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Usos del suelo

Vínculo

Primera línea del art. 1.4.2, CU t.c.

Antena fijada directamente a la estructura del edificio.

Definición oficial

Código Urbanístico CABA · Ley N.º 6.764 y modificatorias posteriores · art. 1.4.2 · Conceptos relativos a Antenas

Antena fijada directamente a la estructura del edificio.

Ver en el articulado

Dónde lo usa el Código

El corpus vigente nombra Vínculo en 2 artículos fuera del que lo define, sobre todo en 3.9.10 Medios Mecánicos de Elevación y en 3.19 Antenas.

  • CE t.o. · art. 3.9.10.17 · Paracaídas y Regulador de Velocidad en Ascensores y Montacargas

    El regulador de velocidad se debe emplazar en el cuarto de máquinas o en la casilla de poleas, en lugar accesible y sin vínculos con la máquina motriz, y en los ascensores sin sala de máquina en la parte superior del hueco para que permita la instalación del…

    Leer el artículo
  • CU t.c. · art. 3.19.2 · Condiciones de aprobación de estructuras soporte de antenas

    a) Áreas de Baja Mixtura de Usos (1): Se autoriza la localización de estructuras soporte de antenas pedestal sobre azotea y vínculo sobre estructura de edificio.

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Esta transcripción es material de consulta. No sustituye al texto oficial del Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires ni al criterio del profesional que firme tu proyecto.