Saltar al contenido
¿Querés vender tu lote a una constructora?

Usos del suelo

Centro cultural

Primera línea del art. 1.4.2.2, CU t.c.

Espacio no convencional y/o experimental y/o multifuncional donde se realizan manifestaciones artísticas de cualquiera tipología, espectáculos, funciones, festivales, bailes, exposiciones, instalaciones y/o muestras con participación…

Definición oficial

Código Urbanístico CABA · Ley N.º 6.764 y modificatorias posteriores · art. 1.4.2.2 · Conceptos relativos al Uso: Tipos de Uso

Espacio no convencional y/o experimental y/o multifuncional donde se realizan manifestaciones artísticas de cualquiera tipología, espectáculos, funciones, festivales, bailes, exposiciones, instalaciones y/o muestras con participación directa o tácita de los intérpretes y/o asistentes sobre el escenario. Las tipologías definidas son las siguientes: a) Centro cultural “Clase A”: Hasta ciento cincuenta (150) personas, no pudiendo ser la superficie de uso mayor a trescientos (300) m2. b) Centro cultural “Clase B”: Desde ciento cincuenta y uno (151) a trescientos (300) personas, no pudiendo ser la superficie de uso mayor a quinientos (500) m2. c) Centro cultural “Clase C”: Desde trescientas una (301) hasta quinientas (500) personas, no pudiendo ser la superficie de uso mayor a mil (1000) m2. d) Centro cultural “Clase D”: Más de quinientas una (501) personas, la superficie de uso mayor a mil (1000) m2.

Ver en el articulado

Dónde lo usa el Código

El corpus vigente nombra Centro cultural en 3 artículos fuera del que lo define, sobre todo en 3.8.2.1 Local de Representación y/o Exhibición. Local de Lectura y en 3.6 Usos en una misma parcela.

  • CE t.o. · art. 3.8.2.1 · Local de Representación y/o Exhibición. Local de Lectura

    - Centro Cultural (A, B, C y D)

    Leer el artículo
  • CE t.o. · art. 3.8.2.1.1 · Centro Cultural

    Cuando los medios de egreso coincidan con un medio general a que concurran otros usos compatibles con los que esté comunicada la sala, el ancho calculado para el Centro Cultural debe ser incrementado en la medida que surja al aplicar el factor de ocupación de…

    Leer el artículo
  • CU t.c. · art. 3.6.1.1.1 a 3.6.1.1.12 · Usos complementarios específicos por rubro

    3.6.1.1.7 Centro Cultural: Pueden autorizarse como actividades complementarias los rubros “Galería de arte”, “Salón de exposiciones”, “Salón de conferencias, Sala audiovisual”, “Sala de ensayo”, “Local de lectura”, Local de venta de libros y discos.

    Leer el artículo

¿Qué se puede construir en esta dirección?

Escribí una dirección de CABA y te abrimos la prefactibilidad de esa parcela en una pestaña nueva.

La red de constructoras

Te conectamos con las constructoras que ya compran en tu zona y ofertamos en 24 hs.

Estuviste leyendo qué es Centro cultural en la normativa de CABA. En vez de esperar a que aparezca un comprador, te mostramos las ofertas de varios a la vez y comparás en vez de aceptar la primera que te llega.

Del código a la operación

El código dice qué se puede construir. Nosotros te decimos cuánto vale eso, quién lo paga y en cuánto tiempo.

Acabás de leer qué es Centro cultural según Código Urbanístico CABA. Nuestra red de constructoras oferta en 24 hs. Empezá por saber qué tenés.

¿Qué se puede construir en una dirección?

Escribí una dirección de CABA y te abrimos la prefactibilidad de esa parcela en una pestaña nueva: qué permite el Código Urbanístico ahí, cuántos metros salen y qué vale ese metro.

Esta transcripción es material de consulta. No sustituye al texto oficial del Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires ni al criterio del profesional que firme tu proyecto.