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Abreviatura

L.O.

Primera línea del art. 1.3, CU t.c.

Línea Oficial.

Definición oficial

Código Urbanístico CABA · Ley N.º 6.764 y modificatorias posteriores · art. 1.3 · Abreviaturas

Línea Oficial.

Ver en el articulado

El artículo de abreviaturas sólo despliega la sigla

La definición de fondo no está ahí: el Código define Línea Oficial (L.O.) por separado, y es esa entrada la que dice qué es y qué condiciona.

Sigla L.O., la línea que separa el lote de la vía pública, actual o proyectada.

Ir a Línea Oficial (L.O.)

Dónde lo usa el Código

El corpus vigente nombra L.O. en 55 artículos fuera del que lo define, sobre todo en 6.4 Área Edificable, 6.2 Condiciones de la Edificabilidad, 3.1.4 Fachadas y en 6.5 Tipologías Edilicias.

  • CE t.o. · art. 3.1.4.4 · Agregados sobre la Fachada

    Sólo pueden ser instalados de la L.O. hacia el interior del predio o edificio.

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  • CE t.o. · art. 3.1.4.5 · Cortinas de Seguridad y Motores de Accionamiento

    El sistema y los motores de accionamiento deben ser ubicados en el interior del predio detrás de la L.O.

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  • CE t.o. · art. 3.1.4.7 · Salientes Sobre Fachada

    Ningún elemento de fachada puede sobresalir de la L.O. hasta la altura total de dicho volumen saliente, incluyendo hojas de puertas, hojas de ventanas, celosías, barandas, rejas, cortinas de enrollar y motores de accionamiento.

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  • CE t.o. · art. 3.1.4.7.1 · Salientes de Ornamentos

    No pueden sobresalir de la L.O. las hojas de puertas, hojas de ventanas, celosías, barandas o rejas.

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  • CE t.o. · art. 3.1.4.7.2 · Salientes del Cornisamiento

    El cornisamento de un edificio puede sobresalir de la L.O. hasta treinta centímetros (0,30 m) o pueden tomar la misma dimensión de la saliente de los predios linderos, siempre que se materialice una junta de dilatación entre ambos cornisamentos.

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  • CE t.o. · art. 3.1.4.7.3 · Toldos

    En las peatonales o calles de tránsito restringido se toma como saliente máxima un octavo (1/8) de la distancia entre L.O. opuestas.

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  • CE t.o. · art. 3.3.1.6.6 · Estacionamiento Vehicular

    Salida para vehículos en predios de esquina No puede ubicarse una salida para vehículos en la Línea Oficial de Esquina; cuando ésta no exista, la salida debe estar alejada no menos de tres metros (3,00 m) del encuentro de las L.O. de las calles concurrentes.

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  • CE t.o. · art. 3.4.7.4.4 · Puertas o Paneles Fijos de Vidrio en Medios de Salida Exigidos

    Cuando estos paneles se hallen ubicados sobre la L.O. o a menos de tres metros (3,00 m) de ésta sobre la fachada, deben colocarse defensas para reducir las consecuencias de choques accidentales de vehículos.

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  • CE t.o. · art. 3.8.2.1 · Local de Representación y/o Exhibición. Local de Lectura

    Como vestíbulo de entrada se considera el espacio comprendido entre la L.O. y la fila de puertas separativas con la sala o lugar destinado al espectáculo o diversión.

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  • CE t.o. · art. 3.8.4 · Alojamiento

    El acceso a los servicios para personas con discapacidad desde la vía pública o desde la L.O., debe proyectarse directamente por circulaciones y pasos sin desniveles, que en caso de existir, deben ser salvados por:

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  • CE t.o. · art. 3.8.6.1.3 · Playa de Estacionamiento

    Debe estar íntegramente pavimentado y provisto de desagües pluviales reglamentarios y canaleta cubierta con rejas en la L.O. coincidiendo con los accesos.

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  • CE t.o. · art. 3.8.6.3.1 · Estación de Servicio

    Los surtidores o bombas de carburante deben estar alejados a una distancia mínima de tres metros (3,00 m) de la L.O.;

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Hay 43 artículos más que lo nombran. El buscador del corpus los lista todos: buscar L.O. en los códigos.

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