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Usos del suelo

Garaje

Resumen TodoProps

La parcela o el edificio, o una parte de ellos, con la función de guardar vehículos, sea como uso exclusivo o complementario de otro.

Definición oficial

Código Urbanístico CABA · Ley N.º 6.764 y modificatorias posteriores · art. 1.4.2.2 · Conceptos relativos al Uso: Tipos de Uso

Parcela o edificio o una de sus partes con función exclusiva o complementaria de otros usos, destinado a guardar uno o más vehículos automotores tanto para transporte de personas como de carga.

Ver en el articulado

En la práctica · lectura TodoProps

  • Cochera fija y cochera de uso común no son lo mismo a la hora de vender: mirá el reglamento de copropiedad.
  • El garaje como uso principal tiene exigencias de rampa, de ancho de acceso y de ventilación que uno complementario también debe cumplir.
  • Las cocheras exigidas por el Código no siempre se pueden vender por separado.

Dónde lo usa el Código

El corpus vigente nombra Garaje en 17 artículos fuera del que lo define, sobre todo en 3.9.7 Instalaciones de Gas, 3.8.6.1 Servicios para la vivienda y sus ocupantes, 3.8.6.3 Servicios que pueden ocasionar molestias o ser peligrosos y en 3.14 Estacionamiento, Bicicleta, Carga y Descarga.

Cuadro de Usos del Suelo Nº 3.3: 7. TRANSPORTE

Categoría / Descripción / Rubro
7.2. Garaje.
1 (Baja Mixtura de Usos)
NO

No permitido en el Área de Mixtura de Usos

2 (Media Mixtura de Usos A)
NO

No permitido en el Área de Mixtura de Usos

3 (Media Mixtura de Usos B)
C

El Consejo debe determinar en cada caso la conveniencia de la localización propuesta.

4 (Alta Mixtura de Usos)
C

El Consejo debe determinar en cada caso la conveniencia de la localización propuesta.

EST
-
BICI
-
CyD
-
Ver el cuadro y sus referencias · art. 3.3.2
  • CE t.o. · art. 3.1.3.1 · Obligación de Construir y Conservar Cercas, Veredas y/u Ochavas

    El ancho máximo del acceso vehicular debe ser del cincuenta por ciento (50 %) del frente de la parcela, a excepción de aquellos inmuebles afectados a actividades relativas al uso de transporte, logística, carga y descarga, garaje y/o predios con ancho menor o…

    Leer el artículo
  • CE t.o. · art. 3.8.6.1.2 · Garaje Comercial

    En los garajes comerciales, los vehículos estacionados deben ser distribuidos en cocheras demarcadas en el solado y espacios no demarcados.

    Leer el artículo
  • CE t.o. · art. 3.8.6.1.4 · Playa de Remisión

    La iluminación y ventilación del sector destinado a la guarda de vehículos acarreados debe cumplir con los mismos requisitos que una “Playa de estacionamiento”; en caso de que la playa de remisión sea cubierta debe ajustarse a las características de…

    Leer el artículo
  • CE t.o. · art. 3.8.6.3.1 · Estación de Servicio

    Una estación de servicio puede comunicar en forma directa o interna con otros usos satisfaciendo los requisitos establecidos en el apartado “Comunicación interna de un garaje con locales o sectores de edificación destinados a otros usos” correspondiente a…

    Leer el artículo
  • CE t.o. · art. 3.8.6.3.3 · Lavadero de Vehículos Automotores

    Puede comunicar en forma directa o interna con otros usos, satisfaciendo los requisitos establecidos en el inciso “Comunicación interna de un garaje con locales o sectores de edificación destinados a otros usos” del artículo 3.3.1.6.6 “Estacionamiento…

    Leer el artículo
  • CE t.o. · art. 3.8.7.3.1 · Estación Terminal para Transporte Público Urbano Automotor

    8. Garajes y talleres:

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  • CE t.o. · art. 3.8.8 · Depósitos, Almacenamiento y Logística

    En caso de que se realicen movimientos de mercadería en forma mecanizada, automatizada o mediante motovehículos, son de aplicación las condiciones para delimitación de espacios y circulación establecidas para “Garajes”.

    Leer el artículo
  • CE t.o. · art. 3.9.6.5 · Capacidad de los Tanques Subterráneos para Combustible Líquido

    Para garaje: 20.000 litros;

    Leer el artículo
  • CE t.o. · art. 3.9.7.5 · Instalación Prohibida de Artefactos

    Todo artefacto que no siendo de cámara estanca, se ubique en garajes por debajo de nivel de vereda;

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  • CE t.o. · art. 3.9.7.6.2 · Artefactos Instalados en Garajes

    Los artefactos podrán instalarse dentro de garajes siempre que los quemadores y pilotos estén a una altura mínima de 0,15 m sobre el nivel de piso, debiendo este espacio poseer ventilación permanente.

    Leer el artículo
  • CE t.o. · art. 3.9.7.6.4 · Ambientes Bajo Nivel de Vereda

    Si estos espacios se comunican directamente con garajes deberán quedar elevados sobre nivel de piso por lo menos 0.15 m. y separados por una abertura de cierre hermético (puerta de doble contacto con burlete).

    Leer el artículo
  • CU t.c. · art. 1.4.2.1 · Conceptos relativos al Uso: Generales relativos al Uso

    Cochera Unidad de estacionamiento de automotores, definida en superficie dentro de un garaje o playa de estacionamiento.

    Leer el artículo

Hay 5 artículos más que lo nombran. El buscador del corpus los lista todos: buscar Garaje en los códigos.

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Esta transcripción es material de consulta. No sustituye al texto oficial del Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires ni al criterio del profesional que firme tu proyecto.