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General

Parcela de Esquina

Resumen TodoProps

La parcela que tiene al menos dos lados adyacentes sobre la vía pública.

Definición oficial

Código Urbanístico CABA · Ley N.º 6.764 y modificatorias posteriores · art. 1.4.1 · Conceptos generales

Parcela que tiene por lo menos dos lados adyacentes sobre la vía pública.

Ver en el articulado

Ejemplo TodoProps · números de ejemplo, no de la ley

Dos lotes de 240 m² en la misma cuadra, uno de esquina y otro intermedio.

Superficie de los dos
240 m²
Frentes sobre la vía pública, esquina
2
Frentes, intermedio
1
Superficie afectada por ochava
cerca de 8 m²
Metros lineales de vidriera en planta baja
32 m contra 12 m

La esquina pierde ocho metros de superficie y gana veinte metros lineales de frente. En uso comercial esa cuenta no está ni cerca de equilibrarse: la esquina vale bastante más.

En la práctica · lectura TodoProps

  • Las reglas de altura y de tejido de la esquina son propias. No se le aplican las de la parcela intermedia.
  • La ochava se resta del área edificable y suele afectarse al uso público.
  • En vivienda, la ventaja es la orientación y la ventilación cruzada; en comercio, el frente.

Dónde lo usa el Código

El corpus vigente nombra Parcela de Esquina en 3 artículos fuera del que lo define, sobre todo en 6.4 Área Edificable y en 4.2 Parcelamiento.

  • CU t.c. · art. 4.2.1 · División y Parcelas Mínimas

    b) Caso de parcela de esquina: Se procederá según se establece en el inciso a) y a los efectos del cómputo de la superficie mínima, se considerará como parte de ella la de la vía pública comprendida entre la L.O.E. y las prolongaciones de las L.O. de las…

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  • CU t.c. · art. 6.4.1.3 · Línea Oficial de Esquina (L.O.E.)

    En la parcela de esquina se prohíbe la construcción en la superficie de terreno comprendida entre las L.O. y la L.O.E. concurrentes a los efectos de asegurar una mejor visibilidad para el tránsito.

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  • CU t.c. · art. 6.4.1.3.2 · Retiro Obligatorio de la L.O.E.

    En los casos en que fuera obligatorio el retiro previsto en el artículo 6.4.1.3.1 la L.O.E podrá edificarse retirado o detrás de la misma, siempre que se conserve deslindada la parcela mediante signos materiales que acusen esa L.O.E., a fin de establecer que…

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Esta transcripción es material de consulta. No sustituye al texto oficial del Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires ni al criterio del profesional que firme tu proyecto.