Antes de vender: los derechos de exportación
Es el más grande y el que se cobra primero. Los derechos de exportación se aplican sobre el valor FOB del grano, o sea antes de descontar el flete y antes de que exista un resultado. Vigentes desde junio de 2026 según el Decreto 423/2026: soja 24 %, maíz y sorgo 8,5 %, trigo y cebada 5,5 %, girasol 4,5 %.
Que se cobren antes del flete tiene una consecuencia geográfica muy concreta: castigan más lejos del puerto. Sobre el excedente económico de la actividad, los derechos explicaron 34 puntos en la zona núcleo y 58 en la zona extrapampeana, en el promedio de abril de 2025 a marzo de 2026.
El mismo decreto fijó un cronograma de baja hasta diciembre de 2028: la soja va a 21 % en diciembre de 2027 y a 15 % en diciembre de 2028, el maíz y el sorgo a 5,5 % en diciembre de 2028, el girasol a 3 % en septiembre de 2028. Un cronograma escrito no es una alícuota vigente, y para una cuenta de hoy se usa la de hoy.
Por tener la tierra: el inmobiliario rural, y acá la provincia decide
El impuesto inmobiliario rural es provincial y se paga por tener el campo, se lo siembre o no. Se liquida sobre la valuación fiscal, que la fija cada provincia por decisión administrativa y que no tiene por qué parecerse al valor de mercado.
La dispersión entre provincias es el dato que más sorprende: un estudio comparativo de 2026 encontró que el inmobiliario rural bonaerense llega a superar hasta catorce veces al de otras jurisdicciones sobre explotaciones equivalentes. Dos campos idénticos a cada lado de un límite provincial pagan cosas muy distintas.
Para 2026, Córdoba proyectó una actualización del orden del 30 % sobre el impuesto puro, tomando el índice de precios internos al por mayor como referencia. Santa Fe previó un aumento del 14 % para el primer semestre, con descuentos segmentados por zona y por tamaño: 50 % para predios de hasta 300 hectáreas en el norte provincial, 40 % en el centro y 30 % en el sur.
Esto es información que entra directo en una tasación por capitalización, porque se descuenta de la renta todos los años. Sobre una renta bruta del 3 %, el inmobiliario no es un detalle.
Sobre la facturación: Ingresos Brutos, que también es provincial
Ingresos Brutos grava la facturación y no el resultado, así que se paga aunque la campaña dé pérdida. La actividad agropecuaria primaria está exenta en varias provincias, y esa exención suele tener un tope de facturación que hay que mirar todos los años.
Santa Fe previó para 2026 la continuidad de la exención para el sector agropecuario. En Buenos Aires, en cambio, la baja actualización de los mínimos dejó a productores que estaban dentro del régimen exento obligados a tributar desde 2026, sin que cambiara la norma de fondo: cambió el umbral, o mejor dicho no cambió lo suficiente.
Ese es un mecanismo que conviene entender porque se repite. Un mínimo que no se actualiza al ritmo de la inflación es un aumento de impuesto que no necesita una ley nueva, y aparece del lado del contribuyente como una sorpresa.
Sobre el resultado: Ganancias
El impuesto a las ganancias se calcula sobre el resultado del ejercicio, después del margen neto de la campaña. Es el único de la lista que respeta el signo del negocio: si no hubo ganancia, no hay impuesto.
En la actividad agropecuaria tiene una particularidad que vale la pena conocer: la existencia de hacienda y de granos en stock forma parte del resultado impositivo según reglas de valuación propias, así que decidir cuándo vender puede cambiar en qué ejercicio cae el resultado. Es una de las razones por las que un productor retiene grano, además de la expectativa de precio.
La calculadora de Ganancias del sitio hace la cuenta sobre un resultado dado, y sirve para dimensionar el orden de magnitud antes de sentarse con el contador.
Sobre el patrimonio: Bienes Personales
Bienes Personales grava el patrimonio de las personas humanas, y un campo a nombre de una persona entra por su valuación. Es el otro impuesto que se paga por tener y no por producir, así que se descuenta de la renta igual que el inmobiliario.
La estructura de titularidad cambia bastante la cuenta, y por eso muchos campos están a nombre de sociedades. Cuál conviene depende del caso completo, incluida la sucesión, y es exactamente la clase de decisión que no se toma leyendo una guía.
Para dimensionar el impacto sobre un patrimonio declarado está la calculadora de Bienes Personales.
Al comprar y al vender: sellos, ITI y el impuesto cedular
La compra de un campo paga impuesto de sellos provincial sobre la escritura, más honorarios y aportes. La calculadora de costos de compraventa arma ese paquete, que en una operación rural se mide en decenas de miles de dólares.
La venta tributa distinto según cuándo se adquirió el inmueble. Para adquisiciones anteriores al 1 de enero de 2018 corre el Impuesto a la Transferencia de Inmuebles, 1,5 % sobre el precio y no sobre la ganancia. Para las posteriores, el impuesto cedular del 15 % sobre la ganancia, que es precio de venta menos costo actualizado menos gastos.
La diferencia entre las dos bases no es menor: el ITI se paga aunque la operación haya dado pérdida real, porque grava el precio. La calculadora del impuesto de la venta resuelve cuál te toca según la fecha de adquisición.
Y la capa que no es un impuesto pero se comporta como uno
Un campo se compra y se tasa en dólares, el grano se vende en dólares y buena parte de los costos se paga en pesos. Cada movimiento del tipo de cambio reacomoda el margen sin que nada del campo cambie, y cuando existe una brecha entre cotizaciones, el tipo al que se liquida una exportación es una decisión de política que pesa como una alícuota.
Por eso toda cuenta agrícola lleva la fecha y el tipo de cambio con el que se hizo. Las cotizaciones del día, con su brecha, están en la sección de dólar, y el mayorista es el que corresponde mirar para una exportación de granos.
Y cuando la comparación es contra una alternativa en pesos, la referencia es la inflación o la UVA, porque un rendimiento nominal en pesos y uno en dólares no se comparan sin pasarlos a la misma unidad.