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Abreviatura

L.D.P.

Resumen TodoProps

Sigla de Línea Divisoria de Parcela, el nombre genérico que usa el Código para los límites entre una parcela y las linderas.

Definición oficial

Código Urbanístico CABA · Ley N.º 6.764 y modificatorias posteriores · art. 1.3 · Abreviaturas

Línea Divisoria de Parcela.

Ver en el articulado

Ejemplo TodoProps · números de ejemplo, no de la ley

Un lote intermedio y sus tres líneas divisorias de parcela.

Divisorias laterales
2
Divisoria de fondo
1
Aberturas admitidas sobre ellas
ninguna
Muros que se apoyan
medianeros, con reglas del Código Civil y Comercial
Qué queda como frente
la Línea Oficial

Todo lo que no es frente es divisoria, y sobre una divisoria no se abre nada. Esa sola regla explica la forma de casi todas las plantas porteñas.

En la práctica · lectura TodoProps

  • Las laterales y la de fondo tienen reglas distintas. El Código las nombra por separado.
  • El muro sobre una divisoria es medianero y su condominio lo rige el Código Civil y Comercial.
  • En perímetro libre y semilibre, el retiro desde la divisoria tiene mínimos propios.

Dónde lo usa el Código

El corpus vigente nombra L.D.P. en 24 artículos fuera del que lo define, sobre todo en 6.4 Área Edificable, 6.5 Tipologías Edilicias, 6.3 Perfil Edificable y en 3.9.5 Instalaciones Térmicas.

  • CE t.o. · art. 3.9.5.4 · Instalaciones Térmicas de Vapor de Agua a Alta Presión

    La distancia entre el generador y la L.D.P. o Línea Oficial medida en la dirección del eje del artefacto no podrá ser inferior a 3 m, aun cuando se haya construido el muro de protección.

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  • CU t.c. · art. 1.4.3 · Conceptos relativos a la edificabilidad

    Edificio de perímetro Libre Edificio cuyos paramentos estén retirados de las L.D.P. Lateral y no constituyan medianeras.

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  • CU t.c. · art. 3.19.2 · Condiciones de aprobación de estructuras soporte de antenas

    Las estructuras soportes de antenas instalados sobre azotea deben respetar un retiro de tres (3) metros respecto de la L.O. o L.E según corresponda y de cada una de las L.D.P.

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  • CU t.c. · art. 4.2 · Parcelamiento

    Las L.D.P. deben disponerse en ángulo recto con la L.O.

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  • CU t.c. · art. 6.3.1 · Construcciones Permitidas por sobre los Planos Límites

    Para los casos donde la azotea sea accesible se debe proyectar parapetos hasta una altura de un metro con ochenta centímetros (1.80m) únicamente sobre las Líneas Divisorias de Parcela (L.D.P.).

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  • CU t.c. · art. 6.3.2 · Balcones

    Deben cumplir una separación mínima de treinta centímetros (0.30m) desde la Línea Divisoria de Parcela (L.D.P.).

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  • CU t.c. · art. 6.4.1.2 · Retiro de Frente

    b) Si el edificio lindero está consolidado y se encuentra materializado con Retiro de Frente de al menos un metro (1.00 m), la nueva obra debe respetar el retiro de la L.O. del lindero existente, manteniendo esa línea de retiro, retirándose de la L.D.P. como…

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  • CU t.c. · art. 6.4.2.2 · Compensación de L.F.I.

    a) Cuando en una parcela la Línea de Frente Interno (L.F.I.) de la manzana resulte quebrada u oblicua respecto de la/s Líneas Divisorias de Parcela (L.D.P.).

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  • CU t.c. · art. 6.4.2.3 · Extensiones vinculadas al Espacio Libre de Manzana

    a) Las parcelas intermedias, ubicadas por fuera de la prolongación virtual de las L.F.I. concurrentes más nueve metros (9.00 m), que se encuentren alcanzadas por la Línea de Frente Interno (L.F.I.) y la misma diste menos de tres metros (3.00 m) de la Línea…

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  • CU t.c. · art. 6.4.2.4 · Edificabilidad en las parcelas no alcanzadas por la L.F.I

    Se debe dejar una distancia mínima no edificable de cuatro metros (4.00 m) para parcelas ubicadas en U.S.A.B. 0, U.S.A.B. 1 y U.S.A.B. 2 desde la línea divisoria de parcela (L.D.P.) de fondo; de seis metros (6.00 m) para parcelas ubicadas en U.S.A.M y…

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  • CU t.c. · art. 6.4.3.4 · Compensación de L.I.B.

    Cuando en una parcela la Línea Interna de Basamento (L.I.B) de la manzana resulte una línea oblicua respecto de la/s Líneas Divisorias de Parcela (L.D.P.), se la puede regularizar en los casos de basamentos, subsuelos y edificios de tipología Perímetro Libre…

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  • CU t.c. · art. 6.4.3.5 · Edificabilidad en las parcelas no alcanzadas por la L.I.B.

    Se debe dejar una distancia mínima no edificable de cuatro metros (4.00m) desde la Línea Divisoria de Parcela de fondo para los basamentos de parcelas ubicadas en C.M. o C.A.

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Hay 12 artículos más que lo nombran. El buscador del corpus los lista todos: buscar L.D.P. en los códigos.

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