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Edificación y habitabilidad

Tabique

Primera línea del art. 1.2, CE t.o.

Muro no apto para soportar cargas, que divide o separa locales o áreas de un local.

Definición oficial

Código de Edificación CABA · Ley N.º 6.100 y modificatoria Ley N.º 6.438 · art. 1.2

Muro no apto para soportar cargas, que divide o separa locales o áreas de un local.

Ver en el articulado

Dónde lo usa el Código

El corpus vigente nombra Tabique en 16 artículos fuera del que lo define, sobre todo en 3.7.4 Estrategias de Compromiso Ambiental, 3.8.3.6 Características de los Locales, 3.9.6 Instalaciones para Inflamables y en 2.1.1 Aviso de Obra.

  • CE t.o. · art. 2.1.1 · Aviso de Obra

    Realizar modificaciones internas menores, como abrir vanos, demoler o levantar tabiques divisorios no portantes de acuerdo a lo previsto en el artículo 3.3.1.5.

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  • CE t.o. · art. 3.3.1.5 · Subdivisión y Unificación de Locales

    Un local puede ser subdividido en dos (2) o más partes aisladas con tabiques, mamparas, muebles u otros dispositivos fijos y seguir conservando su uso, dimensiones y las condiciones de iluminación y ventilación previos a la subdivisión, siempre que el medio…

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  • CE t.o. · art. 3.3.2.13.2 · Intercepción de Vistas entre Unidades de Uso Independiente en un Mismo Predio y a Predios Linderos

    Mismo Predio y a Predios Linderos Pueden colocarse tabiques o elementos interceptores de vistas entre unidades de uso independiente de un mismo predio, o entre unidades de uso y partes comunes de un mismo edificio.

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  • CE t.o. · art. 3.6.2.1 · Riesgo de Caídas e Impactos

    Superficies o tabiques transparentes:

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  • CE t.o. · art. 3.7.4.4.2.2 · Parámetros

    Este Código establece valores de aislamiento acústico para la envolvente de cada unidad de uso, considerándose como “envolvente” los tabiques y muros divisorios con otras unidades de uso del mismo edificio o de otros linderos; la fachada, y los entrepisos que…

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  • CE t.o. · art. 3.7.4.4.4.2 · Parámetros

    Confinados en paredes, tabiques divisorios, pisos y techos,

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  • CE t.o. · art. 3.7.4.5.1.2.1.1 · Definición de la Envolvente Edilicia

    Muros o tabiques divisorios interiores a locales no habitables (o no acondicionados):

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  • CE t.o. · art. 3.8.1.3.3.2 · Elaboración y Venta de Pastas Frescas

    El ambiente dedicado a la elaboración se halle separado del lugar destinado a la atención del público mediante vitrinas, mostradores, barandas metálicas o tabiques de vidrio, de una altura máxima de dos metros con veinte centímetros (2,20 m);

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  • CE t.o. · art. 3.8.1.4.3 · Mercado

    La separación entre puestos debe ser por medio de un tabique de dos metros (2,00 m) de alto, revestido con material liso e impermeable.

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  • CE t.o. · art. 3.8.3.6.1.4 · Sala de Cuarenta y Cinco (45) días a Un (1) año

    Cuando la cantidad de niños supere los doce (12) niños, deberá sectorizarse la sala mediante tabiques divisorios de hasta un metro y cincuenta centímetros de altura (1,5m), debiendo cada sector de la sala cumplir las condiciones de habitabilidad en forma…

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  • CE t.o. · art. 3.8.3.6.1.5 · Sala de un (1) año

    Cuando la cantidad de niños supere los diecinueve (19) niños, debe sectorizarse la sala mediante tabiques divisorios de hasta un metro y cincuenta centímetros de altura (1,5m), debiendo cada sector de la sala cumplir las condiciones de habitabilidad en forma…

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  • CE t.o. · art. 3.8.3.6.1.8 · Servicio de Salubridad de Nivel Inicial

    En caso de instalarse dos (2) o más inodoros en un mismo local, los inodoros de menores de cinco (5) años deben estar en recintos individuales conformados por tabiques divisorios de altura máxima de un metro con veinte centímetros (1,20 m) con o sin puerta de…

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Hay 4 artículos más que lo nombran. El buscador del corpus los lista todos: buscar Tabique en los códigos.

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