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Usos del suelo

Acuario

Primera línea del art. 1.4.2.2, CU t.c.

Espacio donde se exhiben ambientes subacuáticos de agua dulce, marina o salobre con fines educativos y de conservación.

Definición oficial

Código Urbanístico CABA · Ley N.º 6.764 y modificatorias posteriores · art. 1.4.2.2 · Conceptos relativos al Uso: Tipos de Uso

Espacio donde se exhiben ambientes subacuáticos de agua dulce, marina o salobre con fines educativos y de conservación.

Ver en el articulado

Dónde lo usa el Código

Cuadro de Usos del Suelo Nº 3.3: 2. DIVERSIONES PÚBLICAS, CULTURA, CULTO Y RECREACIÓN

Categoría / Descripción / Rubro
2.1.16. Acuario.
1 (Baja Mixtura de Usos)
NO

No permitido en el Área de Mixtura de Usos

2 (Media Mixtura de Usos A)
NO

No permitido en el Área de Mixtura de Usos

3 (Media Mixtura de Usos B)
NO

No permitido en el Área de Mixtura de Usos

4 (Alta Mixtura de Usos)
NO

No permitido en el Área de Mixtura de Usos

Observaciones
NPC

No Permitido en la Ciudad

Ver el cuadro y sus referencias · art. 3.3.2

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Esta transcripción es material de consulta. No sustituye al texto oficial del Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires ni al criterio del profesional que firme tu proyecto.