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Abreviatura

Ciudad

Resumen TodoProps

La forma corta con la que el Código nombra a la Ciudad Autónoma de Buenos Aires en todo el articulado.

Definición oficial

Código Urbanístico CABA · Ley N.º 6.764 y modificatorias posteriores · art. 1.3 · Abreviaturas

Ciudad Autónoma de Buenos Aires.

Ver en el articulado

En la práctica · lectura TodoProps

  • La Ciudad es la jurisdicción; el Gobierno es quien aplica. El artículo dice cuál de las dos obliga.
  • En un artículo que impone un deber, importa a quién se lo impone.

Dónde lo usa el Código

El corpus vigente nombra Ciudad en 104 artículos fuera del que lo define, sobre todo en 7.2 Regulación para el hábitat, 7.1 Lineamientos del hábitat, 9.1 Obligación de Proteger y en 3.7.4 Estrategias de Compromiso Ambiental.

  • CE t.o. · art. 1.1.3 · Ámbito de Aplicación

    El ámbito de aplicación territorial del presente Código es el ejido de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires.

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  • CE t.o. · art. 1.1.4 · Idioma Nacional y Sistema de Medidas

    Las medidas que eventualmente contengan los documentos en idioma extranjero y que correspondan a otros sistemas de medición, deben convertirse al de aplicación en el ámbito de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires al momento de su recepción por la Autoridad de…

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  • CE t.o. · art. 2.1.6.5 · Avisos y Permisos de Ejecución de Obra Civil e Instalaciones llevadas a cabo por Gobiernos, Entes Autárquicos u Organismos Internacionales

    cabo por Gobiernos, Entes Autárquicos u Organismos Internacionales Se encuentran incluidas las obras ejecutadas por el Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, Gobiernos Provinciales, el Estado Nacional, los entes autárquicos dependientes de éstos,…

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  • CE t.o. · art. 3.1.4.9 · Utilización de fachadas y veredas para Equipamiento Urbano y Señalización

    Vigencia: a partir de los sesenta (60) días hábiles desde su publicación en el Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires).

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  • CE t.o. · art. 3.2 · Preservación Patrimonial

    La salvaguarda y puesta en valor de los inmuebles incluidos en el Catálogo de Inmuebles Protegidos consignado en la normativa urbanística vigente imponen la obligación de proteger y ordenar las conductas de los habitantes en función de la preservación del…

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  • CE t.o. · art. 3.2.2 · Criterios Generales de Actuación

    Vigencia: a partir de los sesenta (60) días hábiles desde su publicación en el Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires).

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  • CE t.o. · art. 3.3.2.4 · Iluminación y Ventilación de los Locales Complementarios o de Segunda Clase

    Vigencia: a partir de los sesenta (60) días hábiles desde su publicación en el Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires).

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  • CE t.o. · art. 3.3.2.14 · Separación Mínima de Construcción Contigua a Eje Divisorio entre Predios

    Vigencia: a partir de los sesenta (60) días hábiles desde su publicación en el Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires).

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  • CE t.o. · art. 3.4.3 · Puertas

    Vigencia: a partir de los sesenta (60) días hábiles desde su publicación en el Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires).

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  • CE t.o. · art. 3.4.5.2 · Rampas no Exigidas

    Vigencia: a partir de los sesenta (60) días hábiles desde su publicación en el Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires).

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  • CE t.o. · art. 3.4.7.2 · Coeficiente de Ocupación

    Vigencia: a partir de los sesenta (60) días hábiles desde su publicación en el Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires).

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  • CE t.o. · art. 3.4.7.3 · Ancho de Corredores de Piso

    Vigencia: a partir de los sesenta (60) días hábiles desde su publicación en el Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires).

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Hay 92 artículos más que lo nombran. El buscador del corpus los lista todos: buscar Ciudad en los códigos.

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Esta transcripción es material de consulta. No sustituye al texto oficial del Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires ni al criterio del profesional que firme tu proyecto.