8 Reglamentos Técnicos: Cargas, Estructuras e Instalaciones
El anexo técnico sin las instalaciones eléctricas y de ascensores, que van aparte: los reglamentos CIRSOC de estructuras, las tensiones admisibles de albañilería y madera, el empuje de tierras, las instalaciones mecánicas y térmicas, los tanques de inflamables y la resistencia al fuego de los materiales.
Reglamentos CIRSOC
art. 8.1.1 y siguientes
Cargas y sobrecargas, viento y construcciones sismorresistentes.
Tensiones admisibles
cap. 8.2
Albañilería y maderas, con cuadros por clase de material.
Resistencia al fuego
cap. 8.13
Determinación del paso del fuego, puertas de madera y equivalencias de contramuro.
Eléctricas y ascensores
en su propia página
El capítulo 8.10 es más de la mitad de la sección y va aparte.
Estado de los cuadros
digitalizados del impreso
Varios cuadros de esta sección vienen del reconocimiento óptico del documento oficial y arrastran erratas de esa digitalización. Para un cálculo, hay que contrastarlos contra el PDF que publica el Gobierno.
a) Reglamento CIRSOC 101: "Cargas y Sobrecargas Gravitatorias para el Cálculo de Estructuras de Edificios", Julio de 1982. b) Reglamento CIRSOC 102: "Acción del Viento sobre las Construcciones", Diciembre 1984, Fe de Erratas 1994. c) Reglamento INPRES-CIRSOC 103: "Normas Argentinas para las Construcciones Cismorresistentes". Adaptación para la Ciudad de Buenos Aires.
a) Reglamento CIRSOC 301: "Proyecto, Cálculo y Ejecución de Estructuras de Acero para Edificios", Julio 1982. Modificaciones y Fe de Erratas Diciembre 1984. b) Reglamento CIRSOC 302: "Fundamentos de Cálculo para los Problemas de Estabilidad del Equilibrio en las Estructuras de Acero", Julio de 1982.
El criterio a seguir en el cálculo del muro será libre, debiendo mencionarse su origen.
Se tendrán en cuenta todas las sobrecargas que puedan presentarse en el terreno. Para calcular los empujes horizontales ejercidos sobre paredes rígidas de sostén impedidas de rotar por su apoyo inferior o desplazarse se aplicarán los diagramas de la figura 8.1.6 a) (1), (2), (3), (4).
Cuando por el tipo de vinculación la naturaleza de la estructura de contención permita una rotación por la base o un desplazamiento como en los muros de sostenimiento con coronamiento libre, el empuje se determinará utilizando el diagrama (5).
Para los suelos sumergidos deberá considerarse el empuje que pueda ejercer el agua contenida en los poros. b) Teoría de cálculo de un caso particular:
Cuando no fueren necesarios los ensayos, puede calcularse mediante la teoría de Coulomb, el empuje que un terreno horizontal ejerce sobre un paramento vertical.
(1) Recta de acción: El empuje E actúa a 1 h (h = desnivel de los terrenos) con una dirección inclinada de sobre la horizontal (p° = ángulo de talud natural).
(2) Intensidad Se utilizará la fórmula siguiente: E = 1 tg2 (45° - donde;
E = empuje del terreno, expresado en toneladas por metro lineal de frente de muro; t = peso específico de la tierra, expresado en t/m3; h = altura de tierra contenida por el muro, expresada en metros; ángulo de talud natural de la tierra.
Para los terrenos más frecuentes se utilizan los valores de la Tabla.
Interpretación gráfica
Cuadro del artículo 8.1.6 (1 de 2)
Clase de terreno
y t
ó°
Tierra de aluvión seca
1,40
40º
Cuadro del artículo 8.1.6 (2 de 2)
Tierra de aluvión mojada
1,65
30º
Tierra colorada compacta
1,60
40º
Arcilla seca
1,60
40º
Arcilla mojada
2,00
20º
Arena seca
1,60
31º
Arena húmeda
1,86
40º
Arena mojada
2,10
29º
Gravilla seca
1,70
30º
Gravilla húmeda
2,00
25º
Piedra partida
1,30
45º
Arena gruesa bajo agua descontando la influencia de esta última
Las bases de las estructuras resistentes deben proyectarse y ejecutarse dentro de los límites del predio, salvo las que correspondan al frente, sobre la L. M., cuyas zarpas y zapatas pueden avanzar lo establecido en Perfil para cimientos sobre la Línea Municipal.
En el proyecto se mencionará el pilotaje tipo a utilizarse, así como las características de la hinca.
En los pilotes hincados se tendrá en cuenta que los asientos provocados por la deformación del suelo resulten compatibles con la función a que está destinada la estructura. Cuando la carga admisible se determine en función de los parámetros que definen la resistencia a rotura de los suelos interesados, las fórmulas de capacidad de carga serán afectadas de un coeficiente de seguridad igual o mayor de 2,5. Este valor podrá disminuirse a 2 cuando en la determinación de la carga que solicita la fundación se considere la acción del viento. Los coeficientes de seguridad mencionados sólo podrán disminuirse cuando el estudio de suelos se complemente con un adecuado programa de ensayo de carga. No obstante, en ningún caso podrá el coeficiente de seguridad para las cargas principales más el viento ser menor de 1,6.La profundidad a alcanzar con la punta de los pilotes será determinada en función del estudio del suelo, las características de los pilotes a usar y de la carga a resistir. Será controlada en obra mediante la obtención de un rechazo adecuado resultante del perfil del suelo. Para pilotes cuya punta penetre dentro de suelos no cohesivos, este rechazo podrá determinarse utilizando la siguiente fórmula de hinca: s = Los pilotes colados y/o pozos de fundación se calcularán previendo que los asientos provocados por la deformación de los mismos sean compatibles con la función a que está destinada la estructura que soportan. Cuando la carga admisible se determine en función de los parámetros que definen la resistencia o rotura de los suelos interesados, para las cargas principales (peso propio y sobrecarga), las fórmulas de capacidad de carga serán afectadas de un coeficiente de seguridad igual o mayor de tres. Este valor podrá disminuirse hasta 2,5 siempre que en la determinación de la carga que solicita la fundación se considere la acción del viento. En la estimación de la fricción lateral se tendrá en cuenta el efecto del relajamiento de tensiones horizontales provocados por la excavación del pozo o la perforación y el eventual ablandamiento de las paredes debido al método
P X (Q + q) Donde: P = Capacidad de carga admisible del pilote en toneladas. Q = Peso del martillo en toneladas. q = Peso del pilote más el capacete en toneladas.E = Energía del martillo en toneladas centímetros. s = Rechazo o penetración del pilote en centímetros debido a los últimos 10 golpes.
Las cargas inclinadas se absorberán, en general, mediante pilotes inclinados. Sin embargo, para pilotes de hormigón armado unido a un cabezal y embebidos en el terreno con una armadura igual o mayor de 0,5 % de sección transversal bruta, podrá aceptarse que cada pilote alcanza a soportar una carga horizontal H de hasta H (Kg) = h2 (cm2) para pilotes cuadrados o H (Kg) = (0,8 h)2 (cm2) para pilotes circulares. Siendo h el lado del pilote cuadrado o el diámetro del pilote de sección circular, según corresponda. Sólo podrán asignárseles la absorción de cargas horizontales mayores mediante la justificación por cálculo o por ensayos de carga.
de excavación o perforación empleado y/o a la absorción de agua al entrar las mismas en contacto con el hormigón fresco durante su vaciado. A menos que se pruebe lo contrario con ensayos de carga adecuadamente instrumentados, la resistencia específica de fricción lateral en rotura no podrá tomarse mayor de 1 Kg/cm2.Los coeficientes de seguridad mencionados más arriba sólo podrán disminuirse cuando el estudio de suelos se complemente con un adecuado programa de ensayos de carga. No obstante en ningún caso podrá el coeficiente de seguridad para las cargas principales más el viento ser menor de 2.
8.1.9Designacion de los Elementos Resistentes que Corresponden a los Pisos
(Derogado)
8.2De las Tensiones Admisibles de Trabajo
8.2.1Compresiones Admisibles en Obras de Albañileria
Cuadro del artículo 8.2.1 (1 de 2)
Clase de alballilerfa
Resistencia mínima a la la rotura Kg/cm²
Proporción de Mezcla u hormigón
Compres. adm. kg/Cm² llamando h a la altura y b al lado menor de la sección para:
C e m e n t o
C a l
A r e n a
G r a v a
C a s c o t e
h
h
h
___
< 6
6 <
___
< 12
____
>12
b
b
b
De piedra:
Granito blanco
1.000
1
2
80
60
45
Granito gris .
800
1
2
60
45
25
Arenisca
600
1
2
30
25
15
Caliza .
400
1
3
30
20
12
Cuadro del artículo 8.2.1 (2 de 2)
De ladrillos:
Máquina O.S.N.
300
1
3
18
12
10
Prensados .
200
1
3
14
10
8
Comunes 1ª calidad
100
1
3
10
8
7
Comunes 2ª calidad
80
1
3
8
7
6
Otros ladrillos, como sílico- calcáreos y hormigón, según su resistencia a la rotura.
Pilares de hormigón .
1
3
3
35
30
25
Hormigón apisonado en cimientos
}
1
3
3
15
12
10
1
3
4
8
6
5
8.2.2Traccion Admisible en las Juntas de Albañileria
Se aceptan para tensiones de tracción 1/5 de los valores de la compresión admisible.La inclinación e la resultante de las fuerzas que solicitan a la junta de albañilería, no puede exceder de 35° respecto de la normal a la misma.
La tensión admisible se determinará en función de los parámetros que definen la resistencia a rotura de los suelos para las cargas principales (peso propio y sobrecargas), las fórmulas de capacidad de cargas serán afectadas de un coeficiente de seguridad igual o mayor de tres. Este valor podrá disminuirse hasta 2,5 siempre que en la determinación de la tensión máxima que solicita al suelo se sume la acción del viento. Para cargas excéntricas, se entiende por tensión admisible la máxima en el borde más cargado de las zapatas inclinadas, se tomará en cuenta el efecto reductor de capacidad de carga resultante de la inclinación. Sólo podrán disminuirse los coeficientes de seguridad especificados cuando el estudio del suelo se complemente con un análisis detallado de asentamiento o un programa adecuado de ensayos de carga. No obstante, en ningún caso podrá el coeficiente de seguridad para las cargas principales más la acción del viento ser menor de 2.Cuando no se efectúe ensayo de suelos el coeficiente de trabajo para suelos aptos para cimentar no excederá de 2 kg/cm2.
8.9.1.1Características de una Rampa Móvil para Vehículos
Lo establecido en "Rampas móviles para vehículos" es aplicable al aparato mecánico, movible utilizado a modo de puente o planchada levadizo para dar pasoDefinido en el código · lectura TodoPropsEl espacio de circulación que vincula los locales de un mismo nivel. Como la escalera, es medio de salida antes que pasillo.Ver la definición completa a vehículos de un nivel a otro. a) La estructura soportante será metálica calculada para resistir su peso propio más una carga accidental mínima de 250 kg/m² si por la rampa transitan automóviles. En caso de ser usada por otro tipo de vehículos se hará el análisis de carga adoptándose el valor que de él resulte pero nunca se empleará uno inferior al indicado; b) El solado de la rampa, en el lugar donde circulan las ruedas de los vehículos puede ser de:
1)Chapa de hierro de superficie estampada o rayada, nunca lisa;
2)Flejes o planchuelas de hierro colocados de canto a modo de reja;
3)Listones transversales de madera del tipo denominado dura o semidura.
1)de malla o barras metálicas; o,
2)de vidrio templado transparente.
La parte central, por toda la longitud de la rampa (1/3 aproximado del ancho) debe ser de reja de hierro que permita la visión a su través.
La separación máxima de las barras que forman las rejas mencionadas en este Inciso, será de 30 mm entre ejes; c) La articulación de la rampa móvil se colocará en el piso más alto respecto del acceso común con el piso más bajo d) Los costados del recinto donde se emplazan las rampas (fija y móvil) pueden ser de muro o malla metálica en toda la altura de ese recinto.
Si se usa malla, los huecos o espacios del tejido serán de lado no mayor que 50 mm.
Para el piso más bajo: bajar o subir, las puertas 1 y 3 abiertas; la puerta 2 cerrada;
Para el piso más alto: subir o bajar, las puertas 1 y 2 abiertas; la puerta 3 cerrada.
La puerta 1 puede servir de cierre de la finca, como "puerta de calle", pero aun así, se respetará el criterio expuesto.
La velocidad de ascenso o de descenso del extremo libre de la rampa, no excederá los 10 m por minuto.
La maniobra de la rampa se realizará a llave de cerradura con indicador luminoso de posición de la rampa ("abajo" - "arriba"), más una señal que estará encendida mientras se halla en movimiento y que se apagará cuando se detiene. Al girar la llave a la izquierda la rampa baja y sube al girarla a la derecha.
Las puertas 1, 2 y 3 serán automáticas y cumplirán, según el caso, las secuencias expuestas más arriba.
Desde el sitio donde se emplaza cada uno de los comandos, debe verse la reja central de la rampa.
El movimiento de ascenso y de descenso de la rampa puede realizarse:
1)por cables de acero amarrados a cada lado del extremo libre;
2)por acción de un sistema hidráulico;
3)por combinación de engranajes.
En los casos 1), 2) y 3), el plano de la rampa móvil no debe sufrir alabeos.
8.9.1.3Requisitos de Seguridad en Rampas Móviles para Vehículos
a) Habrá un dispositivo que detenga la marcha si, sobre cualquiera de las superficies de las rampas se halle un objeto de hasta 1,60 m de alto que llegue a tocar el cielo raso o la parte de abajo de la rampa móvil.
En reemplazo de lo anterior puede emplearse otro sistema de seguridad, previa aprobación de la Dirección. b) En correspondencia con el extremo libre, abajo y arriba, habrá sendos dispositivos resguardados de contactos casuales que detengan la marcha de la rampa móvil al final de la carrera; c) El mecanismo contará con freno capaz de sostener la rampa móvil en cualquier posición con la carga de trabajo; d) El sistema de movimiento de la rampa debe contar, para caso de emergencia, con un medio de accionamiento manual; e) La caja de las rampas, tanto arriba como abajo de la parte levadiza, tendrá alumbrado artificial que puede:
1)encenderse y apagarse automáticamente;
2)estar apagado en horas que las rampas se hallan iluminadas por la luz del día;
3)estar permanentemente encendido.
8.9.1.4Cuarto de Máquinas de la Rampa Móvil para Vehículos
8.9.1.5Documentos y Pormenores Técnicos para Instalar Rampas Móviles para Vehículos
La documentación técnica para tramitar permiso de instalación de una rampa móvil, además de cumplimentar los requisitos exigidos por el Código, debe especificar: a) Planos generales:
1) Emplazamiento de la rampa en el inmueble y acceso desde la vía pública. Nombre de la calle y número de la puerta. Sin acotar, en escala 1:50;
2) Planta y corte longitudinal. Ubicación de las puertas automáticas y comandos. Acotado, en escala 1:25;
3) Tipo de maquinaria empleada, vistas. Ubicación de la máquina. Freno. Acoples. Poleas y cables si los hay.
4) Emplazamiento del control de la maniobra. Acotado, en escala 1:25; Cálculos estructurales de la rampa móvil y diagramas de funcionamiento con sus referencias; b) Planos de detalle:
Máquina o grupo motriz: dos vistas (planta y elevación) y corte por partes vitales indicando la clase o tipo de los materiales empleados. Acotado, en escala 1: 10; c) Empleo de sistemas o equipos aprobados:
Cuando en la instalación de una rampa se usan sistemas o equipos aprobados, sólo se cumplirá lo que importe planos generales con mención de las aludidas aprobaciones en cada caso.
8.9.1.6Instalación de Rampas Móviles de Fabricación Tipificada e Implementos Aplicables a Éstas
El Instalador de rampas móviles para vehículos, máquinas, aparatos y sistemas o implementos aplicables a ellas de fabricación tipificada, puede solicitar la aprobación previa de sus productos acompañando los siguientes documentos: a) La Solicitud mencionando el nombre, matrícula y domicilio legal en la Ciudad de Buenos Aires; b) Planos con vistas, plantas y cortes debidamente acotados y dibujados en las escalas reglamentarias de lo que se somete a estudio con los diagramas respectivos. Dos copias en papel con fondo blanco; c) Memoria descriptiva por triplicado.
La Dirección puede recabar información complementaria para la mejor comprensión del proyecto el que será estudiado y aprobado si reúne los requisitos exigidos por las disposiciones vigentes.
Del proyecto que mereció aprobación se entregará al interesado una de las copias de los planos mencionados en el Inciso b), con observaciones si éstas fueren necesarias, para que los devuelva dibujados en tela original con tres copias con fondo blanco. En los tres juegos (incluso la memoria) se dejará constancia de la aprobación, luego de oblados los derechos si corresponden.
Un juego compuesto por la tela y una memoria quedará en el Archivo de la Dirección. El segundo juego de copias y memoria quedará agregado al expediente. El tercer juego de copias y memoria se entregará al recurrente.
8.9.1.7Ejecución de la Obra, Inspecciones y Conformes en Rampas Móviles para Vehículos
En la ejecución de la obra, inspecciones y conformes de instalación de rampas móviles para vehículos, se observará lo siguiente: a) Ejecución de la obra:
La iniciación del permiso para instalar, autoriza a:
1)Comenzar la obra; y
2)Continuar los trabajos hasta dejar la instalación funcionando. Lo mencionado precedentemente queda bajo la responsabilidad del profesional actuante quien está obligado a suscribir una constancia en el expediente de permiso comunicando que la instalación se halla en funcionamiento y a solicitar al mismo tiempo la Inspección Final. El Profesional se hará pasible de las sanciones correspondientes en caso que lo realizado infrinja disposiciones en vigor; b) Inspección:
1)Tapa definitiva de las botoneras de comando;
2)Conexión definitiva de la fuerza motriz.
Cuando la obra está terminada el Profesional puede solicitar la Inspección Final faltando:
Al solicitarse la Inspección Final se acompañará el "plano conforme a obra" de acuerdo con lo establecido en "Documentos y pormenores técnicos para instalar rampas móviles para vehículos"; c) Conformes:
El conforme de la inspección se extenderá si la obra se encuentra en condiciones reglamentarias aun faltando lo mencionado en el Item 1) del Inciso b).
En los locales de trabajo la ventilación mecánica no releva de emplear los aparatos o sistemas exigidos por las disposiciones respectivas para defensa contra la producción de polvos abundantes, gases incómodos, insalubres o tóxicos.
Donde se desprendan polvos abundantes o gases incómodos o tóxicos, éstos deben evacuarse al exterior conforme se vayan produciendo.
Para los vapores, vapor de agua y polvos ligeros habrá campanas de aspiración o cualquier otro aparato eficaz; para los polvos producidos por aparatos mecánicos se colocará alrededor de los mismos, tambores de comunicación con una aspiración enérgica; para los gases pesados se hará eliminación por descenso. La pulverización de materias irritantes o tóxicas puede efectuarse únicamente en sistemas cerrados; h) Películas y discos:
(1) Estudios cinematográficos: En los sets para las necesidades propias de la filmación: 14 renovaciones horarias del volumen del local;
(2) Estudios de grabación, revelado, revisión: En los locales donde se efectúen labores de grabación, revelado, revisión, manipuleo y depósito de películas; 20 renovaciones horarias del volumen del local.
En los locales donde intervengan conjuntos para las grabaciones: 14 renovaciones horarias del volumen del local.
8.11.2.1Calefacción por Aire Caliente Producido Mediante Aparatos que Queman Combustible
Lo establecido en este artículo es aplicable a artefactos que producen aire caliente mediante la combustión, para templar ambientes habitables, para flujos de más de 10.000 Cal/h. Quedan exceptuados los sistemas que se usan en procesos industriales.
El aire caliente puede provenir de artefactos o calefactores centrales o de unidades emplazadas en el local a calefaccionar. La temperatura del aire en la boca de suministro no será mayor que 60°C.
El calefactor debe emplazarse de modo que quede aislado térmicamente de elementos combustibles próximos, y sus paredes exteriores no deben alcanzar temperaturas inconvenientes para las personas.
La toma de aire a calentar se ubicará de manera de evitar su contaminación con impurezas tales como a título de ejemplo se citan: hollín, humos y gases de chimeneas; polvos de vía pública, patios o terrazas; gases de conductos de ventilación. Si la toma de aire cuenta con malla metálica o filtro, se emplazará en sitios fácilmente accesibles para su cambio o limpieza.
El circuito del aire caliente será independiente del de los gases de combustión, los cuales deben ser eliminados a la atmósfera mediante conductos ex profeso.
Las superficies intercambiadoras de calor impedirán la mezcla del aire y los productos de la combustión. El espesor mínimo de las paredes será 9 mm para la fundición de hierro y 3 mm para el acero. La temperatura de las superficies no excederá de 450° C. La Dirección, no obstante, puede autorizar otros materiales, espesores y temperaturas, previo las experiencias del caso.
Cuando el calefactor tenga dispositivos mecánicos para impulsar el aire caliente debe preverse un sistema de seguridad que suspenda el suministro de combustible en caso de funcionamiento defectuoso del impulsor. Para la aprobación de calefactores se requiere presentar: - La solicitud; - 4 juegos de planos (1 tela y 3 copias); - Memoria descriptiva (original y 3 copias).
La aprobación de prototipos para la fabricación en serie puede hacerse en taller, en presencia de Personal Municipal, y cuando no son prototipos las pruebas pueden efectuarse en taller o en el lugar de emplazamiento definitivo. El permiso de funcionamiento se otorgará una vez satisfechas las presentes normas.
8.11.3Instalaciones de Vapor de Agua de Alta Presion
8.11.3.1Alcance de la Reglamentación de Instalaciones de Vapor de Agua de Alta Presión
Las disposiciones contenidas en "Instalaciones de vapor de agua de alta presión", son aplicables a las instalaciones destinadas a producir, transportar y utilizar vapor de agua, cuando la presión de trabajo en el generador supere los 300 g/cm². Se ocuparán de los distintos componentes de este tipo de instalación a saber: generador de vapor y sus accesorios; tuberías de conducción de vapor y artefactos que reciben y utilizan el vapor.
Son los dispositivos donde se transforma agua en vapor a expensas del calor producido en un proceso de combustión.
8.11.3.3Clasificación de los Generadores de Vapor de Agua
A los efectos del presente reglamento, los generadores de vapor de agua se clasificarán en tres (3) categorías, teniendo en cuenta la fórmula adimensional:
(p + 1) v donde p expresado en Kg/cm² es la presión de trabajo y v expresado en m³, el volumen total de la caldera.
Son de primera categoría aquellos generadores para los cuales el producto citado es mayor que dieciocho (18).Son de segunda categoría aquellos generadores para los cuales el producto es mayor que doce (12) y menor o igual que dieciocho (18).
Son de tercera categoría aquellos generadores para los cuales el producto es menor o igual que doce (12).
8.11.3.4Ubicación de los Generadores de Vapor de Agua de Primera Categoría
Los generadores de vapor de agua humotubulares de primera categoría deberán ubicarse a una distancia mínima de tres (3) metros de la Línea Municipal y de los ejes divisorios entre predio; salvo en la dirección del eje longitudinal de la caldera, en la cual la distancia deberá ser de por lo menos diez (10) metros.
Cuando por razones de dimensiones u otra circunstancia especial el generador no sea instalado en las condiciones expresadas, deberá construirse entre el mismo y el muro de cuyo eje se encuentra a menor distancia que la fijada, un paramento de defensa.
Este paramento de defensa con su correspondiente fundación, se construirá de hormigón con doble armadura o de sólida mampostería de cuarenta y cinco (45) cm. o un (1) m. respectivamente de espesor; independientemente del muro y de las paredes de la caldera, de las cuales estará separado sesenta (60) cm. como mínimo.
Su altura excederá en un metro (1) m. la parte más elevada del cuerpo de la caldera, y su largo será por lo menos el de la dimensión de la misma paralela al muro, aumentada en un metro (1) m. hacia ambos lados.
Los valores dados serán para el caso que el muro de protección esté a no más de tres (3) m. del generador; en caso contrario, el excedente en alto y largo con respecto a las dimensiones de la caldera, se aumentará al doble.
Las dimensiones entre el generador y el eje separativo o Línea Municipal medida en la dirección del eje del artefacto no podrá ser inferior a tres (3) m. aun cuando se haya construido el muro de protección.
La distancia entre los generadores de vapor de agua acuotubulares de primera categoría y el eje separativo entre predios o Línea Municipal deberá ser de por lo menos tres (3) metros; pudiéndose en caso de que no se cumpla dicha condición ejecutar muros de protección en forma similar a lo indicado para los humotubulares.
8.11.3.5Ubicación de los Generadores de Vapor de Agua de Segunda Categoría
Los generadores de vapor de agua humotubulares de segunda categoría deberán ubicarse a una distancia mínima de un metro cincuenta cm. (1,50) de la Línea Municipal y ejes separativos entre predios, salvo en la dirección del eje longitudinal de la caldera, en la cual la distancia deberá ser de por lo menos cinco (5) m.
Cuando por razones de dimensiones u otra circunstancia especial, el generador no sea instalado en las condiciones expresadas, deberá construirse entre el mismo y el muro de cuyo eje se encuentra a menor distancia que la fijada, un paramento de defensa, de características constructivas, dimensiones y ubicación iguales a las indicadas en el artículo anterior "Ubicación de los generadores de vapor de primera categoría".
La distancia entre el generador y el eje separativo o Línea Municipal, medido en la dirección del eje del artefacto, no podrá ser inferior a dos (2) m., aun cuando se haya construido el muro de protección.
La distancia entre los generadores de vapor de agua acuotubulares de segunda categoría y el eje separativo entre predios o Línea Municipal deberá ser de un metro cincuenta cm. (1,50 m.) como mínimo.
El local destinado a calderas de segunda categoría sean éstas humotubulares o acuotubulares, deberá encontrarse separado de los demás talleres por un medio ejecutado con material incombustible: no debiendo tener por encima ni por debajo locales destinados a vivienda.
8.11.3.6Ubicación de Generadores de Vapor de Agua de Tercera Categoría
Los generadores de vapor de agua de tercera categoría, sean éstos humotubulares o acuotubulares, deberán ubicarse a una distancia mínima de un (1) metro de la Línea Municipal o ejes separativos entre predios.
El local destinado a calderas de tercera categoría deberá encontrarse separado de los demás talleres por un medio ejecutado con un material incombustible.
8.11.3.7Ubicación de Generadores de Vapor de Agua de Tercera Categoría de
MENOS DE CINCO (5) M² DE SUPERFICIE DE CALEFACCIÓN Los generadores de estas categorías quedan eximidos del cumplimiento del artículo anterior.
Podrán instalarse en cualquier taller debiendo encontrarse como mínimo cincuenta (50) cm. de la Línea Municipal o eje separativo entre predios.
8.11.3.8Locales para Generadores de Vapor de Agua de Alta Presión
8.11.3.9Antigüedad de los Generadores de Vapor de Agua que Se Instalen, Reinstalen o Usen
La antigüedad de los generadores de vapor de agua que se instalen, reinstalen o usen no podrá ser mayor de treinta (30) años corridos, contados a partir de la fecha de fabricación, hayan sido o no utilizados en ese ínterin. Para los generadores de vapor de agua ya instalados a la fecha de entrada en vigencia de esta Reglamentación, la antigüedad se contará a partir de la fecha de habilitación de los mismos.
La calidad y dimensiones del material empleado en la construcción de los generadores, será la indicada para el uso a que se los destina, debiendo justificarse el empleo de los mismos por medio de una memoria de dimensionamiento y cálculo con indicación de las fórmulas empleadas y las normas a las cuales las mismas se ajustan.
Cada generador deberá estar provisto de dos (2) válvulas de seguridad, una por lo menos de las cuales será de tipo a resorte, colocadas directamente sobre la cámara de vapor y reguladas de modo que permitan su escape, cuando la presión supere a la fijada como máxima de trabajo. La sección libre de cada válvula deberá ser tal que permita el cumplimiento de las condiciones indicadas en el párrafo anterior. Serán construidas de forma tal que permitan ser fácilmente precintadas, lo que estará a cargo del personal de inspección.
Una de las válvulas lo será para que funcione a una presión igual a la máxima de trabajo, y la otra a una presión igual a la máxima de trabajo más un 10 %. Los recalentadores de agua para la alimentación de los generadores estarán provistos de una válvula de seguridad, cuando posean aparatos de cierre, que permitan interceptar su comunicación con la caldera.
Dicha válvula se precintará también a la máxima presión de trabajo del artefacto.
En todos los casos se tomarán los recaudos necesarios, para que el vapor no pueda causar accidentes al personal o a terceros. b) Manómetro:
Cada generador de vapor debe estar provisto de un manómetro colocado a la vista del foguista, instrumento sobre el cual estará indicado con un signo fácilmente visible, la presión máxima efectiva de trabajo.
La unión directa entre la caldera y el manómetro tendrá una derivación con su correspondiente robinete y terminará con una brida de cuatro (4) cm de diámetro y cinco (5) mm de espesor (talón francés) para la colocación de un manómetro de control. c) Nivel de agua:
Cada generador deberá estar provisto de dos (2) aparatos indicadores de nivel de agua en comunicación directa con el interior, de funcionamiento independiente el uno del otro y colocados a la vista del foguista.
Uno de estos indicadores deberá ser un tubo de vidrio dispuesto de modo que pueda limpiarse fácilmente o cambiarse y tenga la protección necesaria que sin impedir la vista del agua, evite la proyección de los trozos divididos en caso de rotura.
Los indicadores de nivel llevarán grabada una señal bien visible que indique el nivel mínimo de agua que contendrá la caldera, que deberá estar como mínimo ocho (8) cm sobre el punto más elevado de calefacción, que se indicará también sobre el generador por una línea claramente visible. Los generadores de menos de cinco (5) m2 de superficie de calefacción, podrán funcionar con un solo indicador de nivel que será del tipo de tubo de vidrio. d) Alimentadores:
Todo generador, con excepción de aquellos cuya superficie de calefacción no supere los cinco (5) m² (de superficie de calefacción), tendrán como mínimo dos (2) aparatos de alimentación de funcionamiento independiente; cada uno suficiente para proveer con exceso el agua necesaria. Uno de estos aparatos deberá ser indefectiblemente una bomba de alimentación.
Los caños de comunicación de estos aparatos con el generador pueden unirse en uno solo, debiendo colocarse una válvula de retención en la parte de unión del tubo con la caldera.
Entre esta válvula y cada uno de los aparatos de alimentación se colocará una llave grifo para reconocer la marcha de los mismos.
En los generadores de hasta 5m² de superficie de calefacción, se admitirá un solo sistema de alimentación que deberá reunir las condiciones indicadas en el presente inciso. e) Válvula de vapor:
Cada generador estará provisto de su válvula de vapor, y en caso que diversos generadores alimenten un mismo conducto, cada uno se deberá poder independizar por medio de dispositivos de cierre hermético.
1)El doble de la presión de trabajo, cuando ésta no supere los seis (6) Kgs/cm².
2)La presión de trabajo más seis (6) Kgs/cm² cuando ésta sea mayor que (6) seis Kgs/cm² y no sobrepase los doce (12) Kgs/cm².
3)Una vez y media (1,5) la presión de trabajo cuando ésta sobrepase los doce (12) Kgs/cm². d) La duración de la prueba será la requerida para practicar en todo el generador un examen prolijo, no debiendo notarse pérdidas de agua ni deformaciones permanentes en las chapas.
La presencia de anormalidades como las citadas, será condición suficiente para denegar el permiso. e) La empresa instaladora o el instalador actuante serán los responsables en la provisión del personal y de los elementos necesarios para la realización de las pruebas.
Todo generador de vapor de agua de alta presión, deberá ser sometido anualmente a una inspección municipal.
Cuando el resultado de la inspección fuese satisfactorio, la Dirección General de Fiscalización Obras de Terceros a través de la División Inspecciones Térmicas e Inflamables del Departamento Fiscalización de Instalaciones de la Dirección de Obras Particulares, extenderá la respectiva habilitación de un (1) año de validez, debiendo gestionar los propietarios de la instalación la misma ante la citada repartición, con antelación a su vencimiento.
La inspección anual comprenderá una revisación completa, tanto interna (del lado del agua o vapor) como externa (del lado de los gases de combustión).El examen no deberá acusar la formación de incrustaciones, corrosión, picadura, grietas, reducción de espesores o debilitamientos en el material.
Dicha prueba se realizará en todos los casos después de los diez (10) y veinte (20) años de la fecha de habilitación, como asimismo cuando el generador se haya encontrado fuera de servicio por un lapso mayor de un (1) año.
En todos estos casos el propietario de la instalación deberá proveer los elementos y personal para la realización de las pruebas.
El resultado no satisfactorio del examen anual, podrá ser causal, según los casos, de la no renovación del permiso; la disminución de la presión máxima de trabajo o la concesión de un permiso por un período menor de un (1) año.
Las tuberías destinadas a transportar el vapor producido en el generador, deberán ubicarse alejadas de los lugares de trabajo, salvo en los tramos de acceso a las máquinas que alimentan.
No deberán acusar escapes de vapor a través de las juntas.
a) Todos los artefactos que reciben y utilizan vapor deberán ubicarse a una distancia mínima de cincuenta (50) cm de la Línea Municipal y eje separativo entre predios.
Se construirán de forma tal de no producir derrames o escapes que puedan causar daños al personal o a las cosas. b) Los recipientes de forma diversa de una capacidad de más de cincuenta (50) litros que reciben vapor de agua proveniente de los generadores, con excepción de aquellos en los que mediante disposiciones materiales eficaces se impide sobrepasar de trescientos (300) g/cm² la presión efectiva del vapor, cumplirán las siguientes condiciones:
1)Contarán con un manómetro con escala graduada, conectado directamente con el recinto sometido a presión, debiendo indicarse con una marca visible la presión máxima de trabajo.
2)Deberán poseer por lo menos una (1) válvula de seguridad, comunicada directamente con el recinto sometido a presión.
3)En la tubería de alimentación de vapor al recipiente a presión, se intercalará una llave de cierre hermético próxima al recipiente. Cuando la instalación cuente con más de un recipiente sometido a presión, cada uno llevará una llave de cierre hermético.
4)Cumplirán con las condiciones de presión, trabajo, ensayos de resistencia e inspecciones periódicas fijadas para los generadores de vapor de agua de alta presión. c) El vapor residual eliminado por las máquinas, no podrá ser arrojado directamente a la vía pública, lugar de trabajo ni causar molestias a terceros.
En caso de explosión los propietarios darán cuenta inmediatamente a la Dirección General de Fiscalización Obras de Terceros, no debiéndose recomponer las construcciones deterioradas, ni tocar los fragmentos de la caldera y/o máquinas afectadas, hasta que haya sido efectuado el reconocimiento correspondiente por parte del personal técnico destacado a tal fin.
Todo generador de vapor de agua de alta presión deberá ser puesto y mantenido en funcionamiento por personas que posean matrícula expedida por la Dirección General de Fiscalización Obras de Terceros, de la categoría y con los alcances que fija el Decreto "Reglamento para la concesión de matrícula de foguista".
8.11.3.21 DOCUMENTACIÓN NECESARIA PARA TRAMITAR HABILITACIONES DE INSTALACIONES DE VAPOR DE ALTA PRESIÓN Serán los indicados en el Art. 2.1.2.3CE 1978 · 2 De La Administración2.1.2.3 Documentos Necesarios para Tramitar Permisos de Instalaciones - Aprobación de Prototipos de Compactadores de Residuos - Registro deIr al artículo: "Documentos necesarios para tramitar habilitación de instalaciones mecánicas, eléctricas, térmicas y de inflamables". Los planos que se presenten indicarán: a) Plantas del edificio con ubicación del generador, tuberías de conducción y máquinas que reciben y utilizan el vapor; b) Corte del local de calderas; c) Planos de detalles del generador de vapor; d) Datos técnicos principales, marca y fecha de fabricación del generador de vapor; e) Dimensionamiento y cálculo de los materiales del generador con indicación de fórmulas empleadas y normas a las cuales las mismas se ajustan.
Los planos se adecuarán al Art. 2.1.2.8: "Pormenores técnicos imprescindibles para planos de edificación e instalación, apertura de vía pública, mensuras, modificaciones parcelarias y habilitación", con excepción de la escala en que será ejecutado el de detalles de la caldera, para el que se utilizará 1: 10.
A la documentación citada se deberá agregar el certificado de fabricación expedido por el fabricante, quien deberá encontrarse registrado en la Municipalidad.
En dicho certificado constará: a) Nombre y domicilio del fabricante; b) Modelo, serie y número de fabricación; c) Datos técnicos principales del artefacto que se identifica; d) Fecha de fabricación.
Cuando se trate de la instalación de generadores ya utilizados, el certificado de fabricación deberá ir acompañado del historial de la caldera, donde conste lugar o establecimiento y tiempo que fue utilizado. Esta constancia deberá encontrarse certificada por la autoridad de control correspondiente, cuando el lugar anterior de uso no fuese la ciudad de Buenos Aires. Cuando se trate de generadores importados, el certificado de fabricación deberá estar convalidado por la Dirección de Aduanas.
A los fines previstos en el artículo anterior, se crea un Registro de Fabricantes de Generadores de Vapor de Agua, en el cual deberán inscribirse todos aquellos que provean estos artefactos a establecimientos de la Capital Federal. Este Registro de Fabricantes cuya confección y control estará a cargo de la Dirección General de Fiscalización Obras de Terceros a través de la División Inspecciones Térmicas e Inflamables del Departamento Fiscalización de Instalaciones de la Dirección de Obras Particulares, contendrá los siguientes datos: a) Nombre de la razón social; b) Domicilio legal dentro del ámbito del municipio; c) Lugar de fabricación.
Cada una de estas empresas deberá llevar a su vez un libro-registro donde se asiente correlativamente, fecha de fabricación, características técnicas y destinatario de los generadores por ellas ejecutados.
8.11.3.25Instalaciones de Vapor con Presión Máxima de Trabajo en el
GENERADOR NO SUPERIOR A 300/G/CM² E INSTALACIONES CON CALDERA DE AGUA CALIENTE Las instalaciones de vapor con presión máxima de trabajo en el generador no superior a 300/g/cm² y las que utilicen calderas de agua caliente, se encuentran sujetas a habilitación municipal.
Su ejecución y funcionamiento se ajustarán al reglamento que sobre el particular se dicte oportunamente.
8.12De las Instalaciones para Inflamables
8.12.1Almacenamiento Subterraneo de Combustibles Liquidos
8.12.1.1Alcance de las Normas para el Almacenamiento Subterráneo de Combustibles Líquidos
Para el almacenamiento de otros líquidos de características semejantes y de uso parecido, tales como bencina, solvente, alcohol o similares valdrán las presentes normas, las que se aplicarán por analogía hasta tanto se dicten las que correspondan a cada caso.
8.12.1.2Tipo de Tanque o Depósito según la Clase de Combustible Líquido
Para el almacenamiento subterráneo de combustible líquido se deben usar tanques capaces de resistir las so-licitaciones que resulten de su empleo y emplazamiento.
Para nafta, bencina, alcohol, solvente y similares, el tanque será metálico.
Para kerosene, gas-oil, diesel-oil, fuel-oil y similares, el tanque será metálico o de hormigón armado.
8.12.1.3Características Constructivas de los Tanques para Almacenamiento Subterráneo de Combustible Líquido
Un tanque, cualquiera sea el material en que está construido, puede ser dividido interiormente por tabiques formando compartimientos, pero el conjunto de éstos es considerado como una unidad a los efectos del volumen o capacidad del tanque.
Los tanques para almacenamiento subterráneo de combustible líquido, tendrán las siguientes características constructivas: a) Tanque metálico (acero):
Un tanque metálico será de forma cilíndrica ejecutado con chapas de acero cuyo espesor mínimo es función de su diámetro, a saber:
Los extremos del cilindro o cabezales constituirán casquetes esféricos. Un tanque metálico, antes de colocarlo, debe ser probado a una presión de 2 Kg/cm² durante 2 horas y no debe acusar pérdidas.
La masa del tanque tendrá una conexión de puesta a tierra. Cada tanque llevará adherida la chapa, que quedará siempre a la vista donde figure: el nombre del fabricante, la fecha de fabricación, el espesor de la chapa y la capacidad total neta.
Previo a su emplazamiento, el exterior del tanque, será protegido contra la corrosión del metal.
En el fondo de la fosa se dispondrá una cama de hormigón de cascotes de por lo menos 0,10 m de espesor y antes de su fragüe, se asentará el tanque sobre ella; b) Tanque de hormigón armado:
Un tanque de hormigón armado podrá ser fabricado o moldeado "in situ" y puede tener cualquier forma.
Antes de la puesta en servicio, debe efectuarse una prueba de estanqueidad, llenándolo de agua hasta el nivel de la tapa. No debe acusar pérdida alguna durante 48 horas.
Cuadro del artículo 8.12.1.3
Diámetro del tanque
Espesor mínimo de la chapa
Hasta ø 1,60 m
4,76 mm
Entre ø 1,60 m y ø 2,25 m
6,00 mm
Entre ø 2,25 m y ø 2,75 m
7,81 mm
Más de ø 2,75 m …
9,00 mm
8.12.1.4Ubicación de Tanques Subterráneos para Combustibles Líquidos
Queda prohibida la colocación de tanques bajo las aceras y/o pavimento de las calzadas.
Un tanque subterráneo para combustible líquido no puede ubicarse cercano o debajo de un local donde haya motor a explosión, hogar, horno, fragua, hornalla u otro tipo de artefacto a fuego abierto, salvo si se cumplen las normas que siguen: a) Un tanque subterráneo para combustible líquido puede ubicarse:
(2) Debajo de cualquier otro local, incluso sala de calderas u hornos, siempre que ninguna parte del tanque diste, horizontalmente, menos que 2,00 m del perímetro exterior de un hogar donde queme el combustible.
Puede reducirse esa distancia a 1,00 m únicamente cuando el tanque está ubicado debajo de otro local separado de la sala de calderas u hornos, por un muro de ladrillos o de hormigón armado de 0,30 m y 0,10 m de espesores mínimos respectivamente, y que dicho muro llegue a no menos que 1,00 m debajo del solado que contiene esos artefactos; b) A los efectos de las normas sobre separación que siguen, los tanques cilíndricos verticales, prismáticos y los de forma irregular se consideran limitados por todos sus paramentos o caras exteriores. Los tanques cilíndricos horizontales se consideran limitados en su mitad inferior como los anteriores y su mitad superior por el prisma imaginario que los circunscribe. Se cumplirán las siguientes separaciones:
(1) Paramento o cara lateral o superior:
Entre el paramento o cara lateral o superior de un tanque y la L.M., eje divisorio entre predios, paramentos de muros o tabiques expuestos al aire o el solado terminado, habrá una distancia mínima de 1,00 m con una capa de tierra no menor que 0,60 m de espesor. El espesor de la tapada puede ser ocupado en la medida necesaria para emplazar la cámara o túnel de acceso a la tapa del tanque o para la construcción del solado del local situado encima siempre que en él el cálculo de éste haya sido previsto una sobrecarga de 600 Kg/m².
También podrá ser ocupado por partes estructurales del edificio (fundaciones, muros, columnas, rejas) que sin transmitir esfuerzos al tanque se aproximen a sus caras hasta no menos que 0,10 m.
En caso de haber más de un tanque la separación entre uno y otro no será menor que 1,00 m de tierra o 0,30 m de mampostería de ladrillos macizos u hormigón o cualquier material de equivalencia térmica aceptado por la Dirección;
(2) Paramentos o cara inferior:
Para hidrocarburos pesados (fuel-oil, diesel-oil) la Dirección puede aceptar su ubicación sobre locales, siempre que el proyecto y la ejecución aseguren una aislación térmica y una ventilación adecuada y como asimismo las posibilidades de una inspección en el local que eventualmente pudiera estar afectado por filtraciones.
8.12.1.5Capacidad de los Tanques Subterráneos para Combustibles Líquidos - Almacenamiento Máximo para Ciertos Usos
a) Capacidad de los tanques:
Para determinar la capacidad, se tendrá en cuenta lo dispuesto en "Acceso a tanques subterráneos para combustibles líquidos".
La capacidad máxima de cada tanque o conjunto de compartimientos que conforman un tanque es, con una tolerancia del 5 %:
-
Para nafta, bencina, alcohol, solvente o similares 10.000 litros;
-
Para kerosene, gas-oil, diesel-oil, fuel-oil, similares y sus mezclas 50.000 litros; b) Almacenamiento máximo para ciertos usos:
El almacenamiento máximo de combustible líquido es:
Este almacenamiento puede ser incrementado a razón de 20 litros por cada metro cuadrado de "lugar de estacionamiento", hasta un máximo de ... 50.000 litros.
Una mayor capacidad de almacenamiento se autorizará previa la justificación mediante el control de venta o consumo. Cuando haya almacenamiento de distintos hidrocarburos se puede equiparar en la relación de 1 litro de nafta, bencina, alcohol, solvente o similar, por 3 litros de los de otra mezcla, siempre que la suma total no exceda la máxima permitida.
8.12.1.6Acceso a Tanques Subterráneos para Combustibles Líquidos
a) Boca de acceso al tanque - Tapa del tanque:
Cada tanque tendrá una boca de acceso con tapa metálica que asegure un cierre hermético mediante una junta o guarnición inmune a los hidrocarburos. En caso de tanque con compartimientos, cada uno de éstos tendrá su boca de acceso.
La luz libre mínima de la boca será: para forma rectangular 0,50 m y para forma circular 0,60 m.
Debe quedar una luz mínima de 0,20 m entre la cara inferior de la tapa y la superficie del espejo líquido con el tanque lleno hasta su capacidad nominal; b) Cámara para la boca de acceso:
Coincidente con la boca de acceso al tanque habrá una cámara de albañilería de ladrillos u hormigón de planta no menor que 0,90 x 0,90 m y un alto máximo de 1,50 m. Dentro de esta cámara se encontrarán los conductos del medidor y tubería de extracción.
El acceso a la cámara puede hacerse por su parte superior, directamente del solado o local situado encima o bien lateralmente a través de un túnel horizontal de albañilería de ladrillos u hormigón que impida filtraciones de agua. La sección mínima del túnel será 0,80 m de ancho y 1,50 m de alto y su largo no mayor que 2,00 m.
El túnel será ventilado por conducto de 0,10 m de diámetro mínimo con salida a patio de segunda categoría por lo menos.
Cuando por razones técnicas el paramento o cara superior del tanque requiera emplazarse a mayor profundidad que 1,50 m desde el solado, la cámara contará con ventilación a inyección de aire, aprobada por la Dirección; c) Tapa de la cámara:
Cuando el acceso a la cámara se practica por su parte superior, habrá una tapa incombustible de suficiente resistencia a las cargas que pueden incidir sobre ella y capaz de evitar el escurrimiento de líquidos hacia la cámara. Si por algún motivo no pudiera satisfacerse esta última condición se proveerá a la cámara de desagüe adecuado.
Cuando el acceso sea lateral por túnel, la compuerta será a bisagra o atornillada.
Ninguna tapa o compuerta podrá cerrarse habiendo personas trabajando dentro de la cámara o tanque; d) Excepciones:
Los tanques de hierro destinados a almacenar nafta, gas-oil, kerosene, solvente, alcohol y similares, quedan exceptuados de cumplimentar los Incisos a), b) y c) cuando la válvula de retención de la tubería de extracción del combustible (descarga) puede ser retirada desde la parte superior del tanque.
8.12.1.7Dispositivos para Carga, Descarga, Ventilación, Medición de Nivel en Tanques Subterráneos para Combustibles Líquidos
a) Bocas para la carga y medición:
La boca para la carga de combustible debe estar instalada en el interior del predio.
Las bocas de carga y/o de medición no se ubicarán dentro de locales cerrados debiendo instalarse en zonas abiertas y ventiladas.
La ubicación de la boca de carga permitirá que el vehículo tanque no rebase la L. O. durante la descarga además de no entorpecer el ingreso o egreso de otros vehículos.
Las bocas de carga y/o de medición se ubicarán en el interior de un área que posea rejilla perimetral conectada a un interceptor-separador de hidrocarburos de diseño y capacidad, capaces de impedir que el combustible fluya hacia la calle y al sistema de desagüe ante un eventual derrame.
El marco y la tapa de la boca de carga serán de acero fundido y estarán a nivel del piso del predio. La tapa poseerá un dispositivo de cierre a rosca o bayoneta de modo que solo pueda ser abierta con un implemento especial. b) Tubería:
La tubería de carga entre la boca y el tanque será de acero a rosca o bridas o por unidades soldadas.
La tubería de carga para tanques de nafta, bencina, alcohol, solvente, kerosene o similares tendrá un diámetro normal interior de 76 mm y penetrará dentro del tanque hasta 5 cm del fondo; la tubería para tanques de combustibles más pesados, tendrá un diámetro nominal interno comprendido entre 76 mm y 127 mm y penetrará en el tanque hasta 20 cm del fondo.
La extremidad situada en la boca de carga se cerrará con tapón roscado. Si esta boca se encuentra en la acera habrá una válvula esclusa ubicada en el interior del predio. Esta válvula puede omitirse en las Estaciones de Servicio.
Una misma boca y tubería de carga puede ser utilizada para llenar más de un tanque o compartimientos independientes, en cuyo caso habrá las correspondientes derivaciones, cada una provista de su respectiva válvula; c) Ventilación:
Cada tanque o compartimiento independiente de tanque, tendrá ventilación por caño de acero; el diámetro mínimo interno será de 25 mm para tanques de nafta, bencina, solvente, alcohol, kerosene o similares y 51 mm para otros combustibles.
Cada tanque o compartimiento independiente debe tener un medidor de nivel, sea a varilla, mecánico, eléctrico o neumático y cuya lectura pueda efectuarse sin necesidad de abrir la tapa del tanque. Para nafta, bencina, alcohol, solvente o similares el medidor será a varilla. El indicador estará graduado en litros o kilogramos, la escala tendrá un trazo que marque claramente la capacidad máxima del tanque. El medidor a varilla sumergido en el líquido estará colocado dentro de la cámara correspondiente a la boca de acceso. La varilla en su posición normal no debe tocar el fondo del tanque. El caño guía donde se desliza la varilla se cerrará con un tapón roscado.
El mecanismo de los otros tipos de medidores de nivel, desde el espejo líquido hasta la escala graduada indicadora, estará construido de manera que la cañería utilizada para alojar sus elementos no permita el escape de gases acumulados en tanque. Las partes móviles serán inoxidables; e) Extracción de combustible (descarga):
La extracción de combustible se hará por bombeo, eventualmente por presión de gas inerte.
La tubería será de acero, bronce o cobre y comprenderá además, los elementos siguientes: dispositivos para el cebado, válvula esclusa, válvula de pie o de retención.
Debe ser posible reemplazar la válvula de pie o retención sin necesidad de penetrar o trabajar dentro del tanque. En caso de que, por la posición relativa del nivel del líquido dentro del tanque y el de los quemadores, el combustible pueda fluir por gravedad, debe proveerse de dispositivos que eviten su derrame eventual; f) Protección de las cañerías contra la corrosión:
Toda tubería del sistema de carga, extracción de combustible y control de nivel, debe estar convenientemente protegida contra la corrosión. Las juntas o guarniciones serán inmunes a la acción de los líquidos que circulen.
8.12.1.8Pérdidas de Tanques Subterráneos para Combustibles Líquidos
Cuando se comprueben pérdidas o infiltraciones de combustible, si el tanque deteriorado es metálico deberá ser reemplazado y si el tanque es de hormigón armado podrá ser reparado y, antes de su puesta nuevamente en servicio debe ser sometido a prueba de estanqueidad.
8.12.1.9Limpieza de Tanques Subterráneos para Combustibles Líquidos
La limpieza de un tanque subterráneo no puede efectuarse sin haber sido previamente ventilado.
Ninguna persona debe penetrar en el interior de un tanque en servicio, sea para su limpieza como para su reparación, sin estar atado a una cuerda cuyo extremo superior se halle a cargo de otra persona que debe conocer la técnica de la respiración artificial.
Durante estas operaciones no debe haber fuego, ni se debe fumar en las inmediaciones.
Estas exigencias se fijarán en forma bien legible y permanente en la proximidad de la boca de acceso al tanque.
8.12.1.10Instalación de Surtidores en la Vía Pública
La instalación de surtidores para expendio de combustible e instalaciones anexas podrán autorizarse exclusivamente en aquellos lugares en que no se afecte la circulación de vehículos y/o de peatones y deberán ajustarse a las disposiciones del Decreto del Poder Ejecutivo Nacional N° 2407/83 # y demás legislación vigente al respecto en la Ciudad de Buenos Aires. -No podrán ser instalados en: a) Aceras b) Plazas y parques c) Túneles, puentes, distribuidores de tránsito y sus ramas de acceso y emplazamientos subterráneos de cualquier índole.
Cuando se construyan dársenas para la detención de los vehículos que desean cargar combustible, se emplearán pavimentos de hormigón elaborado o articulado.
8.12.2Tanque No Subterraneo para Combustible Liquido de Consumo Diario
8.12.2.1Generalidades sobre Tanques No Subterráneos para Combustible Líquido de Consumo Diario
Las disposiciones contenidas en "Tanques no subterráneos para combustible líquido de consumo diario" se aplican a los receptáculos corrientes para almacenar combustible en la cantidad necesaria para el consumo diario, en hogares o motores.
El combustible puede ser: nafta, kerosene, gas-oil, diesel-oil, fuel-oil o sus mezclas y otros hidrocarburos.
8.12.2.2Características de los Tanques No Subterráneos para Combustible Líquido de Consumo Diario
El tanque no subterráneo para combustible líquido será metálico, capaz de resistir las solicitaciones que resulten de su empleo y emplazamiento.
El espesor mínimo de la chapa del tanque será de: 1,8 mm hasta una capacidad de 200 litros y de 3,00 mm para mayor volumen.
Un tanque destinado a nafta, gas-oil, kerosene será cerrado y, el destinado a otros combustibles tendrá boca de registro con tapa a bisagra para limpieza.
8.12.2.3Capacidad y Ubicación de los Tanques No Subterráneos para Combustible Líquido de Consumo Diario
a) La capacidad de cada tanque no será de mayor que 500 litros para nafta y 1.000 litros para otros combustibles; b) Cuando en un mismo ámbito haya más de un hogar o motor, cada uno puede tener su respectivo tanque pero la capacidad total no excederá de 1.000 litros para nafta y 2.000 litros para otros combustibles. La separación entre tanque y tanque no será inferior a 1,00 m; c) La distancia horizontal mínima entre un tanque y la boca de un hogar será de 5,00 m cuando la capacidad total del o de los tanques no exceda de 1.000 litros, en caso contrario será el doble; d) En un local con hogar no se permite tanque de nafta.
8.12.3Tanque No Subterráneo para Combustible Liquido y su Instalación
El tanque no subterráneo para combustible líquido cumplirá lo dispuesto en "Tanque no subterráneo para combustible líquido de consumo diario" y con el objeto de contener derrame de combustible líquido se ejecutará una cubeta de mampostería o metal en la base del tanque de alimentación de dimensiones tales que contenga íntegramente la proyección de éste y cuyas características que dependerán del tipo de combustible serán las siguientes. a) Para inflamables de 1ª categoría:
Tendrá su piso con pendiente hacia una rejilla, la que poseerá malla arrestallama y en su interior piedra partida.
La capacidad será de 1/3 de la capacidad del tanque de alimentación. Poseerá una cañería que permita la evacuación del líquido por gravitación desde la rejilla hasta un tanque subterráneo. Antes de su conexión con esta última habrá un sifón u otro dispositivo que evite el retroceso de los vapores.
En este caso el tanque subterráneo tendrá una capacidad equivalente a la del tanque de alimentación más un 10 % y cumplirá lo dispuesto en "Almacenamiento subterráneo de combustibles líquidos"; b) Para inflamables de 2ª categoría:
Tendrá una capacidad tal que permita almacenar derrames de combustibles del total del volumen del tanque de alimentación más de 10 % y su agotamiento se hará por bomba manual u otro sistzma simple, no siendo obligatorio integrar la instalación con los mismos.
Cuando exista además tanque subterráneo éste podrá ser utilizado para el agotamiento de la cubeta en cuyo caso la capacidad de esta última será 1/3 del volumen del tanque de alimentación no subterránea.
8.13De la Calidad de los Materiales
8.13.1Bloques Premoldeados de Hormigon de Cemento Portland
8.13.1.1Características de los Bloques Premoldeados de Hormigón de Cemento
Los bloques premoldeados de hormigón de cemento portland, que se usan en las obras de albañilería tendrán las siguientes características: a) Cemento: Se utilizará cemento portland aprobado; b) Agregados: El agregado (canto rodado, piedra partida, granulado volcánico, ladrillo molido) será inerte, es decir, no contendrá ácidos ni álcalis libres que puedan producir alteraciones posteriores, ni sales solubles en agua que produzcan afloraciones y debe ser refractario; c) Espesor de paredes: El espesor de las paredes de los bloques no será inferior a 20 mm; d) Curado: El curado de los bloques antes de despacharse, será de 20 días como mínimo en un ambiente sin corriente de aire. Los bloques deben humedecerse todos los días, salvo que se disponga de instalaciones más perfectas para el curado; e) Ensayo de compresión: El ensayo de resistencia a la compresión se hará sobre un mínimo de 5 bloques, previamente secados hasta peso constante a una temperatura de 80° C a 100° C.
Las probetas a ensayar se medirán en longitud, ancho y altura; si éstas fueran menor al largo o al ancho, el ensayo se hará sobre 2 bloques superpuestos, unidos con mezcla de cemento 1:3.
Las superficies de carga se aplanarán cuidadosamente cubriéndolas con mezcla de cemento y arena en proporción 1:1 que se dejará fraguar y endurecer por lo menos 24 horas antes de ser colocado el bloque en la estufa para su secado. El espesor de cada capa de mezcla será de unos 6 mm. Las superficies serán paralelas.
Los bloques se concentrarán en la máquina de ensayo. Esta poseerá uno de los platos compresores con asiento esférico asegurando así un completo apoyo en las superficies para eliminar la falta de paralelismo de dichas superficies.
La carga se aplicará continua y lentamente hasta que se produzca la rotura del bloque, tomándose la carga unitaria respecto de la sección de éste (ancho por largo).
Cuando se trate de bloques de grandes dimensiones, mayores que la de los platos de la máquina de ensayo, se interpondrán una o más placas de acero de manera de obtener una distribución de cargas a 45° a fin de eliminar una posible flexión. El espesor mínimo de las placas será de 25 mm.
Para muros cargados, los bloques tendrán una resistencia mínima a la rotura por comprensión a los 28 días de fabricados, de 60 Kg/cm² computando la sección bruta que se tomará del promedio de 5 ensayos, pero ninguno diferirá en más o menos de 15 % de dicho promedio.
Para muros no cargados, la resistencia mínima será de 20 Kg/cm²; f) Dilatación lineal de los bloques: La dilatación lineal de los bloques no será mayor que 0,006 mm por metro y por grado centígrado de diferencia de temperatura; g) Conductibilidad térmica: La conductibilidad térmica de los bloques se determina según el método de la Norma C-177-42T de la American Society for Testing Materials (A.S.T.M.) #.
Cuando los bloques sean de dimensiones que no permitan medir experimentalmente la conductibilidad, ésta se calcula por cualquiera de los procedimientos aproximados conocidos.
El coeficiente de conductibilidad térmica será 0,5 cal/m² por hora y por grado centígrado de diferencia de temperatura; h) Absorción de agua: Se determina sumergiendo a la probeta en agua limpia durante 24 horas para retirarla luego y dejarla escurrir durante 1 minuto antes de pesarla. Se seca la probeta hasta peso constante a una temperatura de 80° C a 100° C y se pesa nuevamente; la diferencia de peso en por ciento (%) respecto al peso de la probeta es la absorción de agua que no será de mayor que el 20 % del peso del bloque en seco; i) Forma y dimensiones: La forma y las dimensiones de los bloques quedan libradas al criterio de cada fabricante, siempre que estén en concordancia con las reglas de arte de la construcción.
8.13.1.2Empleo de Bloques Premoldeados de Hormigón de Cemento Portland
Un muro construido con bloques premoldeados de hormigón de cemento portland se calcula con la misma tensión de trabajo admisible establecida para los ladrillos comunes macizos. El paramento exterior debe ser impermeabilizado con un revoque a base de cemento portland y arena con agregado de hidrófugo. Los bloques pueden emplearse en la forma establecida en el Inciso e) de "Prevenciones generales contra incendio" y en las Prevenciones C2, C4 y C5 de "Prevenciones de construcción".
8.13.2Estructuras de Hormigon Armado con Acero de Alto Limite de Fluencia (extension)
8.13.2.1Normas para el Uso de Acero de Alto Límite de Fluencia en Estructuras de Hormigón Armado
En la ejecución de estructuras resistentes de hormigón armado, pueden emplearse barras de acero de alto límite de influencia siempre que se cumplan las condiciones siguientes: a) Armadura:
1) El acero tendrá un límite de fluencia mínimo de 4.000 kg/cm² un alargamiento de rotura no inferior al 10 % (medido sobre una longitud igual a 10 veces el diámetro de la barra). Si fuera difícil determinar directamente el límite de fluencia, se acepta para este límite el valor de la carga unitaria en kg/cm² que produce un alargamiento plástico total del 0,2 %. Asimismo se cumplirá sR > 1,1 sF;
2) El acero resistirá la prueba de doblado en frío sobre un perno cuyo diámetro sea igual a 3 veces el de la barra, sin que del lado exterior de ésta aparezcan grietas observables a simple vista;
3) Las barras tendrán un diámetro mínimo de 5 mm y un máximo de 25 mm;
4) Con cada partida se entregará un certificado donde consten las características del acero. El fabricante del mismo es responsable de que la partida responda a las características apuntadas. Cada barra tendrá a intervalos regulares una estampa de identificación distinta para cada fabricante;
5) En la confección de las armaduras no se permite el empleo de ganchos agudos. Estos deben tener un radio interno mínimo de 5 veces el diámetro de la barra. Queda prohibido el doblado en caliente. Cuando deban levantarse o bajarse barras, se las doblará con un radio interno mínimo equivalente a 15 veces el diámetro de la barra.
6) Sólo se permiten empalmes por yuxtaposición, con una longitud superpuesta de 40 veces el diámetro de la barra mayor, terminando en gancho; b) Hormigón:
El hormigón se ensayará a los 28 días de fabricado, en probeta cilíndrica de 15 cm de diámetro y 30 cm de alto y tendrá una resistencia mínima a la rotura por compresión de kb28 = 200 kg/cm².
8.13.2.2Tensiones Admisibles de Trabajo en Estructuras de Hormigón Armado con Acero de Alto Límite de Fluencia
Las tensiones admisibles de trabajo son las siguientes: a) Flexión simple y flexión compuesta:
(1) Tensión admisible de trabajo en la armadura:
(2) Tensión admisible de trabajo en hormigón:
(3) Casos especiales:
En las vigas T donde la armadura de tracción es mayor que 0,8 % (caso de momentos negativos) se permite aumentar Si la estructura se encuentra a la intemperie sin protección, debe disminuirse la tensión del acero y del hormigón en un 10 % y si está expuesta a gases corrosivos, ácidos, se disminuye en un 20 %.
Si las losas tiene d = 8 cm, se disminuye b) Compresión simple:
(1) Tensión admisible de trabajo en la armadura:
(2) Tensión admisible de trabajo en el hormigón:
Máximos que no deben rebasarse:
Lado menor <= 40 (3) Casos especiales:
Si se usan simultáneamente en una misma pieza (losa, viga, columna) acero común y acero de alto límite de fluencia, la tensión admisible de trabajo será la del acero común.
Para todos los diámetros de las barras debe verificarse que la adherencia entre el hierro y el hormigón no exceda de 5 kg/cm². Para ello se seguirá el criterio establecido en el Item 2) del Inciso g) de "Conceptos generales para el cálculo de estructuras de hormigón armado". c) Resbalamiento:
En cimientos, losas, losas nervuradas, vigas rectangulares, vigas placa y pórticos, la tensión de resbalamiento en el hormigón será de 18 kg/cm² como máximo. Si resulta mayor debe aumentarse la sección de la pieza hasta alcanzar este valor. En losas nervuradas, vigas placa y pórticos, a partir de el total del esfuerzo de resbalamiento siguiendo el criterio establecido en el inciso f) de "Conceptos generales par
Cuadro del artículo 8.13.2.2 (1 de 3)
Aplicaciones
Para barras protegidas de la oxidación Õ e
Vigas I y losas µ < 0,8%
Vigas T µ > 0,8%
F e
= µ = 0,8 %
__
bh
Cuadro del artículo 8.13.2.2 (2 de 3)
Aplicaciones generales menos al caso de puentes
1.800 kg/cm²
1.500 kg/cm²
1.800 kg/cm²
Cuando hay seguridad de que las piezas no estén sometidas a esfuerzos dinámicos
2.000 kg/cm²
1.800 kg/cm²
2.000 kg/cm²
Cuadro del artículo 8.13.2.2 (3 de 3)
Compresión
Õ b
En general
1/3 K kg/cm² b28
Máximos que no
lado menor <= 40 cm
80 kg/cm²
deben rebasarse
lado menor > 40 cm
100 kg/cm²
8.13.2.3Contralor de Estructuras de Hormigón Armado con Aceros de Alto Límite de Fluencia
Los materiales a emplear en las estructuras resistentes de hormigón armado con utilización de aceros de alto límite de fluencia se someterá al siguiente contralor: a) Contralor del acero:
1)
En fábrica: Este contralor estará a cargo del Laboratorio de Ensayos de la Municipalidad, y comprenderá los siguientes detalles:
I)
El fabricante indicará el nombre y lugar del establecimiento donde trate el acero para proporcionarle alto límite de fluencia;
-
La procedencia de la partida del acero, diámetro de las barras y la cantidad de las mismas de cada diámetro;
-
Los ensayos que ha realizado, cantidad de barras ensayadas de cada diámetro, antes y después del tratamiento;
-
Los resultados de los ensayos de tracción consignando:
V)
El fabricante directamente o por medio de distribuidores por él autorizados y reconocidos por la Dirección, puede suministrar las barras de acero tratadas a la obra donde se las utilizará o en el taller del Profesional o Empresa que ejecute la estructura resistente.
-
Partida o remito de fábrica;
-
Peso o número de barras y sus diámetros;
-
Ubicación de la obra, taller de Profesional o Empresa donde se entregan.
2)
En obra: De cada una de las partidas de las barras entregadas por la fábrica en obra, el Profesional dispondrá la extracción de cinco probetas por cada ensayo a ejecutar y su remisión a un Instituto de reconocida capacidad técnica y experiencia en este campo de los conocimientos, a efectos de comprobar su límite de fluencia, resistencia, alargamiento de rotura como asimismo un ensayo de plegado. Sólo se podrá efectuar el colado del hormigón cuando se hayan retirado perfectamente individualizadas las probetas de las barras para su experimentación. Si los ensayos revelan que el material no se ajusta a las características correspondientes, se rechazará parte o el total de las partidas, según resulte de su identificación. Este rechazo será comunicado a la Dirección de Obras Particulares quien promoverá un nuevo contralor en fábrica sobre las partidas afectadas. Independientemente de lo dicho con anterioridad la Dirección de Obras Particulares podrá en cualquier momento extraer muestras y proceder en consecuencia. b) Contralor del hormigón
1)
Extracción de probetas para ensayos de Laboratorio:
2)
Ensayos "En obra"
-
Número necesario de moldes cilíndricos normales de 15 cm de diámetro y 30 cm de altura, para el moldeo de probetas destinadas a ensayos de resistencia y compresión. En ningún caso el número de moldes será menor que seis.
-
Tronco-cono metálico y varilla, para determinar la consistencia del hormigón de acuerdo con lo establecido en la NORMA IRAM 1536 #.
-
Instrumental menor como ser bandeja metálica, cucharas de albañil, etcétera. c) Generalidades:
II) El fabricante llevará un registro rubricado por el Laboratorio donde se anotará:
Límite de fluencia en Kg/cm²;
Resistencia a la tracción en Kg/cm2;
Alargamiento porcentual de rotura (%).
Cuando el alargamiento no figure en planilla, deben indicarse las causas;
III) Se entiende por partida de barras de acero a tratar, la correspondiente a las que proceden de una misma acería y proceso de laminación y que tengan las mismas características del acero.
Cuando no sea posible, el fabricante lo advertirá al Laboratorio quien lo tomará en cuenta para establecer el mínimo de barras a ensayar;
IV) El Laboratorio realizará el número de ensayos que juzgue conveniente y utilizará las barras que necesite, facilitadas por el fabricante a fin de constatar la fidelidad de los datos apuntados en el registro. El fabricante, asimismo, facilitará al Laboratorio, cuando éste lo crea oportuno, la inspección del establecimiento. Si las experiencias realizadas por el Laboratorio demuestran que el material no se ajusta a los datos del registro, la partida será rechazada. El rechazo de dos partidas sucesivas motivará la suspensión de la fabricación y/o retiro de la autorización acordada al fabricante.
Tanto el fabricante como el distribuidor deben extender la correspondiente certificación de calidad a efectos de ser exhibida a requerimiento de la inspección.
VI) El distribuidor llevará un registro rubricado por la Dirección, para cada tipo o marca de acero. En el registro se anotará:
El Profesional dispondrá la extracción de muestras del hormigón a emplear en la obra durante el hormigonado de las bases y en cada una de las plantas, las que serán remitidas para su análisis a un Laboratorio de reconocida capacidad técnica y experiencia en este campo de los conocimientos.
La cantidad de probetas será de tres por cada 15 m³ por fracción por planta y/o bases.
Independientemente de lo dicho con anterioridad la Dirección de Obras Particulares podrá en cualquier momento extraer muestras y proceder en consecuencia.
En cada jornada de trabajo y por lo menos en 10 m³ de hormigón en fracción se llevarán a cabo los ensayos de plasticidad establecidos en la NORMA IRAM 1536 #.
La Empresa Constructora mientras se ejecuten tareas de hormigonado deberá tener permanentemente en obra a los efectos del contralor diario de la calidad del hormigón colocado en ella el siguiente instrumental mínimo:
Si los resultados de la experiencia revelan que tanto las barras de acero o el hormigón, no se ajustan a las exigencias establecidas en este Código, la obra será suspendida hasta tanto el Profesional haya arbitrado los medios para que la estabilidad de la estructura se mantenga dentro de los límites de seguridad. En caso contrario las mismas serán demolidas.
Las experiencias que se realicen para las comprobaciones necesarias a fin de establecer en fábrica la calidad de las barras de acero tratadas, serán costeadas por el fabricante.
Las experiencias que se realicen para las comprobaciones en obra, serán costeadas por el Profesional o la Empresa que haya firmado el expediente de permiso.
Cuando la inspección municipal compruebe que el Profesional no ha procedido de acuerdo con lo establecido en Contralor de acero - En obra, y Contralor del hormigón - Ensayos en obra - de inmediato procederá a paralizar los trabajos, los que no podrán ser reanudados hasta que no se cumpla con dichos requisitos.
8.13.3Resistencia de los Materiales al Paso del Fuego
8.13.3.1Determinación de la Resistencia al Paso del Fuego
Las pruebas de resistencia al fuego se controlarán por la curva standard de tiempo - temperatura determinada por las siguientes coordenadas: b) Experiencia mediante soplete a gas de llama calibrada:
En sustitución de la experiencia descripta en el Inciso a) se puede determinar la resistencia al fuego mediante la utilización de un soplete a gas de llama calibrada.
La probeta, cualquiera sea su espesor, será cuadrada, de 200 mm por lado y de caras paralelas.
La llama provendrá de un soplete alimentado con gas de alumbrado mezclado con aire. La toma de gas será lateral y la de aire, central, conectada a un soplante que produzca una llama de 200 mm de largo. La entrada de gas se graduará de modo que se verifiquen los siguientes valores:
La probeta se fijará en plano vertical; la llama será horizontal y se aplicará en el centro de la cara de ataque. Esta distará 140 mm de la boca del soplete.
La resistencia al paso del fuego se medirá por el tiempo de penetración de la llama, desde el instante en que la probeta se coloca frente a la llama hasta el instante en que aparece por la cara opuesta; c) Característica de los materiales:
La madera a ensayar será estacionada con un 12 % al 15 % de humedad.
Las puertas de madera "resistentes al fuego" cumplirán los siguientes requisitos: a) Empleo de un solo tipo de madera:
Cuando en la puerta se utilice un solo tipo o especie, la temperatura fijadas por la curva debe considerarse como el promedio de las lecturas de no menos que 3 pares térmicos simétricamente dispuestos y distribuidos dentro de la cámara del horno para conducir la temperatura a casi todas las partes de la probeta. las temperaturas serán leídas a intervalos no mayores que 5 minutos durante la primera hora y después de cada 10 minutos.
La exactitud del funcionamiento del horno será tal que la superficie bajo la curva tiempotemperatura, obtenida promediando las lecturas pirométricas, no difiera en más que: el 15 % de la correspondiente a la superficie de la curva standard para ensayos de muros de 1 hora de duración; el 10 % para ensayos comprendidos entre 1 y 2 horas y el 5 % para los que excedan de 2 horas.
Las temperaturas en la superficie no expuesta al fuego serán medidas con pares térmicos o termómetros cuyos bulbos en contacto con dicha superficie se colocarán debajo de rellenos de fieltro refractario. Las lecturas de temperaturas serán tomadas en 5 o más puntos sobre la superficie, uno de los cuales coincidirá aproximadamente con el centro. Estas temperaturas se tomarán a intervalos de 15 minutos o menos hasta que se haya obtenido en algún punto una lectura que exceda 100° C; después se tomarán a intervalos no inferiores a 5 minutos.
La temperatura sobre la superficie no expuesta de la probeta, durante la prueba, no aumentará más que 139° C arriba de la inicial. La probeta no presentará fisuras y ni orificios por los cuales pueda pasar el fuego. Las probetas a utilizarse en los ensayos de resistencia al fuego, deben ser exactamente representativas de los materiales que se usen en la edificación. Los resultados de las pruebas serán expresados en unidades de tiempo, por ejemplo: 15 minutos; 30 minutos; 1 hora; serán de piezas ensambladas y macizas o bien de tablas sobrepuestas o de placas compensadas formadas de láminas de madera. En estos últimos casos, tanto las tablas como las láminas estarán fuertemente adheridas entre sí. Los espesores mínimos serán: b) Empleo de varios tipos de madera o de madera combinada con otros materiales:
8.13.3.3Equivalencias entre un Contramuro de 0,15 M de Espesor con el de Otros Materiales
Para los casos en que se requiera la ejecución de contramuros o forjados que deban adosarse a elementos estructurales como protección contra el fuego, se presentan las siguientes equivalencias respecto de un muro de ladrillos macizos de 0,15 m de espesor.
(*) Desde el punto de vista de las prevenciones contra incendio debe indicarse que el calor intenso ablanda la placa.
Cuadro del artículo 8.13.3.3 (1 de 2)
Coeficiente de
conductibilidad
Equivalente en
Resistencia
térmica del material
espesor de
Material
de
macizo
ladrillos macizos
compresión
Kcal. m
comunes
_______
m² °C h
Contramuro construido con
bloques huecos de hormigón
16,6 kg/cm²
mínimo 13 cm
de granulado volcánico de 7
16,8 kg/cm²
máximo 16 cm
cm de espesor.
Contramuro construido con
entre 15° y 30° C
bloques macisos de esponja
21 kg/cm²
15 cm
de hormigón (hormigón
p.e. = 750 kg/m³
celular) de 8 cm de espesor.
Contramuro construido con
bloques huecos de hormigón
27 kg/cm²
mínimo 11 cm
de cascotes, escoria, etc.,
32,1 kg/cm²
____
máximo 16 cm
de 7 cm de espesor.
Contramuro construido con
ladrillos macizos de
25 kg/cm²
15,5 cm
granulado volcánico de 9 cm
de espesor.
Contramuro construido con
promedio
placas huecas de virutas de
sobre las
____
13 cm
madera aglutinadas con
placas
cemento portland de 5 cm
28,4 kg/cm²
Cuadro del artículo 8.13.3.3 (2 de 2)
de espesor.
Contramuro construido de
placas de virutas largas de
entre 22° y 43 ° C
madera aglutinadas con
____
13 cm
plástico de 5 cm de espesor
p.e. = 495 kg/m³
(*).
Forjado o revoque
entre 20° y 45° C
construido con material
____
l = 0,13
15,5 cm
esponja de hormigón de 4
p.e. = 270 kg/m³
cm de espesor.
Forjado o revoque
entre 20° y 40° C
construido con granulado
____
14,5 cm
volcánico, cemento y algo
p.e. = 850 kg/m³
de cal, de 7 cm de espesor.
8.13.4De la Calidad de los Materiales para Solados de Aceras y Forma de Ejecucion
Las losetas para solados de aceras estarán constituidas por cemento portland artificial y agregados inertes, y responderán a las siguientes condiciones generales: a) Aspecto:
Serán ásperas al tacto en su cara superior y de aristas biseladas. b) Constitución:
Estarán constituidas por una mezcla de cemento portland y arena, comprimida por medios mecánicos en dos o tres capas superpuestas. El cemento portland deberá responder a la norma IRAM Nº 1503 # y hasta tanto ésta no se halle en vigencia se ajustará a las exigencias del "Pliego de condiciones para la provisión y recibo de cementos portland destinado a obras nacionales", aprobado por Decreto del Superior Gobierno de la Nación del 27 de abril de 1931 #. Podrán agregarse pigmentos para colorear en la capa superior. c) Color: Serán de acuerdo a los provistos en la plaza comercial. d) Dimensiones: Las indicadas en "Material de las aceras" con una tolerancia de 0,002 m en más o en menos. e) Marcas: Las losetas llevarán, en su superficie de asiento, impresa la marca de fábrica u otra que identifique su origen. f) Ensayos de las losetas: Las losetas cumplirán las siguientes condiciones en los ensayos:
1) Desgaste:
A verificar en la máquina DOERY con probetas de 50 mm de diámetro con una carga total de 5 kg.
La cara superior deberá resistir sin desgastarse totalmente más de 3 mm de espesor en 300 vueltas (450 m de recorrido).
Las probetas se secarán previamente a temperatura entre 105° y 110° C hasta peso constante (al 0,5 gramo) usando para el desgaste arena seca silicia de la siguiente granulometría:
Pasa Tamiz 100 % IRAM 840 (Nº 20) 95 a 100 % IRAM 590 (Nº 30) 0 a 25 % IRAM 420 (Nº 40) 2) Carga:
Se colocará la loseta con la cara superior hacia arriba, sobre dos apoyos semicilíndricos de 20 mm de diámetro, aplicando la carga por intermedio de otra barra semicilíndrica igual, apoyada superiormente en el centro de la loseta. Con una distancia entre apoyos de 0,50 m deberá soportar una carga longitudinal paralela a los apoyos de 200 kg como mínimo.
3) Choque:
Para este ensayo se colocará la loseta entera, sobre un lecho de arena de 0,02 m de espesor, impidiendo su desplazamiento lateral con grapas u otro mecanismo similar. Sobre el centro de la loseta se suspenderá una esfera de hierro de 1 kg de peso, que se dejará caer libremente desde distintas alturas. La resistencia a la rotura será tal que no deberán producirse rajaduras para alturas de caídas menores de 0,70 m. g) Extracción de muestras:
Los resultados de ensayos se tomaron como promedio de 2 valores de carga, 2 valores de choque y 2 valores de desgaste. Si los promedios de los valores de ensayo no cumplieran con los valores fijados en f) 1), 2) y/o 3), se procederá a un contra-ensayo para el cual se utilizará el doble del número de muestras especificadas en g). Si algún valor individual no respondiera a los valores fijados, se rechazará el lote.
Los solados de hormigón para aceras estarán constituidos por cemento portland artificial y agregados inertes, sin ninguna clase de pigmentos para colorear y responderán a las siguientes condiciones: a) Aspecto:
Serán ásperos al tacto, no debiendo terminarse la superficie con alisado de cemento. b) Constitución:
Estarán constituidos por una mezcla de cemento portland, arena gruesa y mediana y piedra partida de no más de 19 mm (3/4") en cualquier dimensión.
El dosaje de la mezcla será de 1:3:3 (cemento, arena, piedra partida) de manera que permita una resistencia a la compresión de 200 Kg/cm² a los 28 días. c) Color:
El del cemento portland artificial. d) Dimensiones de los paños:
Las indicadas en "Materiales de las aceras". En las condiciones indicadas en ese artículo se harán juntas de trabajo y/o de dilatación.
Los solados de concreto estarán constituidos por cemento portland artificial y arena, sin ninguna clase de pigmentos para colorear y responderán a las siguientes condiciones: Aspecto: Serán ásperos al tacto y terminados mediante rodillado. Constitución: Estarán constituidos por una mezcla de cemento portland y arena, con un dosaje de 1:3 (Cemento, arena).
Color: El del cemento portland artificial. Dimensiones de los paños: Las indicadas en "Material de las aceras", con las juntas de dilatación correspondientes.
8.13.4.4Ejecución de las Aceras con Solado de Hormigón o de Concreto de Cemento
a) Forma de ejecución:
1)Levantamiento del solado existente en malas condiciones, retiro de escombros y tierra, y preparación caja.
2)Ejecución contrapiso empastado de 0,07 m de espesor con su correspondiente pendiente.
3)Colocación capa de asiento de 0,02 m de espesor con el fin de evitar el ligamento del contrapiso con el solado.
1)De Hormigón: Se hará en forma de fratachado, lo que le dará un aspecto áspero al tacto evitando el deslizamiento.
2)De Concreto: Se hará rodillado.
Dosaje: ¼ : 1:3 (1/4 Cemento; Cal Hidráulica; 3 Arena; 3 cascote de ladrillos o similares).
Figura 8.13.4.4 a) (2).
Dosaje: 1:7 (1 Cal de Córdoba; 7 Arena). b) Ejecución del Solado de 0,04 m de espesor, mediante la utilización de moldes colocados cada 0,40 m paralelos a la L.M. o L.M.E. perfectamente nivelados y clavados. (Figuras 8.13.4.4 a) (2) y b).
Una vez llenados estos moldes con el material a utilizar, cuando las condiciones del fragüe lo permitan, se procede a efectuar su corte cada 0,60 m en forma perpendicular y en ángulo de 90° a los moldes, mediante herramienta o cuchilla graficada en Anexos 2 y 3 disponiéndose en forma alineada o de traba. c) Terminación del Solado:
Los solados asfálticos estarán constituidos por una combinación de agregados pétreos de origen granítico, gruesos, finos y betún asfáltico.
Aspecto: Serán ásperos al tacto y terminados mediante rodillado. Constitución: Según corresponda se cumplirán los siguientes límites granulométricos. a) Concreto asfáltico fino:
Tamiz Porcentaje en peso que pasa 3/4"
100% 1/2"
80-100% 3/8"
50-70% 18-28% 13-23% 8-16% 4-10% b) Sheet asfáltico:
Tamiz Porcentaje en peso que pasa 3/8 100% 85-100% 80-95% 70-90% 55-80% 30-60% 10-35% 5-15% Las mezclas asfálticas de que se trata, serán elaboradas, distribuidas y compactadas en caliente y compuestas por los agregados pétreos cuya granulometría en cada caso corresponda, más la adición de relleno mineral (filler) y betún asfáltico cuyo dosaje estará entre el 3,5 % y 6 %.
8.13.4.6Ejecución de las Aceras con Mezcla Asfáltica
El terreno así perfilado será compactado mediante procedimientos adecuados con el objeto de obtener una superficie regular y de capacidad portante uniforme.
El solado asfáltico se ejecutará mediante la colocación de concreto asfáltico fino de un espesor promedio de 8 cm mínimo.
La mezcla se efectuará en caliente utilizando el equipo que corresponda. b) Aceras existentes:
Cuando se trata de reemplazar un solado existente, los trabajos comprenderán también el levantamiento de éste y la reparación de las bases (contrapisos) que se hallaren afectados con anterioridad o como consecuencia del levantamiento antes mencionado.
Para la reparación del contrapiso se utilizará concreto asfáltico fino de espesor igual al de la base que se reemplazará con un mínimo de 5 cms.
Sobre el contrapiso se aplicará una capa bituminosa del tipo sheet asfáltico, cuya mezcla compactada será de un espesor mínimo de 3 cms.
Las mezclas se efectuarán en caliente utilizando el equipo que corresponda.
8.13.5Caracteristicas de los Caños de Plastico para las Instalaciones Electricas
Los caños de plástico que se usen en las instalaciones eléctricas deben responder a las siguientes características: a) Resistencia al aplastamiento:
Una probeta de 10 cm de longitud de caño de plástico bajo la acción de una carga uniforme de 10 Kg aplicada sobre la generatriz del cilindro durante 5 minutos a 20° C (temperatura ambiente) el diámetro externo no debe modificarse en más que en el 10 % de la medida original; b) Resistencia a la percusión:
Una probeta de 10 cm de longitud de caño de plástico sometido a +60° C durante 240 horas y, a continuación, a -5° C durante 2 horas, no debe presentar rajaduras a simple vista después de recibir 4 golpes en el mismo sitio con un peso de 250 gr caído de 25 cm de alto sobre un paralelepípedo de madera dura de 10 cm de espesor; c) Resistencia al curvado:
El caño de plástico debe soportar sin achatarse un curvado según su eje longitudinal de 5 veces su diámetro exterior hasta un ángulo de 50 grados; d) Rigidez dieléctrica:
La aislación del caño de plástico debe acusar una resistencia > 200 meghoms por metro a 500 V después de estar sumergido en agua durante 24 horas y a + 60° C durante 30 minutos.
Todo vidrio colocado en posición vertical y sustentado en sus cuatro bordes, que esté sometido a la acción del viento, debe cumplir la Norma IRAM 12.565 "Vidrios planos para la construcción para uso en posición vertical" # y sus actualizaciones. En cuanto a la determinación de la magnitud de la acción, será de aplicación el Reglamento CIRSOC 102 "Acción del viento sobre las construcciones" # y sus actualizaciones.
Lo dispuesto en este parágrafo es sin perjuicio de lo dispuesto en otras secciones de este Código, y se aplica con carácter prevaleciente en caso de concurrencia con normas de menor exigencia.
8.13.6.2Vidrios en Áreas Susceptibles de Impacto Humano
Todo vidrio colocado en posición vertical en áreas susceptibles de impacto humano, según se definen en la Norma IRAM 12.595 "Vidrio plano de seguridad para la construcción" # y sus actualizaciones, debe cumplir con las especificaciones establecidas en dicha norma.
Los vidrios colocados en un ángulo mayor a 15° respecto de la vertical, deben ser laminados según la definición contenida en la Norma IRAM 12.556 # y sus actualizaciones, en las siguientes situaciones:
El vidrio en mamparas, divisores y mobiliario fijo debe ser templado o laminado, según la definición contenida en la Norma IRAM 12.556 # y sus actualizaciones.
Lo dispuesto en este parágrafo es sin perjuicio de lo dispuesto en otras secciones de este Código, y se aplica con carácter prevaleciente en caso de concurrencia con normas de menor exigencia
8.13.6.3Malla de Protección para Vidriados Inclinados
En vidriados inclinados no ejecutados con vidrio laminado debe disponerse una malla de protección para prevenir la caída de fragmentos de vidrio en caso de rotura del paño. La malla de protección debe estar firmemente sujeta a 10 cm de distancia por debajo del vidrio, su trama debe ser no mayor que 25 mm por 25 mm y debe ser capaz de soportar el peso de la masa de vidrio roto.
Exceptúase el empleo de la malla de protección en los siguientes casos: a) Vidrio recocido, cuando las áreas de circulación o permanencia de personas estén alejadas de la eventual caída de vidrio roto, por una distancia horizontal no menor a dos veces la altura de la colocación del vidrio. b) Vidrio recocido en invernáculos cuyo destino exclusivo sea el cultivo de plantas y no para uso público, siempre que la altura del invernáculo sea no mayor a 6,00 m. c) Vidrio templado cuando el paño esté soportado en todo el perímetro, el punto más alto del vidriado inclinado respecto del piso sea no mayor a 3,00 m, el área del paño sea no mayor a 1,20 m2, su lado menor no supere 0,60 m y el espesor del vidrio no sea mayor a 5 mm. d) Vidrio armado con alambre cuando el paño esté soportado en todo su perímetro, el punto más alto del vidrio inclinado respecto del piso sea no mayor a 3,00 m, el área del paño sea no mayor a 1,20 m2, su lado menor no supere 0,60 m y el espesor del vidrio no sea mayor a 6 mm.
8.13.6.4Estructuras de Sostén de Vidriados Inclinados
Deben ser calculadas para cada material de acuerdo con las prescripciones del presente Código para soportar su propio peso y el de los vidrios, más los posibles efectos de la acción del viento.
En las construcciones en las que prevalezca la fachada vidriada (tipo integral), la aprobación de los planos requiere que el interesado indique el medio y modo seguro previstos para la limpieza exterior de la misma.
8.13.6.7Identificación de los Vidrios de Seguridad
Los vidrios de segundad, una vez colocados en obra, tienen una, identificación visible con los siguientes datos: a) El nombre o la marca registrada del fabricante y si se trata de vidrio templado o laminado, ver figura: b) La clasificación relativa a su comportamiento al impacto: A, B o C, según la Norma IRAM 12.556 "Vidrios planos de seguridad para la construcción" (30/6/00) #, ver figura:
En vidrios templados la identificación es de carácter permanente, y en los laminados la autoridad de aplicación puede permitir una etiqueta removible.
La estructura de sostén debe resistir las cargas por acción del viento y los esfuerzos inducidos por su uso y accionamiento.
Los componentes utilizados en la colocación tales como: masillas, selladores, burletes, contravidrios, etc., deben tener características de durabilidad adecuadas a su función.
8.14.3.1Documentos Necesarios para las Instalaciones Sanitarias
Serán los indicados en "Documentos necesarios para tramitar permisos de instalaciones". Dichas documentaciones responderán a las prescripciones que para ellas indican las normas citadas en 8.14.1. y 8.14.2.,según corresponda. De las tres copias de planos, al menos dos estarán dibujadas en colores convencionales y al menos una de éstas se encontrará confeccionada sobre tela parafinada o film Políticas de Promoción e Integración Socialliester.
8.14.3.2Modificaciones o Alteraciones de las Instalaciones Sanitarias
En caso de que el proyecto registrado en oportunidad de la obtención del permiso de instalación se modificase o alterase durante la ejecución de las obras, se presentarán nuevos planos con idéntica modalidad a la prevista en "Documentos necesarios para las instalaciones sanitarias".
8.14.3.3Planos para Solicitar la Conformidad Final de las Instalaciones Sanitarias
En la oportunidad de dar cumplimiento a lo prescrito en "Planos para acompañar declaraciones juradas - Planos Conforme a Obra" de este Código, se solicitará la conformidad final de las instalaciones sanitarias presentando planos en un todo de acuerdo con la instalación ejecutada, con idéntica modalidad a la prevista en "Documentos necesarios para las instalaciones sanitarias".
8.14.4Materiales para las Instalaciones Sanitarias
Los materiales a emplearse en la ejecución de instalaciones sanitarias cumplirán con las especificaciones indicadas bajo el título "DE LOS SISTEMAS Y MATERIALES DE CONSTRUCCIÓN E INSTALACIÓN" del presente Código.
1.1 Procedimiento Para la correcta aplicación de esta Sección deben realizarse las verificaciones siguientes:
1.1.1 Proyecto: a) Control de las condiciones de habitabilidad (IRAM 11605 #); mediante la limitación de los parámetros característicos de los cerramientosDefinido en el código · lectura TodoPropsEl elemento del edificio que lo separa del exterior, del terreno o de otro local. Es donde se juegan la aislación térmica, la acústica y el consumo de energía.Ver la definición completa y particiones interiores que componen su envolvente térmica. La comprobación se realiza a través de la comparación de los valores obtenidos en el cálculo con los valores límites permitidos. b) Se limita la presencia de condensaciones en la superficie y en el interior de los cerramientos y se limitan las pérdidas energéticas debidas a las infiltraciones de aire, para las condiciones normales de utilización de los edificios. c) Control indirecto de la Demanda Energética de los edificios en calefacción (IRAM 11604 #); mediante la limitación del parámetro Gcal. d) Control indirecto de la Demanda Energética de los edificios en refrigeración (IRAM 116591/1 y /2 #); mediante la limitación del parámetro Gr.
1.1.2. Construcción:
La construcción de los edificios se comprobará de acuerdo con las indicaciones descriptas en el Apartado 4 del presente documento.
1.1.3 Documentación Técnica.
1.La documentación técnica referida a la presente ley será determinada por la Autoridad de Aplicación.
1.1.4. La autoridad de aplicación deberá verificar el total cumplimiento de las exigencias normativas y de la documentación técnica requerida en el presente, para la iniciación de la construcción y a los efectos de autorizar oportunamente el correspondiente Certificado Final de Obra.
2Caracterización y Cuantificación de las Exigencias
2.1.1. La aislación térmica de los edificios se limita en función de la zonificación climática establecida en la norma IRAM 11603 #; sintetizada en el apartado 3.1.1 del presente documento.
2.1.2. Las transmitancias térmicas serán inferiores a las indicadas en las tablas del apartado 2.1.5.
NIVEL A.- Construcciones con alto consumo energético global.
(Serán de aplicación las exigencias según NIVEL A; s/IRAM 11605/96 #).
NIVEL B.- Construcciones con bajo consumo energético global.
(Serán de aplicación las exigencias según NIVEL B; s/IRAM 11605/96 #).
2.1.5. VALORES LIMITES DE LOS PARÁMETROS TÉRMICOS DE LOS CERRAMIENTOS (Ki max) en W/m2-°K NIVEL A Los valores límites, corresponden a elementos de cerramiento cuya superficie exterior presenta un coeficiente de absorción solar de 0,7 +-0,1.
Para valores menores a 0,6; los valores indicados pueden incrementarse en un 30%.
Para valores mayores a 0,8; los valores indicados deben reducirse en un 20%.
Cuando se consideren protecciones en ventanas (ej.: aleros, parasoles, cortinas), los factores de exposición solar sólo podrán ser modificados por coeficientes de reducción de acuerdo con las características de la protección.
NIVEL B Los valores límites, corresponden a elementos de cerramientos cuya superficie exterior presenta un coeficiente de absorción solar de 0,7 +-0,1.
Para valores menores a 0,6; los valores indicados pueden incrementarse en un 30%.
Para valores mayores a 0,8; los valores indicados deben reducirse en un 20%.
Cuando se consideren protecciones en ventanas (ej.: aleros, parasoles, cortinas), los factores de exposición solar podrán ser modificados por coeficientes de reducción de acuerdo con las características de la protección.
2.1.6. Condensaciones.
2.1.6.1. Las condensaciones superficiales en los cerramientos y particiones interiores que componen la envolvente térmica del edificio, se limitarán de forma que se evite la formulación de mohos en su superficie interior. Para ello, en aquellas superficies interiores de los cerramientos que puedan absorber agua o susceptibles de degradarse y especialmente en los puentes térmicos de los mismos, la humedad relativa media mensual en dicha superficie sería inferior al 65%.
2.1.6.2. Las condensaciones intersticiales que se produzcan en los cerramientos y particiones interiores que componen la envolvente térmica del edificio serán tales que no produzcan una merma significativa en sus prestaciones térmicas o supongan un riesgo de degradación o pérdida de su vida útil. Además, la máxima condensación acumulada en cada período anual no será superior a la cantidad de evaporación posible en el mismo período.
2.1.7. Permeabilidad del aire.
2.1.7.1. Las carpinterías de los huecos (ventanas y puertas) y lucernarios de los cerramientos se caracterizan por su permeabilidad al aire.
2.1.7.2. La permeabilidad de las carpinterías de los huecos y lucernarios de los cerramientos que limitan los espacios habitables de los edificios con el ambiente exterior se limita a los siguientes valores máximos:
TDMN: 1,3ºC Si bien las amplitudes térmicas no son muy elevadas; es aconsejable el uso de viviendas o construcciones agrupadas, y de todos los elementos y recursos que tiendan al mejoramiento de la inercia térmica.
La orientación Oeste (o), debe ser evitada en lo posible, y en caso de adoptarse es aconsejable prever protecciones solares adecuadas. Para latitudes como Buenos Aires (34º 58´ S) la orientación óptima abarca el arco desde el Este al Noroeste, siendo las orientaciones Noreste, Norte y Nornoroeste las más recomendables (+/- 15º del Norte).
Los colores de los cerramientos opacos deben tener una buena reflectividad y baja absortividad, siendo convenientes los colores claros.
Para la limitación de la demanda energética se adoptarán los siguientes parámetros bioclimáticos:
DATOS CLIMÁTICOS DE DISEÑO PARA INVIERNO (NORMA IRAM 11603 #) BUENOS AIRES (AEROPARQUE) BUENOS AIRES TMED; TMAX, TMIN Temperaturas medias; máximas y mínima promedio de los meses de invierno TDMN Temperaturas de diseño media y mínima PREC Precipitación media promedio mensual de los meses de invierno HELRE Heliofanía relativa al promedio de los meses de invierno GD Grados día de calefacción, para temperatura de base de confort DATOS CLIMÁTICOS DE DISEÑO PARA VERANO (NORMA IRAM 11603) BUENOS AIRES (AEROPARQUE) BUENOS AIRES TMED; TMAX; TMIN Temperaturas medias; máximas y mínima promedio de los meses de invierno TDMD; TDMN Temperaturas de diseño media y mínima TEDMX Temperaturas efectivas corregidas media y máxima; promedio de los días típicamente cálidos PREC Precipitación media promedio mensual de los meses de verano HELRE Heliofonía relativa al promedio de los meses de verano En tanto la norma IRAM 11603 # se encuentra en proceso de actualización, lo que supondrá la adopción de nuevos datos climáticos, al momento de calcular la demanda de calefacción, los proyectistas deberán utilizar la última versión de dicha norma.
2.3.1.2. Delimitación de las orientaciones ORIENTACIONES 2.3.1.3. Valores higrotérmicos de diseño.
Cuando en los cálculos de dimensionado de la demanda energética se requieran datos de temperatura y humedad, podrán utilizarse los siguientes valores:
C.I.: Condición de Invierno C.V.: Condición de Verano Los valores de Ted, tienen en cuenta el efecto de “isla de calor”.
2.3.2. Clasificación de los espacios.
2.3.2.1. Los espacios interiores de los edificios se clasifican en habitables y espacios no habitables.
2.3.2.2. A efectos de cálculo de la demanda energética, los espacios habitables se clasifican en función de la cantidad de calor disipada en su interior, debido a la actividad realizada y al período de utilización de cada espacio, en las siguientes categorías: a) Espacios con baja carga interna: espacios en los que se disipa poco calor. Son los espacios destinados principalmente a residir en ellos, con carácter eventual o permanente. En esta categoría se incluyen todos los espacios de edificios de viviendas y aquellas zonas o espacios de edificios asimilables a éstos en uso y dimensión, tales como habitaciones de hotel, habitaciones de hospitales y salas de estar; así como sus zonas de circulación vinculadas. b) Espacios con alta carga interna: espacios en los que se genera gran cantidad de calor por causa de su ocupación, iluminación o equipos existentes. Son aquellos espacios no incluidos en la definición de espacios con baja carga interna. El conjunto de estos espacios conforma la zona de alta carga interna del edificio.
2.3.3. Definición de la envolvente térmica del edificio y clasificación de sus componentes.
2.3.3.1. La envolvente térmica del edificio, está compuesta por todos los cerramientos que limitan espacios habitables con el ambiente exterior (aire o terreno u otro edificio), y por todas las particiones interiores que limitan los espacios habitables con los espacios no habitables que a su vez estén en contacto con el ambiente exterior.
2.3.3.2. Los cerramientos y particiones interiores de los espacios habitables se clasifican según su situación en las siguientes categorías: a) CubiertasDefinido en el código · lectura TodoPropsEl elemento constructivo que protege el edificio en su parte superior. Es la que se convierte en terraza, en techo verde o en el problema más caro de un consorcio.Ver la definición completa, comprenden aquellos cerramientos superiores en contacto con el aire cuya inclinación sea inferior a 60º respecto a la horizontal. b) Suelos, comprenden aquellos cerramientos inferiores horizontales o ligeramente inclinados que estén en contacto con el aire, con el terreno o con espacio no habitable. c) Fachadas, comprenden aquellos cerramientos exteriores en contacto con el aire cuya inclinación sea superior a 60º respecto a la horizontal. Se agrupan en 6 orientaciones según los sectores angulares contenidos en la figura 3.1. La orientación de una fachada se caracteriza mediante el ángulo o por el norte geográfico y la normal exterior de la fachada, medido en sentido horario. d) Medianerías, comprenden aquellos cerramientos que lindan con otros edificios ya construidos o que se construyan a la vez y que conformen una división común. Si el edificio se construye con posterioridad el cerramiento se considerará, a efectos térmicos, una fachada. e) Cerramientos en contacto con el terreno, comprenden aquellos cerramientos distintos a los anteriores que están en contacto con el terreno. f) Particiones interiores, comprenden aquellos elementos constructivos horizontales o verticales que separan el interior del edificio en diferentes recintos.
2.3.3.3. Los cerramientos de los espacios habitables se clasifican según su diferente comportamiento térmico y cálculo de sus parámetros característicos en las siguientes categorías: a) Cerramientos en contacto con el aire:
I) Parte opaca por muros de fachada, cubiertas, suelos en contacto con el aire y los puentes térmicos integrados.
II) Parte semitransparente, constituida por huecos (ventanas y puertas) de fachada y lucernarios de cubiertas. b) Cerramientos en contacto con el terreno, clasificados según los tipos siguientes:
I) Suelos en contacto con el terreno.
II) Muros en contacto con el terreno.
III) Cubiertas enterradas. c) Particiones interiores en contacto con espacios no habitables, clasificados según los tipos siguientes:
I) Particiones interiores en contacto con cualquier espacio no habitable (excepto cámaras sanitarias).
II) Suelos en contacto con cámaras sanitarias.
2.3.4. Comprobación de la limitación del aislamiento térmico.
2.3.4.1. Se deberá confeccionar una planilla de cálculo para verificar el Coeficiente de Transmitancia Térmica (K) para cada componente de la envolvente, (IRAM 11601 # tabla C.1), tanto para condición de verano como de invierno; o la condición de valores envolvente.
En esta planilla se deberá especificar cada una de las capas que conforman el cerramiento, definiéndose claramente las características de cada elemento, especificándose su espesor, su conductividad térmica y/o su resistencia térmica.
Los valores de las conductividades térmicas de cada material se obtendrán según IRAM 11601 #.
Los materiales que no estén incluidos dentro de la lista enunciada en la Norma, deberán ser ensayados en organismos certificados y de acuerdo a las Normas IRAM de métodos de ensayos:
IRAM 11559 #.
2.3.4.2. La transmitancia Térmica de aire a aire de los techos, muros y pisos, deberá ser igual o menor a la Transmitancia Térmica Máxima admisible KMAX, correspondiente al Nivel A o B, definido en el apartado 2.1.5.
Esta condición deberá verificarse tanto para las condiciones de invierno, como para las condiciones de verano; o condiciones de valores envolventes.
2.3.4.3. La transmitancia térmica de los huecos (ventanas y puertas), y lucernarios, deberán cumplir con los valores máximos indicados en el apartado 7.2.1.2.; y de acuerdo con los porcentajes de huecos y las diferentes orientaciones.
2.3.4.4. Los valores de exposición de radiación solar (Fes), en huecos (ventanas y puertas) y lucernarios, deberán cumplir con los valores máximos indicados en el apartado 2.1.2. Para tener en cuenta los factores de sombra introducidos por los diferentes tipos de protecciones (aleros, parasoles, etc.) se emplearán coeficientes de reducción normalizados u obtenidos por medición experimental.
2.3.4.5. Como resultado de la aislación térmica se deberá confeccionar una planilla de cálculo, para los diferentes componentes de la envolvente según las orientaciones definidas.
2.3.5. Comprobación de la limitación de condensaciones.
2.3.5.1. Condensaciones superficiales e intersticiales.
2.3.5.1.1. Sobre los métodos de cálculo y datos a utilizar en la verificaciónDefinido en el código · lectura TodoPropsLa comprobación de que lo proyectado o lo construido cumple los requisitos del Código. Es el acto por el cual la Ciudad valida, o no, lo que se declaró.Ver la definición completa del riesgo de condensación tanto intersticial como superficial, se establece: a) Para la temperatura superficial y el gradiente de temperaturas interiores se adoptará la Temperatura Exterior de Diseño Mínima “TDMN” correspondiente a la localidad donde se emplace el edificio, Tabla 2, Datos climáticos de Invierno, IRAM 11603 #. b) Para la verificación del riesgo de condensación superficial en paños centrales, se tomará el valor de Resistencia Térmica Superficial Interior (Rsi) de la Norma IRAM 11625 #. El valor de la Resistencia Térmica Superficial Exterior (Rse) se tomará de la Norma IRAM 11601 #, Tabla 2. c) Para la verificación del riesgo de condensación intersticial en paños centrales, se tomarán los valores de la Resistencia Térmica Superficial Interior (Rsi) y exterior (Rse) de la Norma IRAM 11601 #, Tabla 2.
A los fines de aplicación de la presente solamente se verificarán los puntos singulares correspondientes a las aristas verticales y superiores de locales, establecidos en la Norma IRAM 11630 #. d) Los valores de Conductividades Térmicas se obtendrán de la Tabla A1 del Anexo A de la Norma IRAM 11601 # o de los ensayos mencionados en el ítem 2.2 según corresponda. e) Los valores de Permeabilidad y Permanencia al vapor de agua a considerar en los cálculos serán los establecidos en la tabla A6 del Anexo A de la Norma IRAM 11601 #. Los materiales que no están incluidos dentro de la lista enunciada en la Norma correspondiente deberán ser ensayados según la Norma IRAM 1735 en organismos acreditados con certificación oficial. f) El método de verificación del riesgo de condensación superficial e intersticial de paños centrales y puntos singulares, se encuentra establecido en las Normas IRAM 11625 # y 11630 #, respectivamente. g) Los valores de las Temperaturas de Rocío se obtienen a partir de la Temperatura Superficial Interna (Tsi) y la Temperatura Intersticial de las distintas capas, con una humedad relativa exterior del 90%, (Norma IRAM 11625 #), con Temperatura Interior de Diseño, según tipo de edificio, (Norma IRAM 11625 #) y del diagrama psicométrico, Norma IRAM 11625 #.
2.3.5.1.2. Deberá confeccionarse para cada componente de la envolvente la Planilla de Cálculo de las Normas IRAM 11625 # y 11630 #. En estas planillas se deberá especificar claramente cada capa del cerramiento constructivo, definiendo el material en cada caso.
De utilizarse un procedimiento informatizado en la verificación del riesgo de condensación deberá adecuarse en un todo a lo establecido en las Normas involucradas.
2.3.5.1.3. Como resultado se deberá confeccionar una planilla de cálculo resumen para cada componente de la envolvente.
2.3.6. Permeabilidad al aire.
2.3.6.1. Las carpinterías de los huecos y lucernarios, deberán cumplir con los siguientes parámetros; según norma IRAM 11507 #, parte 1 y 4.
2.3.6.1.1. La infiltración de aire según norma IRAM 11507-1 #, cumpliendo como mínimo con los siguientes valores: a.
Clasificación A1 (Medio: 5 m3/h-m), para las carpinterías colocadas en edificios correspondientes al NIVEL B. b.
Clasificación A2 (Mejorado: 3 m3/h-m), para las carpinterías colocadas en edificios correspondientes al NIVEL A. c.
La permeabilidad al aire de las carpinterías, medida con una sobrepresión de 100 Pa, y de acuerdo con el ensayo normalizado según IRAM 11523 #.
2.3.7. Demanda Energética.
2.3.7.1. A fin de propender al ahorro de energía en calefacción y refrigeración en las edificaciones y facilitar el planeamiento y gestión energética ambiental del hábitat, se deberá cumplir con los valores máximos admisibles indicados en el Apartado 2.2.2. y 2.2.3.
2.3.7.2. Demanda de energía en calefacción Gcal.
Será de aplicación la Norma IRAM 11604 #; en forma complementaria a lo indicado en el apartado 2.4.1.; considerando los siguientes aspectos: a) Cálculo del coeficiente volumétrico de pérdida de calor Gcal. b) Parámetros de ahorro de energía para calefaccionar edificios a través de valores máximos admisibles Gadm. c) Los niveles de aislamiento de pisos en contacto con el terreno, según IRAM 11604 # Tabla 2. d) El número de renovaciones de aire requerido para el cálculo y el procedimiento cuando se cuente con valores de infiltración o permeabilidad al aire de carpinterías con certificado de eficiencia o etiquetado. e) El procedimiento para la obtención de la carga térmica de calefacción anual. f) Recomendaciones para el aislamiento de cañerías de agua caliente y calefacción.
2.3.7.3. Demanda de energía en refrigeración Gr.
Será de aplicación la Norma IRAM 11659-1,2 #; en forma complementaria a lo indicado en el apartado 2.4.2.; considerando los siguientes aspectos: a) Cálculo del coeficiente volumétrico de refrigeración Gr. b) Parámetros de ahorro de energía para refrigerar edificios a través de valores máximos admisibles Gradm.
3.1. Características exigibles a los productos y control de recepción en obra.
3.1.1. Los valores de las conductividades térmicas de cada material se obtendrán según Norma IRAM 11601 #.
Los materiales que no estén incluidos dentro de la lista enunciada en la Norma 11601 #, deberán ser ensayados en organismos certificados y de acuerdo a las Normas IRAM de métodos de ensayo: la 11559 # (“Determinación de la resistencia térmica y propiedades conexas en régimen estacionario. Método de la placa caliente con guarda”), e IRAM 1860 # (“Método de ensayo de las propiedades de transmisión térmica en régimen estacionario, mediante el aparato de medición del flujo de calor”).
3.1.1.1. Los edificios se caracterizan térmicamente a través de las propiedades higrotérmicas para de los productos de construcción que componen su envolvente térmica.
3.1.1.3. Los productos para los muros y la parte ciega de las cubiertas se definen mediante las siguientes propiedades higramétricas: a) La conductividad térmica [ ] (W / mK). b) El factor de resistencia a la difusión del vapor de agua µ. c) La densidad [ ] (Kg / m3). d) El calor específico Cp (J / kg.K).
3.1.1.4. Los productos para huecos y lucernarios se caracterizan mediante los siguientes parámetros: a) Parte semitransparente del hueco por:
I) La transmitancia térmica Kv (W / m2 K).
II) El factor de exposición solar, Fes. b) Marcos de huecos (puertas y ventanas) y lucernarios por:
I) La transmitancia térmica KM (W / m2 K).
II) 3.1.1.5. Los valores de diseño de las propiedades citadas se obtendrán de valores declarados para cada producto o componente, según Norma IRAM 11601 #, o de Documentos Reconocidos para cada tipo de producto.
Los materiales que no estén incluidos dentro de la lista enunciada en la Norma 11601 #, deberán ser ensayados en organismos certificados y de acuerdo a las Normas IRAM de métodos de ensayo: la 11559 # (“Determinación de la resistencia térmica y propiedades conexas en régimen estacionario. Método de la placa caliente con guarda”), y IRAM 1860 # (“Método de ensayo de las propiedades de transmisión térmica en régimen estacionario, mediante el aparato de medición del flujo de calor”).
3.1.1.7. En el pliego de condiciones del proyecto se indicarán las condiciones particulares de control para la recepción de los productos que forman los cerramientos y particiones interiores de la envolvente térmica, incluyendo los ensayos necesarios para comprobar que los mismos reúnen las características exigidas en los apartados anteriores.
3.1.1.8. Debe comprobarse que los productos recibidos: a) Corresponden a los especificados en el pliego de condiciones del proyecto. b) Disponen de la documentación exigida. c) Están caracterizados por las propiedades exigidas. d) Han sido ensayados, cuando así se establezca en el pliego de condiciones o lo determine el Director de Obra.
3.1.1.9. En el control se seguirán los criterios indicados en el Reglamento de Edificación.
3.2. Características exigibles a los cerramientos y particiones interiores de la envolvente térmica.
3.2.1. Las características exigibles a los cerramientos y particiones interiores son las expresadas mediante los parámetros característicos de acuerdo con lo indicado en el Apartado 2 de este documento. El cálculo de estos parámetros deberá figurar en la memoria del proyecto.
3.3. Control de la ejecución de la obra.
3.3.1. El control de la ejecución de las obras se realizará de acuerdo con las especificaciones del proyecto, sus anexos y modificaciones autorizados por el director de obra y las instrucciones del director de la ejecución de la obra, conforme a lo indicado en el Reglamento de Edificación y demás normativa vigente de aplicación.
3.3.2. Se comprobará que la ejecución de la obra se realiza de acuerdo con los controles y con la frecuencia de los mismos establecida en el pliego de condiciones del proyecto.
3.3.3. Cualquier modificación que pueda introducirse durante la ejecución de la obra quedará en la documentación de la obra ejecutada sin que en ningún caso dejen de cumplirse las condiciones mínimas señaladas en este Documento Básico.
3.3.4. Cerramientos y particiones interiores de la envolvente térmica.
3.3.4.1. Se prestará especial cuidado en la ejecución de los puentes térmicos integrados en los cerramientos tales como pilares, contornos de huecos y cajas de persiana, atendiéndose a los detalles constructivos correspondientes.
3.3.4.2. Se controlará que la puesta en obra de los aislamientos térmicos se ajusta a lo indicado en el proyecto, en cuanto a su colocación, posición, dimensiones y tratamiento de puntos singulares.
3.3.4.3. Se prestará especial cuidado en la ejecución de los puentes térmicos tales como frentes de forjado y encuentro entre cerramientos, atendiéndose a los detalles constructivos correspondientes.
3.3.5. Condensaciones.
3.3.5.1. Si es necesario la interposición de una barrera de vapor, ésta se colocará en la cara caliente del cerramiento y se controlará que durante su ejecución no se produzcan roturas o deterioros en la misma.
3.3.6. Permeabilidad al aire.
3.3.6.1. Se comprobará que la fijación de los cercos de las carpinterías que forman los huecos (Puertas y ventanas) y lucernarios, se realiza de tal manera que quede garantizada la estanqueidad a la permeabilidad del aire especificada.
3.3.7. Puentes térmicos.
3.3.7.1. Los materiales aislantes térmicos de masa o soluciones constructivas especificadas en el proyecto, deberán cubrir el máximo de la superficie de la parte del muro, techo y piso, conformando un elemento continuo por todo el contorno de la envolvente expuesta al aire exterior.
La transmitancia térmica correspondiente a un puente térmico, no puede ser mayor que una vez y medio el valor de la transmitancia térmica del cerramiento opaco, establecido en Norma IRAM 11605 #.
Para minimizar la ocurrencia de los puentes térmicos, los materiales aislantes térmicos de masa o soluciones constructivas especificadas en el proyecto, sólo podrán estar interrumpidas por elementos estructurales y/o tuberías, cañerías de las instalaciones de servicios.
3.4. Control de la Obra terminada.
En el control de la obra terminada se seguirán los criterios indicados en el Reglamento de Edificación y las pruebas o controles no prescriben, pudiendo realizarse auditorias posteriores a la puesta en servicio de la obra.
IRAM 11549 #. Acondicionamiento térmico de edificios. Vocabulario.
IRAM 11601 #. Acondicionamiento térmico de edificios. Método de cálculo. Propiedades térmicas de los componentes y elementos de construcción en régimen estacionario.
IRAM 11603 #. Acondicionamiento térmico de edificios. Clasificación biambiental de la República Argentina.
IRAM 11604 #. Acondicionamiento térmico de edificios. Ahorro de energía en calefacción.
Coeficientes volumétricos G de pérdidas de calor.
IRAM 11605 #. Acondicionamiento térmico de edificios. Condiciones de habitabilidad en viviendas.
IRAM 11630 #. Acondicionamiento térmico de edificios. Verificación del riesgo de condensación del vapor de agua superficial e intersticial en los puntos singulares de muros exteriores, pisos y techos de edificios en general.
IRAM 11507-1 #. Carpintería de obra. Ventanas exteriores. Requisitos básicos y clasificación.
IRAM 11507-4 #. Carpintería de obra. Ventanas exteriores. Requisitos complementarios.
Aislamiento térmico.
IRAM 11659-1 #. Aislamiento térmico de edificios. Verificación de sus condiciones higrotérmicas.
Ahorros de energía en refrigeración. Parte 1: Vocabulario, definiciones, tablas y datos para determinar la carga térmica de verano.
IRAM 11659-2 #. Acondicionamiento térmico de edificios. Verificación de sus condiciones higrotérmicas. Ahorro de energía en refrigeración. Parte 2: Edificios para vivienda.
IRAM 11900 #. Etiquetado de Eficiencia Energética de Calefacción para Edificios.
La ciudad de Buenos Aires está ubicada en zona sísmica 0, o sea zona de muy reducida peligrosidad sísmica, por lo que es de aplicación el Reglamento INPRES-CIRSOC 103 # Tomo I - Artículos 4.2.; 4.2.l.; 4.2.2.l.; 4.2.2.2.; y 4.2.2.3., los que a continuación se transcriben:
4.2. En la zona 0, los requerimientos se establecen de acuerdo con el tipo de construcción:
4.2.2. Para que, en los restantes tipos de construcciones, se consideren cumplidos los requisitos mínimos de previsiones sismorresistentes, se deberán presentar planos verticales resistentes a fuerzas horizontales en dos direcciones ortogonales y que conformen un mecanismo apto para resistir torsiones.
Cuadro del artículo 4 (1 de 5)
El territorio de la República Argentina se divide en cinco (5) zonas de acuerdo con el grado de
peligrosidad sísmica.
En la Figura 1 y en la Tabla 1 se especifica la zonificación sísmica del territorio nacional en función
del grado de peligrosidad sísmica.
Tabla 1. Zonificación de la República Argentina en función del grado de peligrosidad sísmica.
ZONA
PELIGROSIDAD SISMICA
0
Muy reducida
1
Reducida
2
Moderada
3
Elevada
4
Muy elevada
Cuadro del artículo 4 (2 de 5)
4.2.2.1. Para las construcciones cuya altura total supere los 12 m y que hayan sido verificadas bajo
los efectos del viento en las dos direcciones principales, se controlará que la resultante en cada
dirección de las fuerzas del viento sea igual o mayor que el 1,5 % del peso total de la construcción.
Si esta circunstancia no se cumple en alguna dirección, se amplificarán las acciones del viento
hasta satisfacerla.
El punto de aplicación de la fuerza resultante de la acción del viento se debe encontrar
aproximadamente coincidente o por encima del centro de gravedad de la construcción.
4.2.2.2. Cuando no se cumpla este último requisito o no se hayan considerado los efectos del
viento, se deberá verificar la estructura bajo la acción de fuerzas horizontales iguales al 1,5 % de
los pesos aplicadas en los respectivos centros de gravedad.
4.2.2.3. Deberán cumplirse los requisitos sobre arriostramiento de fundaciones establecidos en el
Tomo 1 del Reglamento INPRES-CIRSOC 103 #, Capítulo 17. Suelos y Fundaciones, artículo
17.5.4. que se transcribe a continuación:
17.5.4. Arriostramiento de apoyos en la zona sísmica 0
En la zona sísmica 0, los elementos estructurales de sistemas discontinuos de fundaciones
superficiales sobre suelos tipos II y III (ver Tabla 3), se vincularán entre sí mediante un sistema de
riostras dispuestas preferentemente según dos direcciones perpendiculares, las cuales serán
capaces de resistir en tracción o compresión un esfuerzo igual al 7 % de la carga axial en el
elemento arriostrado.
Los elementos de fundaciones profundas tales como cabezales de pilotes, pozos romanos, etc., se
vincularán mediante un sistema de riostras dispuestas preferentemente según dos direcciones
perpendiculares, y serán capaces de resistir en tracción o compresión un esfuerzo igual al 10% de
la carga axial en el elemento arriostrado.
La sección mínima de hormigón será de 20 cm x 20 cm, con armadura longitudinal mínima de 4
barras de ds = 10 mm (ds es el diámetro de las barras de acero) y estribos de ds = 6 mm cada 20
cm como mínimo.
Tabla 3. Clasificación de los suelos de fundación dinámicamente estables.
CARACTERÍSTICAS Suelo IDENTIFICACIÓN Velocidad Prueba de Tensión admisible de penetración propagación normalizada sadm de ondas P.P.N. de corte
Suelo
IDENTIFICACIÓN
CARACTERÍSTICAS
Velocidad de propagación de ondas de corte
Prueba de penetración normalizada P.P.N.
Tensión admisible sadm
Cuadro del artículo 4 (3 de 5)
Tipo I
Muy firmes y compactos
a) Rocas firmes y formaciones similares
>= 700
---------------
O sadm >= 2
b) Suelos rígidos sobre roca firme, con profundidad de manto menor que 50 m (por ejemplo: gravas y arenas muy densas y compactas; suelos cohesivos muy duros con cohesión mayor que 0,2 MN/m2)
< 700 y >= 40 0
>= 30
0,3 <= O sadm < 2
Tipo II
Intermedios
a) Suelos rígidos con profundidad de manto mayor que 50 m (por ejemplo: gravas y arenas muy densas y compactas; suelos cohesivos muy duros con cohesión mayor que 0,2 MN/m2)
< 700 y >= 400
>= 30
0,3 <= O sadm < 2
b) Suelos de características intermedias con profundidad de manto mayor que 8 m (por ejemplo: suelos granulados medianamente densos; suelos cohesivos de consistencia dura con cohesión entre 0,07 y
100 a 400
Granulares >= 15 y < 30 Cohesivos >= 10 y < 15
0,1 <= O sadm< 0,3
Cuadro del artículo 4 (4 de 5)
Tipo III
Blandos
Suelos granulares poco densos; suelos cohesivos blandos o semiduros (cohesión menor que 0,05 MN/m2); suelos colapsibles
< 100
< 10
O sadm < 0,1
Cuadro del artículo 4 (5 de 5)
Número de Artículo del Texto Definitivo
Fuente
1.1/ 4.4.3.6
Texto Consolidado
4.4.3.7
Ley 4.908, Art. 1°
4.4.6/ 4.4.8.1
Texto Consolidado
4.4.8.2
Ley 4.909, Art. 1° (Anexo art 1º)
4.4.8.2 último párrafo
Ley 4.909, Art. 1° (Anexo art 2º fusión)
4.4.9.0/ 4.8.2.2
Texto Consolidado
4.8.2.3 inc. a)
Ley 4.973, Art. 1°
4.8.2.3 incs. b) / i)
Texto Consolidado y Ley 4.973, Art. 2°
4.8.2.4/7.6.2.5
Texto Consolidado
7.6.3.0/7.6.3.6
Ley 5.369, Art. 4°
7.7.1.0/ 7.11.2
Texto Consolidado
7.12/7.12.1.3
Ley 4.978, Art. 6°
8.1/ 8.14.4
Texto Consolidado
8.14.5
Ley 4.904, Art. 1°
Anexos
Texto Consolidado
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Acá está el detalle de ingeniería con el que se calculó lo que hoy sigue en pie: la tensión admisible de un muro de ladrillo común, el empuje que se le supuso a un submuro, la resistencia al fuego de una puerta de madera. Sabemos quién está comprando lotes en cada manzana de CABA. En vez de esperar a que aparezca un comprador, te mostramos las ofertas de varios a la vez y comparás en vez de aceptar la primera que te llega.
El código dice qué se puede construir. Nosotros te decimos cuánto vale eso, quién lo paga y en cuánto tiempo.
Acabás de leer 8 Reglamentos Técnicos: Cargas, Estructuras e Instalaciones. Acá está el detalle de ingeniería con el que se calculó lo que hoy sigue en pie: la tensión admisible de un muro de ladrillo común, el empuje que se le supuso a un submuro, la resistencia al fuego de una puerta de madera. Es a lo que va un profesional cuando tiene que decidir si un elemento existente se conserva o se reemplaza. Nuestra red de constructoras oferta en 24 hs. Empezá por saber qué tenés.
¿Qué se puede construir en una dirección?
Escribí una dirección de CABA y te abrimos la prefactibilidad de esa parcela en una pestaña nueva: qué permite el Código Urbanístico ahí, cuántos metros salen y qué vale ese metro.
Esta transcripción es material de consulta. No sustituye al texto oficial del Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires ni al criterio del profesional que firme tu proyecto.