.2.18Ordenanza

Artículo 5° - Derogado por Art. 1° de la Ordenanza N° 46.499, B.M. N° 19.472.

6.6.3Con Relación al Artículo 6.1.2

6.6.3.1Ver 6.1.1.2, Ordenanza

6.6.4En Relación con el Cap. 6.5

6.6.4.1Ley

Artículo 1° - Autorízase al Poder Ejecutivo a construir las obras civiles correspondientes a la denominada Línea “H” de subterráneos, que en su desarrollo pleno vincula a la Estación Nueva Pompeya con la Estación Retiro, a través de la traza que forma parte de esta Ley como Anexo I.

Artículo 2° - Las obras comenzarán por el tramo que vincula a la Estación Hospitales con la Estación Once y deberán continuar con el tramo Hospitales - Nueva Pompeya hasta su culminación.

Artículo 3° - Declárase de utilidad pública el subsuelo de los bienes necesarios para la ejecución de la obra que se aprueba por la presente Ley, en los términos del Art. 4° de la Ley N° 238, B.O.C.B.A. N° 798.

Artículo 4° - Los gastos que demanden estas obras se atenderán con las partidas previstas en el presupuesto en vigor y de los venideros ejercicios y con cargo a los recursos de la Ley Nacional N° 23.514.

6.6.6Red de Tránsito Pesado 6.6.6.1

  • a)Ley N° 216 Texto Ordenado Artículo 1° - Prohíbese la circulación de camiones y acoplados cuyo peso en forma individual sea igual o mayor a doce (12) toneladas vayan o no cargados, por las calles y avenidas de la Ciudad de Buenos Aires con excepción de las integrantes de la Red de Tránsito Pesado.
  • a)Los servicios de urgencia, entendiéndose por tales a los vehículos de bomberos, policía y guardia de auxilio del Gobierno de la Ciudad de Buenos Aires.
  • b)Los servicios de emergencia, entre los cuales se comprende a los vehículos de las empresas de servicios públicos que se prestan en la Ciudad de Buenos Aires y de auxilio mecánico de automotores.
  • c)Los medios periodísticos cuyos equipos móviles de exteriores actúen en ejercicio de su función.
  • d)Los camiones transportadores de hormigón elaborado que se encuentren provistos de tambor motohormigonero.
  • b)Ley N° 2.045, B.O. N° 2.513, Publ. 31/08/2006 Artículos 2° y 5° vetados por Decreto N° 1.254/2006 Artículo 1° - Establécese la obligatoriedad de circular por la red de tránsito pesado vigente de la Ciudad de Buenos Aires, para los vehículos destinados al transporte de inflamables o combustibles líquidos a granel.
  • c)Ley N° 3.086, B.O. N° 3.203, Publ. 26/06/2009 Artículo 1º - Prorróguese hasta el 31 de diciembre de 2010 la entrada en vigencia del Art.

Artículo 2° - Apruébase la Red de Tránsito Pesado que como Anexo I forma parte de la presente Ley. (El Anexo I de esta Ley fue reemplazado por la Ley Nº 2.362, B.O. Nº 2.734, Publ. 27/07/2007) Artículo 3° - Los vehículos especificados en el Art. 1° podrán circular por las restantes arterias de la Ciudad, únicamente con el objeto de llegar a su destino y regresar, accediendo y retornando por el itinerario más corto desde y hasta la Red de Tránsito Pesado.

Artículo 4° - Quedan exceptuados de la prohibición establecida en el Art. 1°:

Artículo 5° - Los vehículos exceptuados de la prohibición de circulación citados en el Art.

4° de la presente Ley, deberán encontrase debidamente identificados con leyendas indicativas de su actividad, colores o aspecto exterior acorde a la misma y hallarse individualizados con el nombre o sigla de la empresa o entidad a la que pertenecen.

Artículo 6° - Toda infracción a la presente ley será considerada falta grave conforme los términos del Art. 77 incisos b) punto 1 y I) de la Ley N° 24.449, pudiéndose proceder a la retención preventiva establecida en el Art. 72 inciso c) de la mencionada norma.

Artículo 7° - Derógase la Ordenanza N° 34.856, B.M. N° 15.997, AD 801.42.

Artículo 8° - La presente Ley comenzará a regir una vez realizada la adecuación del señalamiento ilustrativo correspondiente, el cual deberá instalarse dentro de los (180) ciento ochenta días de promulgada.

Artículo 9° - Comuníquese, etc.

Anexo I RED DE TRÁNSITO PESADO DE LA CIUDAD DE BUENOS AIRES ARTERIAS INTEGRANTES DE LA RED DE TRANSITO PESADO . 25 DE MAYO, Autopista AU1 . 27 DE FEBRERO, Av. (e) Av. Gral. Paz - Av. Sáenz . 9 DE JULIO SUR, Autopista AV1 . ALBERDI, JUAN BAUTISTA, Av. (e) Oliden - Av. Gral. Paz . ALCORTA, AMANCIO, Av. (e) Brandsen - Av. Sáenz . ÁLVAREZ THOMAS, Av. (e) Av. Dorrego - Galván . ARGENTINA, Av. (e) Murguiondo - Av. Tte. Gral. Luis J. Dellepiane . AUSTRALIA, Av. (e) Av. Vélez Sarsfield - Av. Pinedo . BALBÍN, RICARDO, DR., Av. (e) Av. Ruiz Huidobro - Av. Gral. Paz . BAUNESS (e) Av. Triunvirato - Dr. Pedro Ignácio Rivera . BEAZLEY (e) Romero - Av. Sáenz . BEIRÓ, FRANCISCO, Av. (e) Av. de los Constituyentes - Av. Gral. Paz . BRANDSEN (e) Av. Gral. Hornos - Av. Amancio Alcorta . BULLRICH, INTENDENTE, Av. (e) Av. Del Libertador - Av. Santa Fe . CABRERA, JOSÉ ANTONIO (e) Av. Juan B. Justo - Av. Dorrego . CALIFORNIA (e) Av. Vieytes - Av. Don Pedro de Mendoza . CALLE 12 (e) Av. Costanera Rafael Obligado - Av. Ramón S. Castillo . CANTILO, INTENDENTE, Av. (e) La Pampa - Av. Gral. Paz . CASTILLO, RAMÓN S., PTE., Av. (e) Av. Comodoro Py - Av. Costanera Rafael Obligado . CHARLONE (e) Av. Elcano - Virrey Loreto . CHORROARÍN, Av. (e) Av. San Martín - Av. De Los Constituyentes . CÓRDOBA, Av. (e) Av. Dorrego - Av. Jorge Newbery . DE LOS CONSTITUYENTES, Av. (e) Av. Gral. Paz - Av. Chorroarín . DE LOS INCAS, Av. (e) Av. De Los Constituyentes - Av. Triunvirato . DEL BARCO CENTENERA, Av. (e) Av. Perito Moreno - Av. Sáenz . DEL LIBERTADOR, Av. (e) Av. Dorrego - Av. Intendente Bullrich . DELLEPIANE, LUIS J., TTE. GRAL., Av. (e) Av. Gral. Paz - Av. Perito Moreno . DIRECTORIO, Av. (e) Av. Dr. Lisandro de la Torre - Larrazábal . DON PEDRO DE MENDOZA, Av. (e) Irala - Av. Vieytes (modif. por Ley Nº 3.551) . DONADO (e) Av. Ricardo Balbín - Av. Gral. Paz . DORREGO, Av. (e) Av. Leopoldo Lugones - Av. Del Libertador . DORREGO, Av. (e) José Antonio Cabrera - Av. Córdoba . ELCANO, Av. (e) Av. Triunvirato - Av. Álvarez Thomas . ESCALADA, Av. (e) Av. Tte. Gral. Luis J. Dellepiane - Av. 27 de Febrero . FERNÁNDEZ DE LA CRUZ, FRANCISCO, Av. (e) Av. Perito Moreno - Av. Escalada . FIGUEROA ALCORTA, PRESIDENTE, Av. (e) Av. Sarmiento - Av. Dorrego . FITZ ROY (e) José Antonio Cabrera - Loyola . GALICIA (e) Av. Juan B. Justo - Av. Nazca . GALVÁN (e) Av. Álvarez Thomas - Av. Dr. Ricardo Balbín . GARMENDIA, Av. (e) Av. Warnes - Osorio . GODOY CRUZ (e) Av. Juan B. Justo - Honduras . HERRERA (e) Brandsen - Av. Don Pedro de Mendoza . HOLMBERG (e) Av. Ruiz Huidobro - Av. Gral. Paz . HONDURAS (e) Av. Juan B. Justo - Godoy Cruz . HORNOS, GENERAL (e) Río Cuarto - Brandsen . HUERGO, INGENIERO, Av. (e) Av. La Rábida - Av. Brasil . ILLIA, ARTURO H., DR., PRESIDENTE, Autopista (e) Av. Leopoldo Lugones - Calle 12 . IRIARTE (e) Av. Vieytes - General Hornos . IRIARTE Av. (e) Av. Amancio Alcorta - Av. Vélez Sarsfield . JUSTO, JUAN B., Av. (e) Av. Santa Fe - Cnel. Niceto Vega . JUSTO, JUAN B., Av. (e) Godoy Cruz - Av. Gral. Paz . LA PAMPA (e) Av. Costanera Rafael Obligado - Av. Intendente Cantilo . LACARRA (e) Av. Tte. Gral. Luis J. Dellepiane - Av. Eva Perón . LAFAYETTE (e) Av. Amancio Alcorta - Av. Suárez . LAFAYETTE (e) Av. Iriarte - Río Cuarto . LAFUENTE (e) Av. San Pedrito - Av. Perito Moreno . LARRAZABAL (e) Av. Tte. Gral. Luis J. Dellepiane - Av. Directorio . LORETO, VIRREY (e) Charlone - Av. Álvarez Thomas . LOYOLA (e) Fitz Roy - Av. Juan B. Justo . LUGONES, LEOPOLDO, Av. (e) Av. Gral. Paz - Av. Sarmiento . LUJÁN (e) Av. Vélez Sarsfield - Herrera . MADERO, EDUARDO, Av. (e) San Martín - Av. La Rábida . MIRAVÉ (e) Av. Amancio Alcorta - Lafayette . MORENO, PERITO, Autopista AU6 . MORENO, PERITO, Av. (e) Av. Eva Perón - Av. Amancio Alcorta . MURGUIONDO (e) Av. Juan B. Alberdi - Av. Argentina . NAZCA, Av. (e) Av. Rivadavia - Av. Francisco Beiró . NEWBERY, JORGE, Av. (e) Av. Córdoba - Av. Álvarez Thomas . OBLIGADO, RAFAEL, Av. Costanera (e) Calle 12 - La Pampa . OLIDEN (e) Av. Remedios - Av. Juan B. Alberdi . OROÑO, NICASIO (e) Av. San Martín - Av. Juan B. Justo . OSORIO (e) Av. Garmendia - Av. Warnes . PAZ, GRAL., Av. (Calzadas Especiales) (e) Av. Intendente Cantilo - Autopista Ingeniero Pascual Palazzo . PAZ, GRAL., Av. (Calzadas Laterales) (e) Av. Tte. Gral. Luis J. Dellepiane - Av. 27 de Febrero . PERDRIEL (e) Av. Suárez - Brandsen . PERÓN, EVA, Av. (e) Lafuente - Av. Gral. Paz . PIEDRABUENA, Av. (e) Av. Eva Perón - Av. Tte. Gral. Luis J. Dellepiane . PINEDO, Av. (e) Av. Austrália - Av. Suárez . PUENTE DE LA RECONQUISTA (Av. Juan B. Justo (e) José A. Cabrera y Castillo) . PY, COMODORO (e) Av. Antártida Argentina - Av. Pte. Ramón S. Castillo. . QUINQUELA MARTÍN, BENITO (e) Av. Pinedo - Av. Vieytes . RABANAL, FRANCISCO, INTENDENTE, Av. (e) Mariano Acosta - Av. Sáenz . RAMA 6 QUE COMUNICA LAS AUTOPISTAS 25 DE MAYO Y 9 DE JULIO SUR, en el sentido Oeste-Sur . RAWSON DE DELLEPIANE, Elvira (e) Av. lng. Huergo - Av. Calabria . REGIMIENTO DE PATRICIOS, Av. (e) California - Av. Don Pedro de Mendoza . REMEDIOS, Av. (e) Murguiondo - Oliden . RIO CUARTO (e) Lafayette - Av. Vélez Sarsfield . RIVERA, PEDRO IGNACIO, DR. (e) Bauness y Triunvirato . ROCA, CORONEL, Av. (e) Av. Gral. Paz - Mariano Acosta . ROMERO (e) Av. Amancio Alcorta - Beazley . SÁENZ, Av. (e) Beazley - Av. 27 de Febrero . SAN MARTÍN (e) Av. Antártida Argentina - Av. Eduardo Madero . SAN MARTÍN, Av. (e) Av. Juan B. Justo - Av. Gral. Paz . SAN PEDRITO, Av. (e) Av. Rivadavia - Lafuente . SUÁREZ, Av. (e) Lafayette - General Hornos . TORRE, LISANDRO DE LA, Av. (e) Av. Juan B. Alberdi - Av. Eva Perón . TRIUNVIRATO, Av. (e) Av. Dr. Ricardo Balbín - Bauness . TRIUNVIRATO, Av. (e) Dr. Pedro Ignacio Rivera - Av. Elcano . VEGA, NICETO, CORONEL, Av. (e) Av. Dorrego - Av. J. B. Justo . VELEZ SARSFIELD, Av. (e) Av. Amancio Alcorta - Riachuelo . VIEYTES, Av. (e) Av. Suárez - Av. Don Pedro de Mendoza . WARNES, Av. (e) Av. Chorroarín - Av. Juan B. Justo . ZUVIRÍA (e) Av. Perito Moreno - Lafuente Nota: Ley Nº 3.551, B.O. Nº 3.525, Publ. 15/10/2010 Artículo 2º - Déjase sin efecto el ensanche de la Av. Pedro de Mendoza, entre las calles Necochea e Irala, Parágrafo Nº 6.1.2 del Código de Planeamiento Urbano, establecido por la Ordenanza Nº 23.475, B.O. Nº 13.265.

Artículo 3º - Suprímase el tramo mencionado en el Art. 2º de la Lista II “Orden de prioridad de aperturas, ensanches y rectificación de calles” de la Ordenanza N° 23.475.

Artículo 4º - Elimínase la Av. Don Pedro de Mendoza entre Necochea e Irala del Listado de Arterias Integrantes de la Red de Tránsito Pesado que constituye el Anexo I de la Ley Nº 216, contenido en la Sección 6 del Código de Planeamiento Urbano.

ARTERIAS INTEGRANTES DE LA RED DE TRÁNSITO PESADO CON RESTRICCIÓN EN SU SENTIDO CIRCULATORIO . BALBÍN, RICARDO, DR., Av. (e) Donado - Av. Triunvirato: habilitada como Red para circular de la primera hacia la segunda. . DE LOS INCAS, Av. (e) Av. Álvarez Thomas - Av. Triunvirato: habilitada como Red para circular de la primera hacia la segunda. . RUIZ HUIDOBRO (e) Av. Dr. Ricardo Balbín - Holmberg: habilitada como Red para circular de la primera hacia la segunda. . SARMIENTO, Av. (e) Av. Costanera Rafael Obligado - Av. Pte. Figueroa Alcorta: habilitada como Red para circular de la primera hacia la segunda.

ARTERIAS INTEGRANTES DE LA RED DE TRÁNSITO PESADO EXCLUSIVAS PARA TRANSPORTE DE GANADO EN PIE . Calzada del puente sobre Av. Tte. Gral. Luis J. Dellepiane (altura calle Cosquín) (e) Lateral Sudeste Av. Tte. Gral. Luis J. Dellepiane . Río Negro: habilitado para circular como Red desde la primera hacia la segunda. . Río Negro (e) Puente sobre Av. Tte. Gral. Luis J. Dellepiane (altura calle Cosquín) - Av.

Piedra Buena: habilitada para circular como Red desde la primera hacia la segunda.

Artículo 3° - A los fines de realizar la distribución de su carga, los vehículos mencionados en el Art. 1° deben circular por las restantes arterias de la Ciudad, únicamente con el objeto de llegar a su destino y regresar accediendo y retornando por el itinerario más corto desde y hasta la red de tránsito pesado vigente.

Artículo 4° - El horario para la operatoria de distribución de la carga de los vehículos mencionados en el Art. 1°, es el que establezca la reglamentación.

Artículo 6° - La presente Ley entrará en vigencia cuando lo establezca la reglamentación.

1° de la Ley 622, referida a la prohibición de ingreso de ganado en pie a la Ciudad Autónoma de Buenos Aires.

Artículo 2º - La presente Ley entrará en vigencia a partir de su sanción.

6.6.7Playas de Estacionamiento Subterráneo a Construir

6.6.7.1Ley

Artículo 1° - Autorízase la construcción de las Playas de Estacionamiento Subterráneo que se detallan en el Anexo I de la presente Ley.

Artículo 2° - Apruébase el llamado a Licitación Pública para la construcción y concesión de cada una de las playas de estacionamiento subterráneo aprobadas en el Anexo I. El plazo para la concesión de su explotación debe ser de un máximo de 20 (veinte) años y el monto del canon a aplicar debe ser representativo de la rentabilidad de los emprendimientos. En virtud de ello, el Poder Ejecutivo podrá agrupar las propuestas, garantizando la pluralidad de adjudicatarios.

Artículo 3° - Los pliegos de la concesión deben garantizar la preservación de la fisonomía de los espacios públicos mencionados en el Anexo I, previéndose que las obras no afecten la vegetación y las estructuras existentes al momento de iniciarse las mismas.

Artículo 4° - El Poder Ejecutivo de la Ciudad de Buenos Aires remitirá a esta Legislatura los estudios de impacto ambiental que contendrán, en forma pormenorizada, los aspectos contemplados en la siguiente lista enunciativa:

Anexo I DENOMINACIÓN Y ARTERIAS PERIMETRALES

6Interpretación Oficial Sección 6

6.1.1.2Interpretación Oficial

La edición oficial del Código de Planeamiento Urbano omitió consignar el listado. Por ello el texto del Parágrafo debe integrarse de la siguiente forma:

Cuadro del artículo 6.1.1.2
Autopista Sur “25 de Mayo”AU 1
Autopista CosteraAU 2
Autopista General PazAU 4
Autopista Perito MorenoAU 6
Autopista Occidental Pte. Héctor J. CámporaAU 7
Avenida 9 de JulioAV 1
Avenida 27 de FebreroAV 2
Avenida Perito MorenoAV 3
Avenida Parqueex AU 3
Ex Autopista Centralex AU 3
Autopista Pte. Dr. Arturo Umberto Illia

6.1.2Interpretación Oficial

La edición oficial del Código de Planeamiento Urbano omitió consignar la totalidad del listado de avenidas y calles con algún grado de afectación a ensanche o apertura determinado por la legislación anterior a su sanción. Por ello el texto del Parágrafo debe integrarse de la siguiente forma:

El hecho de que no figure en este listado alguna arteria afectada, no implica la extinción de normas no derogadas expresamente.

Figuran en el presente listado arterias que se encuentran materializadas, aunque subsisten cuestiones no resueltas.

  • 1)Decreto Nº 1.513/2005, B.O Nº 2.295, Publ. 13/10/2005 Artículo 1° - Aféctanse las Parcelas G, H e I de la Manzana 19, Sección 96, Circunscripción 21, en cumplimiento de las determinaciones de la Ley N° 18.668, B.O. del 11/05/1970, a la adecuación de la traza y ensanche de la Av. Costanera Sur. (Ver restantes artículos).
  • 2)Ley Nº 3.551, B.O. Nº 3.525, Publ. 15/10/2010 Artículo 2º - Déjase sin efecto el ensanche de la Av. Pedro de Mendoza, entre las calles Necochea e Irala, Parágrafo Nº 6.1.2 del Código de Planeamiento Urbano, establecido por la Ordenanza Nº 23.475, B.O. Nº 13.265.
  • a)Ley N° 3.074, B.O. N° 3.206, del 01/07/2009.
  • b)Ley N° 3.077, B.O. N° 3.380 del 15/03/2010.
Vías con Línea Oficial de Edificación particularizada (1 de 2)
ARTERIAS AFECTADAS A ENSANCHE ARTERIA AVENIDA O CALLETRAMONORMA
Alberdi, Juan BautistaSan Pedrito, Av. - PumacahuaOrd. N° 23.475
AsambleaCurapaligüe - Carabobo, Av.Dec. Nº 8.654/1953
AU 1 Autopista Sur 25 de MayoAutovía Buenos Aires, La Plata - Dellepiane, Luis J., Tte. Gral., Av.Ord. Nº 33.782
AU 6 Autopista Moreno, PeritoDellepiane, Luis J., Tte. Gral., Av. - Paz, Gral., Av.Ord. Nº 33.782
AU 7 Autopista OccidentalDellepiane, Luis J., Tte. Gral., Av. - 27 de Febrero, Av.Ord. Nº 36.593
AV 1 - 9 de Julio (Cerrito, Carlos Pellegrini, Lima, Irigoyen Bernardo de, Gral. Hornos, Herrera)Del Libertador, Av. - RiachueloOrd. Nº 33.782
BogotáBahía Blanca - ArgerichN. 2.077/1973 DGFOT
CaserosEntre Ríos, Av. - SaltaOrd. Nº 23.475
ChiclanaMaza - BoedoDec. Nº 2.220/1970
ChorroarínSan Martín, Av. - De los Constituyentes, Av.Ord. Nº 23.079
ColoniaCaseros, Av. - Alcorta, Amancio, Av.Ord. Nº 23.475
Combate de los PozosRivadavia, Av. - Yrigoyen, HipólitoDec. Nº 4/1951
CórdobaRodríguez Peña - MontevideoDec. Nº 4.760/1954
CórdobaParaná - MontevideoS/Plano 202-C-65
CorrientesAyacucho - Callao, Av.Dec. Nº 19 del 31/01/1946
CorrientesAlem, Leandro N., Av. - Callao, Av.Ord. Nº 4.196
CorrientesAlem, Leandro N., Av. - BouchardS/Plano 17.112/44
CurapaligüeLaferrere, Gregorio de - Fernández Moreno, BaldomeroOrd. Nº 23.475
De los ConstituyentesCabezón, José León - Mosconi, Av.Ord. Nº 44.095
Del Barco CenteneraRivadavia, Av. - Alberdi, Juan Bautista, Av.Dec. Nº 10.481/1956
Del Barco CenteneraGoyena, Pedro, Av. - Bonifacio, JoséOrd. Nº 23.475
Díaz, CoronelLas Heras, Av. - CerviñoOrd. Nº 23.475
ElcanoCrámer, Av. - Zuberbuhler, Carlos E.Ord. Nº 33.366
Fernández de la Cruz, Francisco, Gral.Lacarra - de La Plata, Av.Ord. Nº 21.650
Freire, Ramón, Cap. Gral.Vilela – ParoissienS/Plano 1.412
Garay, Juan deHuergo, Ingeniero, Av. - Entre Ríos, Av.Ord. Nº 23.475
García del RíoPérez, Roque - PintoS/Plano 1.412
Gutiérrez, RicardoMorán, Pedro Lavaysse, Benjamín J.Dec. Nº 17.471/1951
HerreraCalifornia - Cruz, OsvaldoOrd. Nº 24.798
De Herrera, Luis AlbertoRucci, J. I - EcheandíaDec. Nº 17.526/1951
De Herrera, Luis AlbertoRucci, J. I - HubacDec. Nº 17.526/1951
IguazúAlcorta, Amancio, Av. - AncasteDec. Nº 1.666/1949
IndependenciaPaseo Colón, Av. - Entre Ríos, Av.Ord. Nº 23.475
Jovellanos, Melchor G.Magallanes - Aráoz de Lamadrid,S/Plano 776-C-57
JujuyRivadavia, Av. - Caseros, Av.Ord. Nº 23.475
JuramentoCrámer – Cabildo, Av.Ord. Nº 23.475
LavalleTalcahuano - LibertadOrd. Nº 23.475
MagallanesMontes de Oca, Manuel A., Av. - AzaraDec. Ord. Nº 11.342/1949
Martín, Benito QuinquelaJovellanos, Melchor G. de - Isabel La CatólicaOrd. Nº 23.475
Mendoza, Don Pedro deBrasil - Necochea Irala - VieytesOrd. Nº 23.475, modif. por Ley Nº 3.551
Montes de Oca, ManuelCruz Osvaldo, Av. - Mendoza, Don Pedro de, Av.Ord. Nº 23.475
Moreno, PeritoDellepiane, Luis J., Tte. Gral., Av. - Alcorta, Amancio, Av.Ord. Nº 34.898 y mod. Ord. Nº 37.949
Naón, Rómulo S., Dr.Olazábal - Monroe, Av.S/Plano 1.137-C-58 y S/Plano 141-C-74
NeuquénEspinosa - de Gainza, Martín Gral.N. 14.008/1974 DGFOT
OruroSan Juan, Av. - Humberto 1°Ord. Nº 23.475
ParaguayNros. 1652/76Dec. Nº 4.760/1954
Pasaje Particular (e/ Medrano y Salguero)Díaz Vélez, Av. - Vías del FFCC GSS/Plano 184-C-49
Paseo ColónCalvo, Carlos - García, Martín, Av.Ord. Nº 23.475
Paz, GeneralCurupaytí - CuencaS/Plano 648-C-56
PerdrielCruz, Osvaldo - Río CuartoOrd. Nº 23.475
Póliza, PrácticoBrandsen - SuárezOrd. Nº 23.475
Rabanal, Francisco, IntendenteVarela - Rivera IndarteOrd. Nº 23.475
Relacionadas con la traza del FFCC Gral. SarmientoPueyrredón Av. - MolièreOrd. Nº 24.802
Relacionadas con la traza del FFCC Gral. San MartínDel Libertador, Av. - Paz Gral., Av.Ord. Nº 24.802
Relacionadas con la traza del FFCC Gral. UrquizaDel Campo, Av. - Beiró Francisco, Av.Ord. Nº 24.802
Relacionadas con Puerto MaderoS/Plano 19-C-90, M334/91, M404/93, M22/94, M55/95,
Relacionadas con la Zona Portuaria y Tierras Ganadas al Río
RemediosPola – BasualdoDec. Nº 6.798/1953- S/Plano 972-C-53
Rivadavia, Martín ComodoroCabildo, Av. – Del Libertador, Av.Ord. Nº 23.475
Roca, CoronelGordillo Timoteo - Paz, Gral., Av.Ord. Nº 23.475
Ruiz HuidobroHolmberg - MeliánOrd. Nº 23.475/ Ord. Nº 34.192
Sáenz Valiente, Juan Pablo, Alte.Ricchieri, Pablo, Tte. Gral. - Figueroa Alcorta, Pte., Av.Ord. Nº 23.475
SaladilloPerón, Eva, Av. - Argentina, Av.Ord. Nº 23.475
San JuanPaseo Colón, Av. - Entre Ríos Av.Ord. Nº 23.475
Santa FeFray Justo Santa María de Oro - Bullrich, Intendente, Av.Ord. Nº 23.475
SantanderPiedrabuena, Av. - Argentina, Av.Ord. Nº 23.475
Santo DomingoPepirí - GuaymallénOrd. Nº 23.475
TriunviratoOlazábal - EcheverríaOrd. Nº 1.752
TucumánParaná – UruguayOrd. Nº 23.475
VilelaMelián - Pérez, RoqueS/Plano 1.412
VilelaConde – FreireS/Plano 1.412
Yrigoyen, HipólitoCombate de los Pozos - Entre Ríos, Av.Dec. Nº 4/1951
Vías con Línea Oficial de Edificación particularizada (2 de 2)
ARTERIA AVENIDA O CALLETRAMONORMA
11 de Setiembre de 1888Pico - VediaOrd. Nº 26.267
12 de OctubreCucha Cucha hasta su cierreOrd. Nº 23.475
AlbarracínProvincias Unidas - SantanderOrd. Nº 37.614
AlbarracínProvincias Unidas - Vernet, Av.Ord. Nº 26.609
Angaco, Pje.Treinta y Tres Orientales - Bocayuba, QuintinoS/Plano 1.916
Aráoz de Lamadrid, Gregorio, Gral.Jovellanos, Melchor G. de - Regimiento de Patricios, Av.Ord. Nº 23.475
ArenalesBulnes - Díaz, Coronel, Av.Ord. Nº 23.475
ArgentinaPiedrabuena, Av. - SantanderOrd. Nº 23.475
AtahualpaEscalada de San Martín, Remedios - Díaz, César, Gral.Ord. Nº 23.475
AU 2 Autopista CosteraPaz, Gral., Av. - Viaducto calle NecocheaOrd. Nº 21.227
AU Illia, Arturo U. Pte.Enlaces con avenidas del Sector Norte------
AV 1 - 9 de Julio, Sector NorteEnlace con Cantilo, Av.Ord. Nº 34.162
AV 2 - 27 de FebreroPaz, Gral., Av. - Mendoza, Don Pedro de, Av.Ord. Nº 34.870
AvalleCaseros, Av. - Chiclana, Av.Ord. Nº 23.475
AvellanedaNeuquén - ColpayoOrd. Nº 23.475
BacacayRepetto, Nicolás, Dr. - García Lorca, FedericoDec. Nº 18.315/1950
Berg, Carlos27 de Febrero, Av. - FerréOrd. Nº 23.475
Bidegain, Pedro Pje.Treinta y Tres Orientales - Bocayuba, QuintinoS/Plano 1.916
Bonorino, Esteban, Cnel.Tabaré - Vías del FFCC Gral. BelgranoOrd. Nº 23.475
Bonorino, Esteban, Cnel.27 de Febrero, Av. - FerréOrd. Nº 23.475
CamargoDorrego, Av. - HumboldtOrd. Nº 23.475
Cañada de GómezSaraza - Castañares, Av.Ord. Nº 26.831
Cevallos, VirreyPavón - Garay, Av.Ord. Nº 23.475
CharcasGodoy Cruz - Justo, Juan B. , Av.Ord. Nº 30.559
CorondaRivadavia, Av. - BurgosS/Plano 1.916
Cucha Cucha12 de Octubre - Punta Arenas, Av.Ord. Nº 23.475
CurupaytíPaz, General, Av. - EscobarS/Plano 150-C-56
DarregueyraSanta Fe, Av. - JuncalOrd. Nº 23.475
de la Torre, LisandroLópez, Cándido - SantanderOrd. Nº 23.475
Del Valle, AristóbuloDel Valle Iberlucea, Dr. EnriqueAnulada por Ord. Nº 33.366
Vías del FFCC Gral. RocaOrd. Nº 23.475
EcheandíaMontiel - Piedrabuena, Av.Ord. Nº 23.475
El SalvadorGodoy Cruz - Justo, Juan B. , Av.Ord. Nº 23.475
Ex AU 3 Autopista CentralCongreso, Av. - La PampaOrd. Nº 39.153
FamatinaMonteagudo - ZavaletaOrd. Nº 23.475
Freire, Ramón Capitán Gral.Dorrego - Arenal, ConcepciónOrd. Nº 40.975
García TeodoroFraga - Vías del FFCC Gral. UrquizaS/Plano 1.916
Grito de AsencioIguazú - MonteagudoOrd. Nº 23.475
GutenbergBeiró, Francisco, Av. - ZamudioOrd. Nº 23.475
GutenbergÁlvarez, Donato, Tte. Gral., Av. - ÁvalosOrd. Nº 23.475
Gutiérrez, RicardoMorán, Pedro - Lavaysse, Benjamín J.Ord. Nº 23.475
HumboldtVelazco, Juan Ramírez de - LoyolaOrd. Nº 23.475
ItaquíCrespo - VediaOrd. Nº 23.475 Anulada por Ord. Nº 33.366
Janer, Ana MaríaFonrouge - MirallaOrd. Nº 23.475
Jovellanos, Melchor G. deSuárez - PinzónOrd. Nº 23.475
LafayetteOlavarría - Vías del FFCC Gral. BelgranoOrd. Nº 37.543
Lista, Ramón, Cnel.Bruselas - Curuzú CuatiáOrd. Nº 23.475
LunaOlavarría - Vías del FFCC Gral. RocaOrd. Nº 37.543
Lugones, Leopoldo, Av.Gral. Paz, Av. – Av. Sarmiento---
Mar DulceRío Cuarto - Riachuelo
Matienzo, Benjamín, Tte.Crámer - Vías del FFCC Gral. MitreOrd. Nº 33.883
MonasterioOlavarría - Vías del FFCC Gral. RocaOrd. Nº 37.543
MonteAraujo - CorvalánOrd. Nº 23.475
MorlotePunta Arenas - TronadorOrd. Nº 23.475
O´Gorman27 de Febrero, Av. - FerréOrd. Nº 23.475
ParacasArolas, Eduardo - BrandsenDec. Nº 297/1946
Parque, Av.Paz, Gral., Av. - Congreso, Av.Ord. Nº 50.384
PortelaCatañares, Av. - Riestra, Av.Ley 1.188
Paz, José C.Iguazú - MonteagudoOrd. Nº 23.475
Primera JuntaAraujo - CorvalánOrd. Nº 23.475
RafaelaBenedetti, Osvaldo Ernesto, Dip. Nac. - LacarraOrd. Nº 23.475
Relacionadas con el Parágrafo 5.5.2.18 Inc. h de la Ley N° 449Ord. Nº 44.520
Relacionadas con la traza del FFCC Gral. San MartínDel Libertador, Av. - Paz, Gral., Av.Ord. Nº 24.802
Relacionadas con la traza del FFCC Gral. SarmientoPueyrredón, Av. - MolièreOrd. Nº 24.802
Relacionadas con la traza del FFCC Gral. UrquizaDel Campo, Av. - Beiró, Francisco, Av.Ord. Nº 24.802
Relacionadas con los Distritos de Zonificación de Urbanización Determinada -U-Ley N° 449
Relacionadas con Puerto MaderoS/Plano 19-C-90, M334/91, M404/93, M22/94, M55/95, M160/95, M161/95, M380/97, M77/99, M221/96 y M194/94.
Relacionadas con Zona Portuaria y Tierras Ganadas al Río.
Repetto, Nicolás, Dr.Yerbal - BacacayOrd. Nº 23.475
Roca, Julio Argentino, Pte., Av. (Diagonal Sur)Piedras - Irigoyen, Bernardo deLey N° 449
RomaRuiz de los Llanos – IrigoyenOrd. Nº 25.391
Ruy Díaz de GuzmánPinzón - Villafañe, WenceslaoOrd. Nº 23.475 - Dec. Nº
Salmún Feijoo, José AaronQuinquela Martín, Benito - AlvaradoOrd. Nº 23.475
Santa MagdalenaSanto Domingo - VillarinoDec. Nº 1.775/1946
Santa María del Buen AireLuján - RiachueloS/Plano 1.916
Sin nombre oficial e/Figueroa Alcorta y ChoninoCavia - CasaresS/Plano 1.916
SoriaAv. Thames - SerranoOrd. Nº 23.475
SuárezLafayette - LavardénOrd. Nº 23.475
TriunviratoElcano, Av. - Forest, Av.Ord. Nº 36.417
UspallataBaigorria - PerdrielOrd. Nº 23.475
Viedma, Francisco deMadero - BarragánOrd. Nº 31.285
Viedma, Francisco deCuzco - Paz, Gral., Av.Ord. Nº 23.475
VieytesSuárez - Don Pedro de Mendoza, Av.Res. N° 110- SSCPU-1991
VilelaDonado - MachainS/Plano 1.916
Villafañe, WenceslaoDel Valle Iberlucea, Enrique, Dr. - Vías del FFCC Gral. RocaOrd. Nº 23.475
VillarinoVieytes - San AntonioOrd. Nº 23.475
ZamudioBeiró, Francisco, Av. - TinogastaS/Plano 307-C-54
ZuviríaThorne - CurapaligüeOrd. 23.475

Artículo 2° - Establécese la caducidad de pleno derecho de las tenencias, con carácter precario y a título gratuito, otorgadas oportunamente mediante las Ordenanzas N° 36.002, B.M. N° 16.354, y N° 37.047, B.M. N° 16.623, de cada una de las parcelas mencionadas en el artículo precedente, por devenir ilegítimas en favor de sus ocupantes de hoy, al no ajustarse las mismas actualmente a las superiores razones que entonces pudieran haberle otorgado justificación y sentido.

Artículo 6° - Encomiéndase, una vez que se produzca la liberación de las parcelas en cuestión, a la Dirección General de Tránsito y Transporte, dependiente de la Subsecretaría de Tránsito y Transporte, a la Dirección General de Obras Públicas, dependiente de la Subsecretaría de Obras y Mantenimiento Ver "Mantenimiento" en el glosario, ambas en el ámbito de la Secretaría de Infraestructura y Planeamiento, y a la Dirección General de Espacios Verdes, dependiente de la Subsecretaría de Medio Ambiente de la Secretaría de Producción, Turismo y Desarrollo Sustentable, todas ellas con la coordinación del Área Gestión de la Ribera, dependiente de la precitada Secretaría, la inmediata realización en el lugar de todas las acciones conducentes a la materialización y parquización de la avenida de marras, que permitan su más pronta puesta a disposición del uso público.

Artículo 3º - Suprímase el tramo mencionado en el Art. 2º de la Lista II “Orden de prioridad de aperturas, ensanches y rectificación de calles” de la Ordenanza N° 23.475.

Artículo 4º - Elimínase la Av. Don Pedro de Mendoza entre Necochea e Irala del Listado de Arterias Integrantes de la Red de Tránsito Pesado que constituye el Anexo I de la Ley Nº 216, contenido en la Sección 6 del Código de Planeamiento Urbano.

ARTERIAS AFECTADAS A APERTURA

Artículo 1° - Dispónese la apertura de la Calle Crespo, entre Somellera y Av. Riestra

Artículo 1º - Dispónese la apertura y afectación a vía pública de la calle determinada por el plano que forma parte del Anexo I, que a todos sus efectos forma parte de la presente Ley, y que integrara la Parcela 30a, Manzana 105, Sección 35, Circunscripción 17, entre las calles Dorrego y Zapata.

Artículo 2º - Determínese que la apertura dispuesta en el Art. 1º, corresponde a la calle “Dorrego”.

Artículo 3º - Encomiéndese a la Dirección General de Fiscalización de Obras y Catastro fije nomenclatura oficial, en función de la apertura dispuesta en el Art. 1º de la presente Ley.

El hecho de que no figure en este listado alguna arteria afectada, no implica la extinción de normas no derogadas expresamente.

Figuran en el presente listado arterias que se encuentran materializadas, aunque subsisten cuestiones no resueltas.

La red de constructoras

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Es la sección que dice si el frente de tu parcela está afectado. Sabemos quién está comprando lotes en cada manzana de CABA. En vez de esperar a que aparezca un comprador, te mostramos las ofertas de varios a la vez y comparás en vez de aceptar la primera que te llega.

Del código a la operación

El código dice qué se puede construir. Nosotros te decimos cuánto vale eso, quién lo paga y en cuánto tiempo.

Acabás de leer 6 Sistema Vial. Es la sección que dice si el frente de tu parcela está afectado. Una calle con Línea de Edificación particularizada obliga a retirar la construcción nueva, y esa franja no se puede computar como suelo edificable. En un lote sobre avenida, mirar este listado antes de comprar cambia la cuenta. Nuestra red de constructoras oferta en 24 hs. Empezá por saber qué tenés.

¿Qué se puede construir en una dirección?

Escribí una dirección de CABA y te abrimos la prefactibilidad de esa parcela en una pestaña nueva: qué permite el Código Urbanístico ahí, cuántos metros salen y qué vale ese metro.

Esta transcripción es material de consulta. No sustituye al texto oficial del Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires ni al criterio del profesional que firme tu proyecto.