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Abreviatura

A.E.I.

Resumen TodoProps

Sigla de Áreas Especiales Individualizadas, los distritos del Código Urbanístico donde el FOT se aplica como parámetro de edificabilidad.

Definición oficial

Código Urbanístico CABA · Ley N.º 6.764 y modificatorias posteriores · art. 1.3 · Abreviaturas

Área Especiales Individualizadas

Ver en el articulado

Ejemplo TodoProps · números de ejemplo, no de la ley

La misma cuenta hecha sobre dos parcelas, una dentro de un A.E.I. con F.O.T. asignado y otra en tejido corriente.

Superficie de las dos parcelas
400 m²
Parcela en A.E.I., F.O.T. 3
1.200 m²
Parcela en tejido corriente
no tiene F.O.T. asignado
Cómo se calcula la segunda
por altura y plano límite
Metros que rinde la segunda
los que entren bajo el perfil

Dos parcelas iguales, dos regímenes distintos. Saber cuál aplica es el paso previo a cualquier cuenta, y es el que más veces se saltea.

En la práctica · lectura TodoProps

  • Antes de multiplicar por un F.O.T., verificá que la parcela esté en un A.E.I. que lo asigne.
  • Fuera de las A.E.I. la edificabilidad se resuelve por altura, plano límite y unidad de edificabilidad.
  • En un A.E.I. la capacidad constructiva se arma sumando superficie edificable más deducibles.

Dónde lo usa el Código

El corpus vigente nombra A.E.I. en 26 artículos fuera del que lo define, sobre todo en 8.4 Urbanizaciones de Barrios Populares, 4.2 Parcelamiento, 7.2 Regulación para el hábitat y en 9.1 Obligación de Proteger.

  • CU t.c. · art. 1.4.3 · Conceptos relativos a la edificabilidad

    En las áreas especiales individualizadas, corresponde a la sumatoria de la superficie edificable y las superficies deducibles.

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  • CU t.c. · art. 1.5 · Conceptos de Protección Patrimonial

    Pieza de Ajuste Aquellos edificios a construir dentro de Áreas de Protección Histórica (APH) que articulan diferentes situaciones edilicias con edificios con valor patrimonial y/o edificios consolidados, y que se encuadran en los tipos enunciados en los…

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  • CU t.c. · art. 4.2 · Parcelamiento

    Las áreas reguladas en el Anexo II “Áreas Especiales Individualizadas” que se rigen por sus normas especiales.

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  • CU t.c. · art. 4.2.1 · División y Parcelas Mínimas

    La división y parcelas mínimas se rige por las siguientes disposiciones, salvo para las áreas reguladas en el Anexo II “Áreas Especiales Individualizadas” que se rigen por sus normas especiales.

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  • CU t.c. · art. 4.2.2 · Subdivisión y redistribución parcelaria

    Las áreas reguladas en el Anexo II “Áreas Especiales Individualizadas” que se rigen por sus normas especiales.

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  • CU t.c. · art. 4.2.3 · Subdivisión y redistribución de parcelas edificadas

    Para el caso de las Áreas Especiales Individualizadas, cuyas parcelas están reguladas por el Factor de Ocupación Total (F.O.T.), las edificaciones implantadas en las parcelas resultantes no deben exceder el indicador de la parcela originaria.

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  • CU t.c. · art. 4.3 · Apertura de Vías Públicas

    El ancho de las calles no será menor que diecisiete metros con treinta y dos centímetros (17,32m) y el de los pasajes que once metros con treinta y seis centímetros (11,36m), excepto para el caso de las Áreas contempladas en el Anexo II “Áreas Especiales…

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  • CU t.c. · art. 6.10.1 · Edificio Consolidado

    c) Su altura medida a nivel de azotea alcance o sobrepase el setenta y cinco por ciento (75%) de la altura máxima definida para el Área Especial Individualizada en la que se sitúe.

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  • CU t.c. · art. 7.2.9.2 · Equipamientos Especiales Específicos

    Los Equipamientos Especiales y sus normas se especifican en el Anexo II “Áreas Especiales Individualizadas”, el cual integra el presente Código.

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  • CU t.c. · art. 7.2.10.2 · Cuartel de Bomberos y Comisaría

    b8) Retiros de frente: En la planta baja se permite materializar retiros de frente en todas las Unidades de Edificabilidad y Áreas Especiales Individualizadas.

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  • CU t.c. · art. 7.2.11.2.2 · Morfología Edilicia

    c) En los tramos en que las Autopistas AU1, AU6 y AU7, atraviesan a las Áreas Especiales: APH1, U2b, U2c, U3c, U3d, U44, U31b, U31j, U52, U57, U70 EE60, EE99, EE108 y AE26 la determinación del área edificable se rige por lo establecido en 7.2.11.2.1 inciso…

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  • CU t.c. · art. 7.2.15 · Áreas de Desarrollo Urbano Especial

    Su normativa aplicable se define para cada caso en particular y se encuentra en el Anexo II “Áreas Especiales Individualizadas”.

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Hay 14 artículos más que lo nombran. El buscador del corpus los lista todos: buscar A.E.I. en los códigos.

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Esta transcripción es material de consulta. No sustituye al texto oficial del Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires ni al criterio del profesional que firme tu proyecto.