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Edificabilidad

Vacíos de Edificación

Primera línea del art. 1.4.3, CU t.c.

Son los volúmenes que se sustraen del volumen edificable, pudiendo ser cubiertos, semicubiertos y descubiertos.

Definición oficial

Código Urbanístico CABA · Ley N.º 6.764 y modificatorias posteriores · art. 1.4.3 · Conceptos relativos a la edificabilidad

Son los volúmenes que se sustraen del volumen edificable, pudiendo ser cubiertos, semicubiertos y descubiertos.

Ver en el articulado

Dónde lo usa el Código

El corpus vigente nombra Vacíos de Edificación en 5 artículos fuera del que lo define, sobre todo en 6.4 Área Edificable.

  • CU t.c. · art. 6.4.4.2 · Espacio Urbano

    i) Los vacíos de edificación semicubiertos indicados en el Art 6.4.5.1.

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  • CU t.c. · art. 6.4.4.5 · Enfrentamiento de áreas descubiertas

    En el caso de aplicación del artículo 6.5.5. del presente Código, el enfrentamiento es obligatorio con todas las áreas descubiertas y vacíos de edificación del/los lindero/s consolidado/s a los cuales se enfrenta.

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  • CU t.c. · art. 6.4.5 · Vacíos de Edificación y Cuerpos Salientes sobre el Contrafrente

    Se permite la ejecución de Vacíos de Edificación y de Cuerpos Salientes sobre el Contrafrente de conformidad a las reglas que a continuación se indican.

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  • CU t.c. · art. 6.4.5.1 · Vacíos de Edificación

    Se admiten Vacíos de Edificación descubiertos de cualquier dimensión.

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  • CU t.c. · art. 6.4.5.2 · Cuerpos Salientes sobre el Contrafrente

    En los edificios que alcancen la altura máxima se pueden ejecutar cuerpos salientes sobre el contrafrente, siempre que el volumen del cuerpo saliente se compense con la ejecución de Vacíos de Edificación.

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