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Usos del suelo

Módulo de estacionamiento de bicicletas

Primera línea del art. 1.4.2.1, CU t.c.

Superficie necesaria para localizar una bicicleta, de conformidad a la Normativa de Edificación.

Definición oficial

Código Urbanístico CABA · Ley N.º 6.764 y modificatorias posteriores · art. 1.4.2.1 · Conceptos relativos al Uso: Generales relativos al Uso

Superficie necesaria para localizar una bicicleta, de conformidad a la Normativa de Edificación.

Ver en el articulado

Dónde lo usa el Código

El corpus vigente nombra Módulo de estacionamiento de bicicletas en 1 artículo fuera del que lo define, sobre todo en 3.3.1 Locales.

  • CE t.o. · art. 3.3.1.6.7 · Estacionamiento de Bicicletas

    Frente a cada módulo de estacionamiento de bicicletas debe asegurarse un espacio libreo calle de circulación mínimo de un metro con veinte centímetros (1,20 m).

    Leer el artículo

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¿Qué se puede construir en una dirección?

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Esta transcripción es material de consulta. No sustituye al texto oficial del Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires ni al criterio del profesional que firme tu proyecto.