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Edificación y habitabilidad

Energías renovables

Primera línea del art. 1.2, CE t.o.

Energía obtenida a partir de fuentes naturales inagotables, entre las cuales se encuentran la energía eólica, la solar, la geotérmica, la hidroeléctrica de baja potencia, la biomasa y los biocombustibles.

Definición oficial

Código de Edificación CABA · Ley N.º 6.100 y modificatoria Ley N.º 6.438 · art. 1.2

Energía obtenida a partir de fuentes naturales inagotables, entre las cuales se encuentran la energía eólica, la solar, la geotérmica, la hidroeléctrica de baja potencia, la biomasa y los biocombustibles.

Ver en el articulado

Dónde lo usa el Código

El corpus vigente nombra Energías renovables en 4 artículos fuera del que lo define, sobre todo en 3.7.4 Estrategias de Compromiso Ambiental y en 7.2 Regulación para el hábitat.

  • CE t.o. · art. 3.7.4.5 · Eficiencia Energética y Energías Renovables

    La incorporación de energías renovables tiene como objetivo la reducción del consumo de energía convencional proveniente de fuentes fósiles.

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  • CE t.o. · art. 3.7.4.5.2 · Energías Renovables

    Los edificios alcanzados según se establece a continuación y en los Reglamentos Técnicos deben reemplazar parte de la energía convencional de red que demanden para su funcionamiento por energías renovables, conforme los parámetros establecidos en el presente…

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  • CE t.o. · art. 3.7.4.5.2.3 · Energía Geotérmica, Eólica y Otras Energías Renovables

    Asimismo, se valora la incorporación de otras energías renovables, como la eólica o el biogás, según se indique en los Reglamentos Técnicos.

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  • CU t.c. · art. 7.2.8.3 · Herramientas del Compromiso Ambiental

    Incorporación de Energías Renovables.

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