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General

Convenios Urbanísticos

Primera línea del art. 22, PUA

Están incluidos en el Capítulo 8.4. del Código de Planeamiento Urbano y se los redefinirá en la misma oportunidad.

Definición oficial

Plan Urbano Ambiental · Ley N.º 2.930 · art. 22 · Instrumentos de Promoción

Están incluidos en el Capítulo 8.4. del Código de Planeamiento Urbano y se los redefinirá en la misma oportunidad. Conciernen a acuerdos celebrados entre el Poder Ejecutivo u organismos descentralizados de la Administración y personas físicas o jurídicas. También podrán ser objeto de contratos interjurisdiccionales. En el Código vigente pueden ser de dos tipos: los Convenios Generales, que se refieren a cualquier sector de la Ciudad, y los Convenios Especiales, que son los relativos a la preservación del patrimonio urbano, arquitectónico y paisajístico y a las áreas de desarrollo prioritario. Son mecanismos destinados a resolver situaciones insuficientemente previstas por las normas vigentes. Se considera que su utilización deberá estar restringida a casos en los cuales resulte evidente que su objeto y las correspondientes contraprestaciones, no obstante el interés privado eventualmente involucrado, puedan considerarse de nítido interés público. Para garantizar dicho objetivo, las propuestas serán objeto de un Estudio Diagnóstico previo y de una Evaluación de Impacto final, tal como se prevé para los diferentes tipos de Planes descriptos en “Instrumentos de Planificación.”

Ver en el articulado

Dónde lo usa el Código

El corpus vigente nombra Convenios Urbanísticos en 1 artículo fuera del que lo define, sobre todo en 3.19 Antenas.

  • CU t.c. · art. 3.19.5 · Estructuras soportes de antenas existentes

    Las empresas titulares de estructuras soporte de antenas que se encuentren instaladas y no cumplan con las disposiciones del presente Código deben presentar un plan de adecuación ante el Organismo Competente para la elaboración de un Convenio Urbanístico…

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Esta transcripción es material de consulta. No sustituye al texto oficial del Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires ni al criterio del profesional que firme tu proyecto.